B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211210-6)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 666/2021, de 25 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan dos procesos selectivos para el ingreso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Ingeniería Superior, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
36 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 294
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 67
cia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto
cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.
6.3. La inasistencia injustificada de los miembros de los órganos de selección a las
distintas sesiones y actos del procedimiento, incluido el de constitución, habiendo sido convocados por su presidente/a, así como el incumplimiento de sus deberes en el desarrollo del
proceso selectivo objeto de esta convocatoria, dará lugar a la exigencia de la responsabilidad que corresponda
6.4. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días hábiles desde la recepción de las peticiones o consultas que le sean formuladas para su contestación, salvo que
concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo
previsto en los artículos 21.5 y 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las peticiones o revisión de calificaciones presentadas por las personas aspirantes deberán ser respondidas por
el Tribunal de forma razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio de
la oposición, siempre y cuando se hubiesen formulado al menos siete días antes de la realización del mismo, para que en dicho plazo pueda efectuarse la convocatoria del Tribunal
con la antelación mínima establecida y tras reunirse para su valoración, pueda procederse a
cursar la notificación del acuerdo adoptado a la persona interesada.
6.5. Las actuaciones de los Tribunales de selección que tengan la condición de preparatorias de los acuerdos por los que se aprueban las relaciones de aspirantes que han superado los distintos ejercicios, no serán recurribles de forma independiente a estas.
6.6. La designación de asesores/as especialistas por el Tribunal de selección, se publicará en la página web de la dirección general con competencias en materia de función
pública, junto con el resto de la información relativa al correspondiente proceso selectivo.
Séptima
7.1. El sistema de selección será el de oposición para las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo de acceso libre y el de concurso-oposición para las que participen en el proceso de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones
que se especifican en los Anexos I y II, respectivamente.
7.2. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo III
y Anexo IV de la presente Orden.
La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se determinarán, a propuesta del Tribunal Calificador, en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente, que
se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación
mínima de diez días hábiles.
7.3. La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, de los sucesivos ejercicios, la fase de concurso para el proceso selectivo de promoción interna, así como
la de las listas de aspirantes que los superen, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página
web: http://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinascomunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su
mejor difusión entre los interesados, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha
información en la página web de la Comunidad de Madrid.
7.4. Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del Tribunal Calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no
usuales en el lenguaje escrito.
7.5. El orden de actuación de las personas participantes se iniciará alfabéticamente
por aquella cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 29 de marzo).
7.6. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre
de 2022.
BOCM-20211210-6
Sistema de selección
B.O.C.M. Núm. 294
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 10 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 67
cia y objetividad del procedimiento, de la confidencialidad de las pruebas y del estricto
cumplimiento de las bases de la convocatoria y de los plazos establecidos para el desarrollo del proceso selectivo.
6.3. La inasistencia injustificada de los miembros de los órganos de selección a las
distintas sesiones y actos del procedimiento, incluido el de constitución, habiendo sido convocados por su presidente/a, así como el incumplimiento de sus deberes en el desarrollo del
proceso selectivo objeto de esta convocatoria, dará lugar a la exigencia de la responsabilidad que corresponda
6.4. El Tribunal dispondrá de un plazo máximo de treinta días hábiles desde la recepción de las peticiones o consultas que le sean formuladas para su contestación, salvo que
concurran circunstancias excepcionales, en cuyo caso se procederá de conformidad con lo
previsto en los artículos 21.5 y 32 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre. Las peticiones o revisión de calificaciones presentadas por las personas aspirantes deberán ser respondidas por
el Tribunal de forma razonada con anterioridad a la celebración del siguiente ejercicio de
la oposición, siempre y cuando se hubiesen formulado al menos siete días antes de la realización del mismo, para que en dicho plazo pueda efectuarse la convocatoria del Tribunal
con la antelación mínima establecida y tras reunirse para su valoración, pueda procederse a
cursar la notificación del acuerdo adoptado a la persona interesada.
6.5. Las actuaciones de los Tribunales de selección que tengan la condición de preparatorias de los acuerdos por los que se aprueban las relaciones de aspirantes que han superado los distintos ejercicios, no serán recurribles de forma independiente a estas.
6.6. La designación de asesores/as especialistas por el Tribunal de selección, se publicará en la página web de la dirección general con competencias en materia de función
pública, junto con el resto de la información relativa al correspondiente proceso selectivo.
Séptima
7.1. El sistema de selección será el de oposición para las personas aspirantes que participen en el proceso selectivo de acceso libre y el de concurso-oposición para las que participen en el proceso de promoción interna, con las valoraciones, ejercicios y puntuaciones
que se especifican en los Anexos I y II, respectivamente.
7.2. El desarrollo de la fase de oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 290/2018, de 27 de junio, y por el programa que figura como Anexo III
y Anexo IV de la presente Orden.
La fecha y lugar exacto de celebración del primer ejercicio se determinarán, a propuesta del Tribunal Calificador, en la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de personas aspirantes admitidas y excluidas del proceso selectivo correspondiente, que
se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, con una antelación
mínima de diez días hábiles.
7.3. La publicación del anuncio de celebración del segundo y, en su caso, de los sucesivos ejercicios, la fase de concurso para el proceso selectivo de promoción interna, así como
la de las listas de aspirantes que los superen, se efectuará en los tablones de anuncios de las oficinas de asistencia en materia de registro, cuyas direcciones pueden consultarse en la página
web: http://www.comunidad.madrid/servicios/información-atencion-ciudadano/red-oficinascomunidad-madrid, y en cualquier otro lugar que el Tribunal considere conveniente para su
mejor difusión entre los interesados, sin perjuicio de encontrarse, igualmente, disponible dicha
información en la página web de la Comunidad de Madrid.
7.4. Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del Tribunal Calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no
usuales en el lenguaje escrito.
7.5. El orden de actuación de las personas participantes se iniciará alfabéticamente
por aquella cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 74, de 29 de marzo).
7.6. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre
de 2022.
BOCM-20211210-6
Sistema de selección