C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211207-25)
Convenio colectivo – Resolución de 18 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Id Logistics Iberia, S. A., centro de trabajo Valdemoro-Plataforma de Frío (código número 28100271012013)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 252
MARTES 7 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 291
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA ID LOGISTICS IBERIA, S.A.
CENTRO DE TRABAJO DE VALDEMORO-PLATAFORMA DE FRÍO
PARA LOS AÑOS 2022-2023
PREÁMBULO
El presente convenio colectivo ha sido negociado por la empresa ID Logistics Iberia, S.A.,
representada por D. Javier Vázquez Cascajero y D. Antonio Pérez López, y, actuando en
representación de los trabajadores y trabajadoras del centro de trabajo de Valdemoro-Plataforma de
Frío, por D. Juan Carlos Nevado Sánchez (CCOO), D. Juan José López Tomás (CCOO), D. Sergio
Valero Díaz (UGT) y D. Daniel Valero Díaz (UGT). Ambas partes se reconocen mutuamente
legitimación y representatividad suficiente y, por lo tanto, con plena capacidad negociadora. En
Valdemoro, Madrid, a 28 de septiembre del 2.021.
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1
Ámbito territorial
El presente convenio resulta de aplicación en el centro de trabajo de la Empresa ID Logistics
Iberia, S.A. de Valdemoro-Plataforma de Frío, sito en el Polígono Industrial La Postura, Avda. de las
Morcilleras, s/n. C.P. 28340. Valdemoro (Madrid), donde se prestan servicios para los clientes
adscritos a dicho centro, así como en los futuros emplazamientos en los cuales se pudieran
desarrollar las actividades indicadas.
Artículo 2
Ámbito personal
El presente convenio colectivo resultará de aplicación a todo el personal que preste sus servicios
con contrato laboral en el centro de trabajo y emplazamientos indicados en el Artículo 1, con excepción
del personal que tenga encomendadas funciones de alta dirección y los que se encuentren encuadrados
en los niveles 1 y 2 que se indican en el Artículo 10 del presente convenio colectivo.
Artículo 3
Ámbito temporal
El presente convenio colectivo entrará en vigor el 1 de enero de 2022, sin perjuicio de la
determinación de fechas específicas de entrada en vigor de aquellos conceptos en los que expresamente
así se establezca. El convenio extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre del 2023.
Artículo 4
La denuncia del convenio, se efectuará, por cualquiera de las partes legitimadas, mediante
comunicación por escrito que contendrá los preceptos que se pretendan revisar, así como el alcance
de la revisión, y que deberá efectuarse como mínimo con un mes de antelación respecto al término
de vigencia del mismo.
No obstante, la denuncia del convenio no significará modificación alguna en la aplicación de su texto
articulado, que se continuará aplicando hasta su sustitución por el nuevo que pudiera negociarse, a
excepción de aquellos artículos que tengan fecha de vigencia específica.
Artículo 5
Vinculación a la totalidad y compensación y absorción
a)
Vinculación a la totalidad: las condiciones pactadas en el presente convenio constituyen un
todo orgánico e indivisible, sustituyendo en su integridad las condiciones laborales
BOCM-20211207-25
Denuncia y revisión
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 252
MARTES 7 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 291
CONVENIO COLECTIVO DE LA EMPRESA ID LOGISTICS IBERIA, S.A.
CENTRO DE TRABAJO DE VALDEMORO-PLATAFORMA DE FRÍO
PARA LOS AÑOS 2022-2023
PREÁMBULO
El presente convenio colectivo ha sido negociado por la empresa ID Logistics Iberia, S.A.,
representada por D. Javier Vázquez Cascajero y D. Antonio Pérez López, y, actuando en
representación de los trabajadores y trabajadoras del centro de trabajo de Valdemoro-Plataforma de
Frío, por D. Juan Carlos Nevado Sánchez (CCOO), D. Juan José López Tomás (CCOO), D. Sergio
Valero Díaz (UGT) y D. Daniel Valero Díaz (UGT). Ambas partes se reconocen mutuamente
legitimación y representatividad suficiente y, por lo tanto, con plena capacidad negociadora. En
Valdemoro, Madrid, a 28 de septiembre del 2.021.
Capítulo I
Disposiciones generales
Artículo 1
Ámbito territorial
El presente convenio resulta de aplicación en el centro de trabajo de la Empresa ID Logistics
Iberia, S.A. de Valdemoro-Plataforma de Frío, sito en el Polígono Industrial La Postura, Avda. de las
Morcilleras, s/n. C.P. 28340. Valdemoro (Madrid), donde se prestan servicios para los clientes
adscritos a dicho centro, así como en los futuros emplazamientos en los cuales se pudieran
desarrollar las actividades indicadas.
Artículo 2
Ámbito personal
El presente convenio colectivo resultará de aplicación a todo el personal que preste sus servicios
con contrato laboral en el centro de trabajo y emplazamientos indicados en el Artículo 1, con excepción
del personal que tenga encomendadas funciones de alta dirección y los que se encuentren encuadrados
en los niveles 1 y 2 que se indican en el Artículo 10 del presente convenio colectivo.
Artículo 3
Ámbito temporal
El presente convenio colectivo entrará en vigor el 1 de enero de 2022, sin perjuicio de la
determinación de fechas específicas de entrada en vigor de aquellos conceptos en los que expresamente
así se establezca. El convenio extenderá su vigencia hasta el 31 de diciembre del 2023.
Artículo 4
La denuncia del convenio, se efectuará, por cualquiera de las partes legitimadas, mediante
comunicación por escrito que contendrá los preceptos que se pretendan revisar, así como el alcance
de la revisión, y que deberá efectuarse como mínimo con un mes de antelación respecto al término
de vigencia del mismo.
No obstante, la denuncia del convenio no significará modificación alguna en la aplicación de su texto
articulado, que se continuará aplicando hasta su sustitución por el nuevo que pudiera negociarse, a
excepción de aquellos artículos que tengan fecha de vigencia específica.
Artículo 5
Vinculación a la totalidad y compensación y absorción
a)
Vinculación a la totalidad: las condiciones pactadas en el presente convenio constituyen un
todo orgánico e indivisible, sustituyendo en su integridad las condiciones laborales
BOCM-20211207-25
Denuncia y revisión