Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid (BOCM-20211214-90)
Régimen económico. Precio público
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BOCM
Pág. 560

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 297

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
90

MANCOMUNIDAD DE SERVICIOS
DEL SUROESTE DE MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO

La Junta de Gobierno Local de esta Mancomunidad de Servicios del Suroeste de
Madrid, en sesión ordinaria celebrada el día 26 de octubre de 2021, acordó la aprobación
de la modificación en la imposición del precio público por la prestación del Servicio de actividades para los períodos de vacaciones escolares y días no lectivos de la Mancomunidad
de Servicios del Suroeste de Madrid, según consta en el expediente de su razón y con la redacción que se recoge anexa al presente, derogando en este mismo acto, el Acuerdo regulador aprobado en fecha 8 de junio de 2021 por la Junta de Gobierno Local de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid y publicado en el número 214 del BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en fecha 8 de septiembre de 2021.

Artículo 1. Fundamento y objeto.—Esta Entidad Local, en uso de las facultades contenidas en los artículos 41 a 47 y 127 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, establece el presente precio público por la prestación del Servicio de Actividades para los períodos
de Vacaciones Escolares y Días No Lectivos de la Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid y según las normas contenidas en este Acuerdo de las que aquellas son parte
integrante.
Art. 2. Hecho imponible.—Constituye el hecho imponible la efectiva prestación del servicio o realización de la actividad por esta Administración, bien porque haya sido instada bien porque indirectamente haya sido provocada por las acciones u omisiones de los particulares.
Art. 3. Obligados al pago.—Están obligados al pago del precio público regulado en este
Acuerdo, quienes se beneficien de los servicios y actividades prestados o realizados por esta
Mancomunidad de Servicios del Suroeste de Madrid a que se refiere el artículo primero de este
Acuerdo, y en particular las personas que soliciten la correspondiente prestación del servicio.
Art. 4. Responsables.—Responderán solidariamente del pago de los precios públicos
las personas físicas o jurídicas o los entes sin personalidad que soliciten los servicios o actividades por los que deban satisfacerse aquéllos.
Serán responsables subsidiarios los propietarios de los inmuebles cuyos usuarios u
ocupantes estén obligados a satisfacer precios públicos por razón de servicios o actividades
que les benefician o afectan.
Art. 5. Cuantía.—La cuantía del precio público regulado en este Acuerdo será la cantidad que resulte de aplicación según las siguientes actuaciones:
— Verano: El servicio consistirá en la realización de campamentos en el ámbito territorial de la entidad, circunscribiéndose desde el final del curso escolar de infantil
y primaria y hasta el último día de vacaciones escolares de infantil y primaria, distribuidos en períodos semanales (de lunes a viernes). En caso de haber períodos
que resulten de menos de cinco días hábiles, se cobrarán los días de forma proporcional al precio semanal. En los supuestos en los que exista algún día festivo a los
largo de la semana, se cobrara el precio de semana completa.
— Días sin cole del Curso Escolar: La prestación del servicio se realizara durante los
días laborables no lectivos del curso escolar, y consistirá en la realización de campamentos en el ámbito territorial de la entidad por cada día laboral no lectivo.
— Navidad: El servicio consistirá en la realización de campamentos en el ámbito territorial de la entidad, circunscribiéndose desde el final del período lectivo del mes
de diciembre hasta el inicio del mismo en el mes de enero del año siguiente, si bien
será posible dividir este período en dos.

BOCM-20211214-90

ACUERDO REGULADOR DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN
DEL SERVICIO DE ACTIVIDADES PARA LOS PERIODOS DE VACACIONES
ESCOLARES Y DÍAS NO LECTIVOS DE LA MANCOMUNIDAD
DE SERVICIOS DEL SUROESTE DE MADRID