D) Anuncios - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20211214-36)
Convenio – Convenio de colaboración de 24 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la Mancomunidad de Servicios de “Los Olmos”, por el que se determinan las condiciones de gestión del área de regeneración y renovación urbana y rural denominada “Los Olmos”, en los municipios de Ambite, Anchuelo, Brea de Tajo, Carabaña, Corpa, Olmeda de las Fuentes, Orusco de Tajuña, Pezuela de las Torres, Pozuelo del Rey, Santorcaz, Los Santos de la Humosa, Valverde de Alcalá y Villar del Olmo, en el marco del plan estatal de vivienda 2018-2021
15 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 344
MARTES 14 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 297
currencia, publicidad, transparencia e igualdad en todas las Áreas, contando con el apoyo
técnico de los entes gestores que actuarán durante el proceso de concesión como entidades
colaboradoras, y una vez determinado el reparto de los fondos, actuará como perceptor y
gestor de las ayudas que corresponden a los particulares con las obligaciones y en los términos previstos en este Convenio.
Quinta
Con tal motivo, y para establecer los mecanismos que permitan llevar a cabo la financiación de las ayudas, agilizando el procedimiento de concesión para el mejor logro de los
objetivos previstos, los firmantes acuerdan establecer el presente Convenio de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
I.
DISPOSICIONES GENERALES
Primera
Objeto del Convenio
El presente Convenio tiene por objeto fijar las condiciones para que la Mancomunidad de
Servicios de “Los Olmos”, actúe como Entidad Gestora en aplicación de lo establecido en
el Acuerdo de Comisión Bilateral, de fecha 9 de octubre 2020, para la gestión de las actuaciones en el Área denominada Los Olmos, que ha obtenido financiación en el marco del Real
Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y
del Convenio de colaboración suscrito con fecha 30 de julio de 2018 entre el Ministerio de
Fomento y la Comunidad de Madrid, para la ejecución del citado Plan, modificado mediante Acuerdos de la Comisión Bilateral celebradas el 20 de septiembre de 2018, 9 de septiembre de 2019, 2 de octubre de 2019, 27 de noviembre de 2019, 25 de febrero de 2020, 16 de
julio de 2020 y 9 de marzo de 2021, relativos a la distribución de la financiación por anualidades y programas.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral, de 9 de octubre
de 2020, suscrito por la Mancomunidad de Servicios de “Los Olmos”, la Comunidad de
Madrid y el Ministerio de Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana), el Área denominada Los Olmos ha obtenido la financiación que se detalla en
la cláusula tercera de este Convenio y que tiene por objeto la realización conjunta de las siguientes actuaciones:
1. Las actuaciones de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural recogidas en el artículo 51.1.a) del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, la ejecución de obras
o trabajos de mantenimiento e intervención en las viviendas unifamiliares y en los edificios,
incluso en el interior de las viviendas, instalaciones fijas, equipamiento propio y elementos
comunes, a fin de adecuarlos a los estándares previstos por la normativa vigente.
2. Las actuaciones de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas recogidas en el artículo 36 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo.
3. Las actuaciones de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas recogidas en el artículo 43 del Real Decreto 106/2018,
de 9 de marzo.
4. Actuaciones programadas para la mejora de la calidad y sostenibilidad del medio
urbano que consisten en la urbanización, reurbanización y mejora del entorno urbano tales
como consolidación, pavimentación, jardinería, infraestructuras, instalaciones, servicios de
abastecimiento de agua, saneamiento, suministro energético, alumbrado, recogida, separación y gestión de residuos, telecomunicaciones y utilización del subsuelo, recogidas en el
artículo 51.1 b) del Real Decreto 106/2018 de 9 de marzo.
