Madrid (BOCM-20211213-56)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial usos locales Palacio de la Prensa
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 296
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 241
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Expediente 135-2020-00600.
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de octubre
de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas durante el trámite de información
pública, en base a las razones y en los términos señalados en el informe técnico-jurídico de
la Dirección General de Planeamiento de 7 de octubre de 2021.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial para la Protección y el Control
Urbanístico-Ambiental de Usos de los locales del Palacio de la Prensa, situados en plaza del
Callao, número 4 (actualmente calle de Gran Vía, número 46), Distrito de Centro, promovido por Forter Unicorp Spain, S. L., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de
la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la
Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el
registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de Bases de Régimen Local a continuación se publica los documentos con contenido normativo:
ANEXO DE CONSIDERACIONES AMBIENTALES PARA EL DESARROLLO
DEL PLAN ESPECIAL DEL PALACIO DE LA PRENSA, SITUADO EN LA PLAZA
DEL CALLAO, NÚMERO 4 (ACTUALMENTE CALLE DE LA GRAN VÍA,
NUMERO 46), DISTRITO CENTRO
1. Objeto
De conformidad con lo señalado en el apartado 4.1 del informe ambiental estratégico
de 15 de septiembre de 2021 de la Dirección General de Descarbonización y Transición
Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad
de Madrid se recogen en la documentación del Plan Especial las siguientes consideraciones
para el desarrollo de este.
1. Informe del Servicio de Evaluación Ambiental del Ayuntamiento de Madrid.
El Técnico Ambiental descrito en el Plan de Vigilancia Ambiental incluido en la documentación (capítulo 11 del DAE presentado), dependiente del jefe de Obra, será responsable del cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras. El proyecto incluirá un
plan de obras con todas las medidas preventivas y correctoras necesarias para minimizar la
potencial afección de los futuros proyectos y un programa de vigilancia ambiental que permita evaluar la eficacia de dichas medidas y, en su caso determinar medidas complementarias. Se recogerán las medidas indicadas en el informe citado y recogidas en las ordenanzas
municipales de Calidad del Aire y Sostenibilidad y de Ordenanza de Protección contra la
Contaminación Acústica y Térmica, sobre emisión de gases, partículas, olores, otros contaminantes o ruidos.
Los Residuos de Construcción y Demolición se gestionarán conforme al Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición incluido en la Estrategia de Gestión Soste-
BOCM-20211213-56
2. Consideraciones a tener en cuenta para el desarrollo del Plan Especial
B.O.C.M. Núm. 296
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 241
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
56
MADRID
URBANISMO
Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Expediente 135-2020-00600.
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 26 de octubre
de 2021, adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas durante el trámite de información
pública, en base a las razones y en los términos señalados en el informe técnico-jurídico de
la Dirección General de Planeamiento de 7 de octubre de 2021.
Segundo.—Aprobar definitivamente el Plan Especial para la Protección y el Control
Urbanístico-Ambiental de Usos de los locales del Palacio de la Prensa, situados en plaza del
Callao, número 4 (actualmente calle de Gran Vía, número 46), Distrito de Centro, promovido por Forter Unicorp Spain, S. L., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de
la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Tercero.—Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la
Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el
registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de Bases de Régimen Local a continuación se publica los documentos con contenido normativo:
ANEXO DE CONSIDERACIONES AMBIENTALES PARA EL DESARROLLO
DEL PLAN ESPECIAL DEL PALACIO DE LA PRENSA, SITUADO EN LA PLAZA
DEL CALLAO, NÚMERO 4 (ACTUALMENTE CALLE DE LA GRAN VÍA,
NUMERO 46), DISTRITO CENTRO
1. Objeto
De conformidad con lo señalado en el apartado 4.1 del informe ambiental estratégico
de 15 de septiembre de 2021 de la Dirección General de Descarbonización y Transición
Energética de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura de la Comunidad
de Madrid se recogen en la documentación del Plan Especial las siguientes consideraciones
para el desarrollo de este.
1. Informe del Servicio de Evaluación Ambiental del Ayuntamiento de Madrid.
El Técnico Ambiental descrito en el Plan de Vigilancia Ambiental incluido en la documentación (capítulo 11 del DAE presentado), dependiente del jefe de Obra, será responsable del cumplimiento de las medidas preventivas y correctoras. El proyecto incluirá un
plan de obras con todas las medidas preventivas y correctoras necesarias para minimizar la
potencial afección de los futuros proyectos y un programa de vigilancia ambiental que permita evaluar la eficacia de dichas medidas y, en su caso determinar medidas complementarias. Se recogerán las medidas indicadas en el informe citado y recogidas en las ordenanzas
municipales de Calidad del Aire y Sostenibilidad y de Ordenanza de Protección contra la
Contaminación Acústica y Térmica, sobre emisión de gases, partículas, olores, otros contaminantes o ruidos.
Los Residuos de Construcción y Demolición se gestionarán conforme al Plan de Gestión de Residuos de Construcción y Demolición incluido en la Estrategia de Gestión Soste-
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2. Consideraciones a tener en cuenta para el desarrollo del Plan Especial