B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211207-21)
Aspirantes proceso selectivo – Resolución de 24 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Función Pública, por la que se resuelve el proceso selectivo para el ingreso en el Cuerpo de Ingenieros y Arquitectos Superiores, Escala de Ingeniería Superior, Especialidad de Ordenación Rural e Industrias Agroalimentarias, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A1, de la Comunidad de Madrid
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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B.O.C.M. Núm. 291
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE DICIEMBRE DE 2021
C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española deberán presentar,
además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
D) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según
la correspondiente relación de puestos de trabajo ofertados, que habrá de ser proporcionada a las personas aspirantes aprobadas, en el mismo plazo contemplado en este
apartado segundo, por la citada Dirección General de Recursos Humanos, sin perjuicio de que dicha relación se encuentre igualmente disponible, a título meramente informativo, en la página web “https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/ingeniero-superior-ordenacion-rural-e-industrias-agroalimentarias-a1”.
Los modelos con objeto de cumplimentar la declaración jurada o promesa indicada en
la letra C) y la solicitud de destinos prevista en la letra D), serán facilitados por la ya reiterada Dirección General de Recursos Humanos, pudiendo, asimismo, accederse a aquellos a
través del enlace “http://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/personal-funcionario-nuevo-ingreso” y, seguidamente, seleccionando el apartado “Entrega de
documentación y petición de destinos”.
2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación detallada en
las letras A) y B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van
referidas las mismas, salvo si las personas interesadas se opusieran expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos establecida a tal fin en el modelo al que se hace mención en el punto 3 de este apartado segundo.
Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando los aspirantes hubieran procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la
documentación comprendida en la letra B).
3. La documentación especificada en este apartado segundo será presentada mediante alguna de las modalidades que se relacionan a continuación:
— Telemáticamente, cumplimentando el modelo de impreso normalizado de “Presentación de documentación para adquirir la condición de funcionario de carrera”,
al que podrá accederse desde el Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid
o desde la página web “https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/ingeniero-superior-ordenacion-rural-e-industrias-agroalimentarias-a1”, y adjuntándose a aquel la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través
del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de
los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos
o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de
Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones
que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
— En el supuesto de no optar por la presentación telemática, los/las aspirantes podrán
presentar el formulario que hayan impreso y firmado tras su cumplimentación,
junto con la documentación requerida que corresponda, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los demás lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
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BOCM-20211207-21
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 7 DE DICIEMBRE DE 2021
C) Declaración jurada o promesa de no haber sido separado/a mediante expediente
disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas o de los
órganos constitucionales o estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial.
Los aspirantes que posean nacionalidad distinta de la española deberán presentar,
además de la declaración relativa al Estado español, declaración jurada o promesa de no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a
sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos términos, el acceso al empleo público.
D) Petición de destinos de acuerdo con el orden obtenido en el proceso selectivo y según
la correspondiente relación de puestos de trabajo ofertados, que habrá de ser proporcionada a las personas aspirantes aprobadas, en el mismo plazo contemplado en este
apartado segundo, por la citada Dirección General de Recursos Humanos, sin perjuicio de que dicha relación se encuentre igualmente disponible, a título meramente informativo, en la página web “https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/ingeniero-superior-ordenacion-rural-e-industrias-agroalimentarias-a1”.
Los modelos con objeto de cumplimentar la declaración jurada o promesa indicada en
la letra C) y la solicitud de destinos prevista en la letra D), serán facilitados por la ya reiterada Dirección General de Recursos Humanos, pudiendo, asimismo, accederse a aquellos a
través del enlace “http://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/personal-funcionario-nuevo-ingreso” y, seguidamente, seleccionando el apartado “Entrega de
documentación y petición de destinos”.
2. No obstante lo anterior, no será necesario aportar la documentación detallada en
las letras A) y B), obteniéndose por la Administración, de oficio, la información a que van
referidas las mismas, salvo si las personas interesadas se opusieran expresamente a la consulta de datos por medios electrónicos establecida a tal fin en el modelo al que se hace mención en el punto 3 de este apartado segundo.
Sin perjuicio de lo expuesto, en lo relativo a la titulación académica, el acceso de oficio a la información requerida, únicamente será posible siempre y cuando los aspirantes hubieran procedido al abono de la tasa correspondiente a la expedición del título de que se trate exigido para concurrir al proceso de referencia. En caso contrario, deberá aportarse la
documentación comprendida en la letra B).
3. La documentación especificada en este apartado segundo será presentada mediante alguna de las modalidades que se relacionan a continuación:
— Telemáticamente, cumplimentando el modelo de impreso normalizado de “Presentación de documentación para adquirir la condición de funcionario de carrera”,
al que podrá accederse desde el Portal del Ciudadano de la Comunidad de Madrid
o desde la página web “https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/ingeniero-superior-ordenacion-rural-e-industrias-agroalimentarias-a1”, y adjuntándose a aquel la documentación correspondiente que hubiera de aportarse.
A estos efectos, para presentar el modelo y documentación por Internet a través
del Registro Electrónico de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo o de
los demás registros previstos en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, será necesario disponer de uno de los Certificados Electrónicos reconocidos
o cualificados de firma electrónica, que sean operativos en la Comunidad de
Madrid y expedidos por prestadores incluidos en la “Lista de confianza de prestadores de servicios de certificación”, o de cualquier otro sistema de firma electrónica que la Comunidad de Madrid considere válido en los términos y condiciones
que se establezcan específicamente para cada tipo de firma.
— En el supuesto de no optar por la presentación telemática, los/las aspirantes podrán
presentar el formulario que hayan impreso y firmado tras su cumplimentación,
junto con la documentación requerida que corresponda, en cualquiera de las oficinas de asistencia en materia de registro de la Comunidad de Madrid, o en alguno de los demás lugares y formas establecidos en el artículo 16.4 de la mencionada Ley 39/2015, de 1 de octubre.
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BOCM-20211207-21
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