Leganés (BOCM-20211209-73)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 358
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 293
Quinta. Nombramiento
5.1. El nombramiento requerirá la propuesta previa del órgano competente del servicio o unidad en que figure adscrito el puesto convocado. Para ello podrá recabar la intervención del funcionario o funcionarios que considere, para la emisión de informe propuesta a dicho órgano, para apreciar la idoneidad y la adecuación del candidato o candidata, con
el perfil descrito.
Los/las aspirantes podrán ser llamados a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su “currículum” profesional y cualesquiera otras que el órgano competente tenga a bien realizar.
La motivación de los nombramientos incluirá, además de las previsiones contenidas
en el artículo 56.2 del Reglamento de Ingreso del personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, los criterios generales y las cualidades o condiciones personales o profesionales determinantes. No obstante lo anterior, podrá
quedar desierto el proceso si no hubiera candidato idóneo, a juicio del órgano competente.
5.2. La toma de posesión se realizará conforme a lo determinado en los artículos 48, 56 y 57 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo.
Sexta. Régimen de impugnaciones
BOCM-20211209-73
Contra el acuerdo aprobatorio de las presentes bases y conforme a lo establecido en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse por quien posea la condición
de interesado y potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado, contado a partir del día siguiente al de su publicación; o bien
directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano
correspondiente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha
jurisdicción. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso,
cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas».
Leganés, a 24 de noviembre de 2021.—La concejala-delegada de Urbanismo, Industrias, Patrimonio y Recursos Humanos (Decreto número 8.109, de 9 de septiembre
de 2021), Laura Oliva García.
(03/32.873/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Pág. 358
JUEVES 9 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 293
Quinta. Nombramiento
5.1. El nombramiento requerirá la propuesta previa del órgano competente del servicio o unidad en que figure adscrito el puesto convocado. Para ello podrá recabar la intervención del funcionario o funcionarios que considere, para la emisión de informe propuesta a dicho órgano, para apreciar la idoneidad y la adecuación del candidato o candidata, con
el perfil descrito.
Los/las aspirantes podrán ser llamados a la realización de una entrevista sobre cuestiones derivadas de su “currículum” profesional y cualesquiera otras que el órgano competente tenga a bien realizar.
La motivación de los nombramientos incluirá, además de las previsiones contenidas
en el artículo 56.2 del Reglamento de Ingreso del personal al servicio de la Administración
General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los
Funcionarios Civiles de la Administración del Estado, los criterios generales y las cualidades o condiciones personales o profesionales determinantes. No obstante lo anterior, podrá
quedar desierto el proceso si no hubiera candidato idóneo, a juicio del órgano competente.
5.2. La toma de posesión se realizará conforme a lo determinado en los artículos 48, 56 y 57 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo.
Sexta. Régimen de impugnaciones
BOCM-20211209-73
Contra el acuerdo aprobatorio de las presentes bases y conforme a lo establecido en los
artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, podrá interponerse por quien posea la condición
de interesado y potestativamente, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que lo ha dictado, contado a partir del día siguiente al de su publicación; o bien
directamente recurso contencioso administrativo en el plazo de dos meses, ante el órgano
correspondiente del orden jurisdiccional contencioso-administrativo, de conformidad con
lo dispuesto en los artículos 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de dicha
jurisdicción. Todo ello, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercitar, en su caso,
cualquier otro recurso que estimen procedente, en virtud de lo dispuesto en el artículo 40.2
de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas».
Leganés, a 24 de noviembre de 2021.—La concejala-delegada de Urbanismo, Industrias, Patrimonio y Recursos Humanos (Decreto número 8.109, de 9 de septiembre
de 2021), Laura Oliva García.
(03/32.873/21)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791