Torrejón de Ardoz (BOCM-20211213-78)
Urbanismo. Plan especial
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 270
LUNES 13 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 296
Que, conforme al Presente Plan de Reforma Interior, la finca se encuentra sujeta a las
condiciones de la Ordenanza ZU-E Modificada (Dotación de vivienda de Promoción Pública en Alquiler), con las siguientes condiciones urbanísticas:
ZU-E MODIFICADA
Definición
Dotación de vivienda de Promoción Pública en Alquiler.
Uso
Edificio exclusivo de vivienda de Promoción Pública en régimen de Alquiler.
Se admite el uso de garaje- aparcamiento bajo rasante, dentro de la Ocupación permitida en la Parcela.
Alineación.
Conforme Plano de Alineaciones
Aprovechamiento asignado
2 m2/m2 (8.952,00 m2)
Ocupación máxima
70% (3.133,20 m2).
30% (1.342,80 m2)
Superficie mínima destinada a
Zonas Verdes y Espacios Libres.
Cuatro Plantas y 13,50 ml.
Altura máxima
En caso de ser necesario, se autoriza una Planta Ático Retranqueada 3 ml respecto a los retranqueos. Si fuera
necesario agotar el aprovechamiento asignado, se autorizan los áticos, con un retranqueo en las fachas a
linderos, un mínimo de 3 ml medidos en la perpendicular a la línea de fachada.
En Planta Baja 3,00 desde la Rasante hasta la cara inferior del forjado del techo de Planta Baja.
Alturas
La altura libre mínima en Plantas sobre Rasante, será de 2,50 ml.
La altura libre mínima de sótanos y semisótanos será la correspondiente al uso al que se destine, con un
mínimo de 2,20 ml a cualquier punto.
Fachada mínima.
20 ml.
Parcela mínima
1.000 m2.
Retranqueos
5 ml a todos los linderos.
Salientes y Vuelos
Se estará a lo dispuesto en las Ordenanzas Generales o en su caso, a las particulares de zona.
Volúmenes
La composición será libre, teniendo en consideración la relación con las edificaciones existentes en su
entorno.
Cubiertas
Podrán ser planas o inclinadas, de forma libre, teniendo en consideración la relación con las edificaciones
existentes en su entorno.
El espacio bajo cubierta podrá destinarse a la instalación de elementos comunes del edificio
La cumbrera de la cubierta no podrá elevarse más de 3,50 ml por encima de la altura máxima.
Cumbrera
Sobre esta altura podrán situarse elementos técnicos debidamente justificados.
Materiales
La composición de la edificación, materiales, color y tratamiento serán libres en esta zona, teniendo siempre
en cuenta la relación con las edificaciones existentes, en cualquier caso, el ayuntamiento podrá denegar
cualquier licencia porque el proyecto presentado incumpla la condición de adecuación al entorno.
Urbanización
Dado existencia de espacios libres privados, el Proyecto de Obras, contendrá las obras de Urbanización como
anexo, cuyas calidades serán similares a las de las zonas públicas, con ajardinamiento mínimo del 30%.
Dotación Aparcamiento
1 plaza/ vivienda y/o 1 plaza cada 100 m2 construidos
Frente a la presente Resolución, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de
dos meses, contados desde el día siguiente de la presente publicación, en virtud de lo establecido en el art. 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1.998, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que
estime pertinente en defensa de sus intereses y derechos.
BOCM-20211213-78
Torrejón de Ardoz, a 29 de noviembre de 2021.—El alcalde, Ignacio Vázquez Casavilla.
(03/33.152/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 270
LUNES 13 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 296
Que, conforme al Presente Plan de Reforma Interior, la finca se encuentra sujeta a las
condiciones de la Ordenanza ZU-E Modificada (Dotación de vivienda de Promoción Pública en Alquiler), con las siguientes condiciones urbanísticas:
ZU-E MODIFICADA
Definición
Dotación de vivienda de Promoción Pública en Alquiler.
Uso
Edificio exclusivo de vivienda de Promoción Pública en régimen de Alquiler.
Se admite el uso de garaje- aparcamiento bajo rasante, dentro de la Ocupación permitida en la Parcela.
Alineación.
Conforme Plano de Alineaciones
Aprovechamiento asignado
2 m2/m2 (8.952,00 m2)
Ocupación máxima
70% (3.133,20 m2).
30% (1.342,80 m2)
Superficie mínima destinada a
Zonas Verdes y Espacios Libres.
Cuatro Plantas y 13,50 ml.
Altura máxima
En caso de ser necesario, se autoriza una Planta Ático Retranqueada 3 ml respecto a los retranqueos. Si fuera
necesario agotar el aprovechamiento asignado, se autorizan los áticos, con un retranqueo en las fachas a
linderos, un mínimo de 3 ml medidos en la perpendicular a la línea de fachada.
En Planta Baja 3,00 desde la Rasante hasta la cara inferior del forjado del techo de Planta Baja.
Alturas
La altura libre mínima en Plantas sobre Rasante, será de 2,50 ml.
La altura libre mínima de sótanos y semisótanos será la correspondiente al uso al que se destine, con un
mínimo de 2,20 ml a cualquier punto.
Fachada mínima.
20 ml.
Parcela mínima
1.000 m2.
Retranqueos
5 ml a todos los linderos.
Salientes y Vuelos
Se estará a lo dispuesto en las Ordenanzas Generales o en su caso, a las particulares de zona.
Volúmenes
La composición será libre, teniendo en consideración la relación con las edificaciones existentes en su
entorno.
Cubiertas
Podrán ser planas o inclinadas, de forma libre, teniendo en consideración la relación con las edificaciones
existentes en su entorno.
El espacio bajo cubierta podrá destinarse a la instalación de elementos comunes del edificio
La cumbrera de la cubierta no podrá elevarse más de 3,50 ml por encima de la altura máxima.
Cumbrera
Sobre esta altura podrán situarse elementos técnicos debidamente justificados.
Materiales
La composición de la edificación, materiales, color y tratamiento serán libres en esta zona, teniendo siempre
en cuenta la relación con las edificaciones existentes, en cualquier caso, el ayuntamiento podrá denegar
cualquier licencia porque el proyecto presentado incumpla la condición de adecuación al entorno.
Urbanización
Dado existencia de espacios libres privados, el Proyecto de Obras, contendrá las obras de Urbanización como
anexo, cuyas calidades serán similares a las de las zonas públicas, con ajardinamiento mínimo del 30%.
Dotación Aparcamiento
1 plaza/ vivienda y/o 1 plaza cada 100 m2 construidos
Frente a la presente Resolución, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de
dos meses, contados desde el día siguiente de la presente publicación, en virtud de lo establecido en el art. 46.1 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, de 13 de julio de 1.998, sin perjuicio de la interposición de cualquier otro recurso que
estime pertinente en defensa de sus intereses y derechos.
BOCM-20211213-78
Torrejón de Ardoz, a 29 de noviembre de 2021.—El alcalde, Ignacio Vázquez Casavilla.
(03/33.152/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791