A) Disposiciones Generales - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20211213-1)
Creación distinción honorífica –  Decreto 238/2021, de 9 de diciembre, del Consejo de Gobierno, por el que se crean las distinciones honoríficas de la Comunidad de Madrid, para la memoria y reconocimiento a las víctimas del terrorismo y de actuaciones de lucha contra el terrorismo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 13 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 296

3. Actuará como presidente de la misma, el titular de la viceconsejería que tenga atribuidas las competencias en materia de atención a víctimas del terrorismo.
d) Actuará como secretario de la misma, el titular del comisionado del gobierno para
la atención a las víctimas del terrorismo.
Artículo 7
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La concesión de la Gran Cruz de la Comunidad de Madrid a víctimas del terrorismo,
de la Medalla de la Comunidad de Madrid a víctimas del terrorismo y de la Placa de la Comunidad de Madrid a la lucha contra el terrorismo, serán publicadas en el BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Artículo 8
Libro Registro
1. A efectos de control existirá, en el comisionado para la atención a las víctimas del
terrorismo, un libro registro de las distinciones concedidas.
2. Para cada distinción honorifica otorgada, en los casos de Gran Cruz de la Comunidad de Madrid a víctimas del terrorismo y de Medalla de la Comunidad de Madrid a víctimas del terrorismo, se recogerá separadamente:
a) Nombre y apellidos de la víctima del terrorismo a la que se le concede.
b) Fecha y lugar del atentado terrorista.
c) Fecha de concesión.
d) Fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
e) Fecha de entrega al interesado o sus familiares.
3. Para la distinción honorifica otorgada de Placa de la Comunidad de Madrid a la
lucha contra el Terrorismo, se recogerá separadamente:
a) Nombre y apellidos de la persona física, o identificación de la persona jurídica, a
la que se le concede.
b) Motivo de la concesión.
c) Fecha de concesión.
d) Fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
e) Fecha de entrega al interesado, o a los representantes de las personas jurídicas a las
que se conceda.
Artículo 9
Prescripciones técnicas y diseño
El diseño y dimensiones de las distintas distinciones honoríficas, y la descripción de
sus características, serán regulados mediante orden del titular de la consejería que tenga
atribuidas las competencias en materia de víctimas del terrorismo.
DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA
Habilitación de desarrollo

BOCM-20211213-1

Se autoriza al titular de la consejería que tenga atribuidas las competencias en materia
de atención a las víctimas del terrorismo, a dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo y ejecución del presente decreto.