Becerril de la Sierra (BOCM-20211209-63)
Organización y funcionamiento. Ordenanzas
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 293
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 305
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
BECERRIL DE LA SIERRA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, de
treinta días hábiles, transcurridos desde el día 14 de octubre de 2021 hasta el día 25 de noviembre de 2021, ambos inclusive, según anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 244, de 13 de octubre de 2021, queda automáticamente
elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de 29 de septiembre de 2021, sobre la aprobación de la Ordenanza General Reguladora de la Concesión
de Subvenciones y Ordenanza reguladora del régimen de licencia y declaración responsable para el ejercicio de actos de construcción y edificación, los de implantación, desarrollo
o modificación de actividades o cualquier otro uso del suelo en el término municipal de Becerril de la Sierra, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en
cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del
Régimen Local.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sede en Madrid.
Artículo 1. Objeto de la ordenanza.—La presente Ordenanza se dicta en el ejercicio
de la potestad administrativa reglamentaria atribuida en el artículo 4.1 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, de 2 de abril, y tiene por objeto la regulación del
régimen jurídico general de la concesión de subvenciones promovidas por los diferentes
Servicios Municipales del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, en el marco del régimen
jurídico definido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el procedimiento a seguir para la
solicitud, la concesión, la justificación y el pago de las mismas, los requisitos de los beneficiarios, la publicidad de las subvenciones y los principios que deben regir toda la gestión de
la concesión.
La mencionada Ley General de Subvenciones cuya Exposición de Motivos establece la
necesidad de trasladar los principios rectores de la Ley de Estabilidad Presupuestaria a los distintos componentes del presupuesto, se rige por la aplicación del principio de transparencia,
inspirado en la Ley de Estabilidad Presupuestaria. Asimismo rigen también los principios de
eficiencia y eficacia en la gestión del gasto público a la hora de tramitar las subvenciones.
De esta manera, la presente ordenanza regulará la actividad subvencional de este Ayuntamiento, la cual incluirá la adecuación a los citados principios y el régimen sancionador.
Todo ello viene a justificar la adecuación de la norma a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con ello la obligación de las Administraciones Públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Las subvenciones establecidas por el Ayuntamiento de Becerril de la Sierra se regirán
por lo dispuesto en la Ley 38/2003, el Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley general de Subvenciones, el Real Decreto 130/2019, de 8
de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad
de las subvenciones y demás ayudas públicas, las Bases de ejecución del Presupuesto Municipal en cada ejercicio presupuestario, la presente Ordenanza General de Subvenciones y
las Bases específicas reguladoras de cada subvención.
BOCM-20211209-63
ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE SUBVENCIONES
B.O.C.M. Núm. 293
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 305
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
63
BECERRIL DE LA SIERRA
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, de
treinta días hábiles, transcurridos desde el día 14 de octubre de 2021 hasta el día 25 de noviembre de 2021, ambos inclusive, según anuncio publicado en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID número 244, de 13 de octubre de 2021, queda automáticamente
elevado a definitivo el Acuerdo plenario provisional de este Ayuntamiento de 29 de septiembre de 2021, sobre la aprobación de la Ordenanza General Reguladora de la Concesión
de Subvenciones y Ordenanza reguladora del régimen de licencia y declaración responsable para el ejercicio de actos de construcción y edificación, los de implantación, desarrollo
o modificación de actividades o cualquier otro uso del suelo en el término municipal de Becerril de la Sierra, cuyo texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en
cumplimiento de lo previsto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del
Régimen Local.
Contra el presente Acuerdo, conforme al artículo 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5
de marzo, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso-administrativo en el
plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio
en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, con sede en Madrid.
Artículo 1. Objeto de la ordenanza.—La presente Ordenanza se dicta en el ejercicio
de la potestad administrativa reglamentaria atribuida en el artículo 4.1 de la Ley 7/1985, Reguladora de las Bases de Régimen Local, de 2 de abril, y tiene por objeto la regulación del
régimen jurídico general de la concesión de subvenciones promovidas por los diferentes
Servicios Municipales del Ayuntamiento de Becerril de la Sierra, en el marco del régimen
jurídico definido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el Real
Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como el procedimiento a seguir para la
solicitud, la concesión, la justificación y el pago de las mismas, los requisitos de los beneficiarios, la publicidad de las subvenciones y los principios que deben regir toda la gestión de
la concesión.
La mencionada Ley General de Subvenciones cuya Exposición de Motivos establece la
necesidad de trasladar los principios rectores de la Ley de Estabilidad Presupuestaria a los distintos componentes del presupuesto, se rige por la aplicación del principio de transparencia,
inspirado en la Ley de Estabilidad Presupuestaria. Asimismo rigen también los principios de
eficiencia y eficacia en la gestión del gasto público a la hora de tramitar las subvenciones.
De esta manera, la presente ordenanza regulará la actividad subvencional de este Ayuntamiento, la cual incluirá la adecuación a los citados principios y el régimen sancionador.
Todo ello viene a justificar la adecuación de la norma a los principios de buena regulación previstos en el artículo 129.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento
Administrativo Común de las Administraciones Públicas, cumpliendo con ello la obligación de las Administraciones Públicas de actuar de acuerdo con los principios de necesidad,
eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia.
Las subvenciones establecidas por el Ayuntamiento de Becerril de la Sierra se regirán
por lo dispuesto en la Ley 38/2003, el Real Decreto 887/2006, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley general de Subvenciones, el Real Decreto 130/2019, de 8
de marzo, por el que se regula la Base de Datos Nacional de Subvenciones y la publicidad
de las subvenciones y demás ayudas públicas, las Bases de ejecución del Presupuesto Municipal en cada ejercicio presupuestario, la presente Ordenanza General de Subvenciones y
las Bases específicas reguladoras de cada subvención.
BOCM-20211209-63
ORDENANZA GENERAL REGULADORA DE SUBVENCIONES