San Agustín del Guadalix (BOCM-20211214-79)
Organización y funcionamiento. Reglamento mercadillo y venta ambulante
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 297

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 14 DE DICIEMBRE DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Se hace público el acuerdo definitivo de aprobación del reglamento “municipal regulador del mercadillo y venta ambulante en el municipio de San Agustín del Guadalix”, que
fue adoptado por la Corporación Municipal en Pleno en sesión celebrada el día 30 de septiembre de 2021, que ha resultado definitivo al no haberse presentado reclamaciones contra dicho acuerdo a partir de publicación de anuncio en el tablón de este Ayuntamiento, y
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 245/2021, de 14 de octubre.
Contra el presente acuerdo los interesados podrán interponer recurso contenciosoadministrativo en la forma y plazos que establece la Ley 29/1998, Reguladora de dicha Jurisdicción.
REGLAMENTO MUNICIPAL REGULADOR DEL MERCADILLO
Y DE LA VENTA AMBULANTE EN EL MUNICIPIO
DE SAN AGUSTÍN DEL GUADALIX

Los mercadillos municipales constituyen la prestación de un servicio profundamente
arraigado en la cultura de los madrileños y por tanto de los sanagustinenses. Y aunque el
crecimiento y la nueva distribución de la población han minimizado su importancia como
punto de abastecimiento, estos aún poseen una relevante función como referentes del comercio tradicional, por esta razón es de importancia desde la administración local el establecer su regulación a través de este reglamento.
En la actualidad la regulación y competencias de carácter estatal de las ventas ambulantes de la Comunidad de Madrid se encuentran descrita en la Ley 1/1997, de 8 de enero, dentro del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 10, de 13 enero de 1997,
y las competencias de la actividad se encuentran demarcadas en la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases del Régimen Local, y en este reglamento se establecen los marcos
legales de actuación para el ejercicio de la venta ambulante en los perímetros del municipio siendo complementada con las Ordenanzas y Acuerdos municipales vigentes en el
Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix.
Por todo esto y en el respeto al principio jurisprudencialmente consagrado de autonomía local, el Ayuntamiento de San Agustín ejerce su potestad reglamentaría abordando la
regulación de las ventas especiales fuera de establecimientos comerciales permanente y
otras ventas especiales que se desarrollen en el ámbito territorial del municipio, mediante
el siguiente reglamento.
Su contenido se ajusta a los principios de buena regulación contenidos en el artículo 129 de
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica,
transparencia y eficiencia, en tanto que la misma persigue un interés general dado que este
Reglamento es un instrumento para garantizar la realización de los Mercados Ambulantes
en el Ayuntamiento de San Agustín del Guadalix con seguridad jurídica. Siendo así que
contiene la regulación imprescindible para atender las necesidades que se pretenden no
existiendo otras medidas menos restrictivas de derechos, o que impongan menos obligaciones. Del mismo modo, durante el procedimiento de elaboración de la Orden se posibilitará
una participación activa de sus potenciales destinatarios a través del través del trámite de
audiencia e información pública. Evita cargas administrativas innecesarias y accesorias, y
racionaliza, en su aplicación, la gestión de los recursos públicos municipales.

BOCM-20211214-79

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