B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211207-21)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Ingeniería Superior, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 244
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 291
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el apartado quinto de la base undécima de la señalada Orden 758/2018, de 13 de marzo, aquellas personas aspirantes que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia o, si
del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de dichos requisitos, perderán su derecho a ser nombrados/as funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Ingeniería Superior, Especialidad de
Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A,
Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Cuarto
BOCM-20211207-21
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los/las interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro del
plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 24 de noviembre de 2021.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.
Pág. 244
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 291
Tercero
De conformidad con lo dispuesto en el apartado quinto de la base undécima de la señalada Orden 758/2018, de 13 de marzo, aquellas personas aspirantes que, dentro del plazo habilitado en el apartado segundo de esta resolución, y salvo casos de fuerza mayor, no acreditasen el cumplimiento de los requisitos exigidos en el proceso selectivo de referencia o, si
del examen de la documentación correspondiente se dedujera que carecen de alguno de dichos requisitos, perderán su derecho a ser nombrados/as funcionarios/as de carrera del Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Ingeniería Superior, Especialidad de
Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A,
Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid, y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que hubieren incurrido por falsedad en la solicitud inicial.
Cuarto
BOCM-20211207-21
Contra la presente Resolución, que no pone fin a la vía administrativa, los/las interesados/as podrán interponer recurso de alzada ante la Viceconsejería de Hacienda, dentro del
plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 24 de noviembre de 2021.—La Directora General de Función Pública, María José Esteban Raposo.