5. Obras de demolición de edificios, de viviendas e infraviviendas y de edificación
de edificios de viviendas y viviendas de nueva construcción, recogidas en el artículo 51.1.b)
del Real Decreto 106/2018 de 9 de marzo. Los nuevos edificios y viviendas deberán tener
BOCM-20211214-36
Actuaciones objeto de este Convenio
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 344
MARTES 14 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 297
currencia, publicidad, transparencia e igualdad en todas las Áreas, contando con el apoyo
técnico de los entes gestores que actuarán durante el proceso de concesión como entidades
colaboradoras, y una vez determinado el reparto de los fondos, actuará como perceptor y
gestor de las ayudas que corresponden a los particulares con las obligaciones y en los términos previstos en este Convenio.
Quinta
Con tal motivo, y para establecer los mecanismos que permitan llevar a cabo la financiación de las ayudas, agilizando el procedimiento de concesión para el mejor logro de los
objetivos previstos, los firmantes acuerdan establecer el presente Convenio de acuerdo con
las siguientes
CLÁUSULAS
I.
DISPOSICIONES GENERALES
Primera
Objeto del Convenio
El presente Convenio tiene por objeto fijar las condiciones para que la Mancomunidad de
Servicios de “Los Olmos”, actúe como Entidad Gestora en aplicación de lo establecido en
el Acuerdo de Comisión Bilateral, de fecha 9 de octubre 2020, para la gestión de las actuaciones en el Área denominada Los Olmos, que ha obtenido financiación en el marco del Real
Decreto 106/2018, de 9 de marzo, por el que se regula el Plan Estatal de Vivienda 2018-2021 y
del Convenio de colaboración suscrito con fecha 30 de julio de 2018 entre el Ministerio de
Fomento y la Comunidad de Madrid, para la ejecución del citado Plan, modificado mediante Acuerdos de la Comisión Bilateral celebradas el 20 de septiembre de 2018, 9 de septiembre de 2019, 2 de octubre de 2019, 27 de noviembre de 2019, 25 de febrero de 2020, 16 de
julio de 2020 y 9 de marzo de 2021, relativos a la distribución de la financiación por anualidades y programas.
Segunda
De acuerdo con lo dispuesto en el Acuerdo de la Comisión Bilateral, de 9 de octubre
de 2020, suscrito por la Mancomunidad de Servicios de “Los Olmos”, la Comunidad de
Madrid y el Ministerio de Fomento (actual Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana), el Área denominada Los Olmos ha obtenido la financiación que se detalla en
la cláusula tercera de este Convenio y que tiene por objeto la realización conjunta de las siguientes actuaciones:
1. Las actuaciones de fomento de la regeneración y renovación urbana y rural recogidas en el artículo 51.1.a) del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo, la ejecución de obras
o trabajos de mantenimiento e intervención en las viviendas unifamiliares y en los edificios,
incluso en el interior de las viviendas, instalaciones fijas, equipamiento propio y elementos
comunes, a fin de adecuarlos a los estándares previstos por la normativa vigente.
2. Las actuaciones de fomento de la mejora de la eficiencia energética y sostenibilidad en viviendas recogidas en el artículo 36 del Real Decreto 106/2018, de 9 de marzo.
3. Las actuaciones de fomento de la conservación, de la mejora de la seguridad de utilización y de la accesibilidad en viviendas recogidas en el artículo 43 del Real Decreto 106/2018,
de 9 de marzo.
4. Actuaciones programadas para la mejora de la calidad y sostenibilidad del medio
urbano que consisten en la urbanización, reurbanización y mejora del entorno urbano tales
como consolidación, pavimentación, jardinería, infraestructuras, instalaciones, servicios de
abastecimiento de agua, saneamiento, suministro energético, alumbrado, recogida, separación y gestión de residuos, telecomunicaciones y utilización del subsuelo, recogidas en el
artículo 51.1 b) del Real Decreto 106/2018 de 9 de marzo.
5. Obras de demolición de edificios, de viviendas e infraviviendas y de edificación
de edificios de viviendas y viviendas de nueva construcción, recogidas en el artículo 51.1.b)
del Real Decreto 106/2018 de 9 de marzo. Los nuevos edificios y viviendas deberán tener
BOCM-20211214-36
Actuaciones objeto de este Convenio