D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD - SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD (BOCM-20211209-29)
Protocolo de actuación – Anuncio de 25 de octubre de 2021, por el que se publica el protocolo general de actuación entre el Ayuntamiento de Madrid y el Servicio Madrileño de Salud para la mejora del entorno viario del Hospital “La Paz”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 293
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 253
I. COMUNIDAD DE MADRID
D) Anuncios
Consejería de Sanidad
SERVICIO MADRILEÑO DE SALUD
29
ANUNCIO de 25 de octubre de 2021, por el que se publica el protocolo general
de actuación entre el Ayuntamiento de Madrid y el Servicio Madrileño de Salud
para la mejora del entorno viario del Hospital “La Paz”.
REUNIDOS
De una parte, don Borja Carabante Muntada, Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con el Decreto del Alcalde de 15 de junio de 2019, modificado por el Decreto del Alcalde de 20 de junio de 2019,
y de conformidad con lo dispuesto en el en el apartado 3.1.8 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.
Y de otra parte, don Antonio Zapatero Gaviria, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria
y Salud Pública y Director General del Servicio Madrileño de Salud, nombrado mediante
Decreto 170/2021, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno en su nombre y en representación
del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3 del Decreto 307/2019 de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, el artículo 7.3 del Decreto 88/2021,
de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, el artículo 1.2 del Decreto 308/2019,
de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril,
por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de
Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de
mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Ambas partes se reconocen recíprocamente, en la calidad con que cada uno interviene, con capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este Protocolo General de Actuación (en adelante Protocolo) y, al efecto
I. Que el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de
Madrid, conforme al Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad
de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y
Movilidad, asume, a través de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad, las competencias ejecutivas en materia de planificación de la movilidad, planificación y ejecución de las infraestructuras urbanas de la movilidad y del transporte.
II. Que el Servicio Madrileño de Salud es un Ente de Derecho Público de los previstos
en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, que, de conformidad con lo establecido en el Decreto 24/2008, de 3 de
abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, está adscrito a la Consejería de Sanidad, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, dirigidos a la adecuada organización y ordenación de las actuaciones que competen a la
Administración sanitaria de la Comunidad de Madrid.
III. Que la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública asume la superior dirección del Servicio Madrileño de Salud tal y como establecen el artículo 3 del Decreto 307/2019,
de 26 de noviembre del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, y el artículo 1 del Decreto 308/2019, de 26 de noviembre,
BOCM-20211209-29
EXPONEN
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29
ANUNCIO de 25 de octubre de 2021, por el que se publica el protocolo general
de actuación entre el Ayuntamiento de Madrid y el Servicio Madrileño de Salud
para la mejora del entorno viario del Hospital “La Paz”.
REUNIDOS
De una parte, don Borja Carabante Muntada, Delegado del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, de acuerdo con el Decreto del Alcalde de 15 de junio de 2019, modificado por el Decreto del Alcalde de 20 de junio de 2019,
y de conformidad con lo dispuesto en el en el apartado 3.1.8 del Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de 4 de julio de 2019, de organización y competencias del
Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad.
Y de otra parte, don Antonio Zapatero Gaviria, Viceconsejero de Asistencia Sanitaria
y Salud Pública y Director General del Servicio Madrileño de Salud, nombrado mediante
Decreto 170/2021, de 7 de julio, del Consejo de Gobierno en su nombre y en representación
del Servicio Madrileño de Salud, actuando en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 3 del Decreto 307/2019 de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, el artículo 7.3 del Decreto 88/2021,
de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, el artículo 1.2 del Decreto 308/2019,
de 26 de noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura directiva del Servicio Madrileño de Salud, el artículo 23.2 a) del Decreto 24/2008, de 3 de abril,
por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de
Salud y el Acuerdo del Consejo de Administración del Servicio Madrileño de Salud, de 9 de
mayo de 2008, ratificado en su reunión de 17 de junio de 2020, por el que se delegan determinadas competencias en materia de convenios.
Ambas partes se reconocen recíprocamente, en la calidad con que cada uno interviene, con capacidad legal suficiente para el otorgamiento de este Protocolo General de Actuación (en adelante Protocolo) y, al efecto
I. Que el Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de
Madrid, conforme al Acuerdo de 4 de julio de 2019 de la Junta de Gobierno de la Ciudad
de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y
Movilidad, asume, a través de la Dirección General de Planificación e Infraestructuras de Movilidad, las competencias ejecutivas en materia de planificación de la movilidad, planificación y ejecución de las infraestructuras urbanas de la movilidad y del transporte.
II. Que el Servicio Madrileño de Salud es un Ente de Derecho Público de los previstos
en el artículo 6 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, que, de conformidad con lo establecido en el Decreto 24/2008, de 3 de
abril, del Consejo de Gobierno, por el que se establece el régimen jurídico y de funcionamiento del Servicio Madrileño de Salud, está adscrito a la Consejería de Sanidad, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, dirigidos a la adecuada organización y ordenación de las actuaciones que competen a la
Administración sanitaria de la Comunidad de Madrid.
III. Que la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria y Salud Pública asume la superior dirección del Servicio Madrileño de Salud tal y como establecen el artículo 3 del Decreto 307/2019,
de 26 de noviembre del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, y el artículo 1 del Decreto 308/2019, de 26 de noviembre,
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