D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211206-15)
Convenio –  Convenio de 23 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejerías de Cultura, Turismo y Deporte y de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundaciones Querer y Club Atlético de Madrid, para la colaboración en la realización del proyecto “Curso de Fútbol Terapéutico I: Trabajo motor en niños con trastornos neurológicos y discapacidad intelectual”
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 290

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 6 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 115

I. Que la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid,
establece en el artículo 2.1, apartados h), i) e j), que la política deportiva de la Comunidad
de Madrid se inspirará, entre otros principios rectores, en la difusión de las actividades físicas y del deporte en todos los sectores de la población y, en particular entre los más desfavorecidos, en la promoción de las actividades físicas y del deporte entre los disminuidos
físicos, psíquicos y sensoriales, como forma de integración social y de terapia, y en la colaboración responsable entre las diversas Administraciones Públicas, y entre estas y la organización deportiva privada.
II. Que la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, según lo establecido en el artículo 10 del Decreto 42/2021, de 19 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid,
por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de
Madrid, es el departamento de la Administración de la Comunidad de Madrid competente
en materia de Deportes.
III. Que la Dirección General de Deportes, de acuerdo con el artículo 9.3 del citado
Decreto 88/2021, de 30 de junio, asume las competencias de las extintas Dirección General de Planificación, Coordinación, Investigación y Formación de la Actividad Física y Deporte y Dirección General de Infraestructuras y Programas de Actividad Física y Deporte,
por lo que, conforme a las letras b), g), j) y k) del Decreto 281/2019, de 29 de octubre, por
el que se establece la estructura orgánica de la entonces Vicepresidencia, Consejería de Deportes, Transparencia y Portavocía del Gobierno, asume las competencias para el diseño de
estrategias dirigidas a la promoción de la actividad física y el deporte en la Comunidad de
Madrid; la promoción, organización o colaboración en la realización de cursos, seminarios,
congresos, encuentros o cualquier otra actividad, dirigida a fomentar, impulsar y colaborar
en la difusión de la cultura física entre la población; así como, las correspondientes a la promoción e impulso de la investigación científica e innovación en materia de actividad física
y deporte, en colaboración con entidades públicas o privadas, y el fomento de trabajos de
investigación sobre deporte y salud y deporte y educación que avalen el diseño de estrategias de fomento de actividad física y deporte entre los distintos colectivos de la población.
IV. Que según establece el artículo 7 del Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de
noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de Derechos de las
personas con discapacidad y de su inclusión social, “Las administraciones públicas protegerán de forma especialmente intensa los derechos de las personas con discapacidad en materia de igualdad entre mujeres y hombres, salud, empleo, protección social, educación, tutela judicial efectiva, movilidad, comunicación, información y acceso a la cultura, al
deporte, al ocio así como de participación en los asuntos públicos, en los términos previstos en este Título y demás normativa que sea de aplicación”.
V. Que según establece el Decreto 279/2019, de 29 de octubre, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad, la Consejería (actualmente
Consejería de Familia, Juventud y Política Social, en virtud del Decreto 42/2021, de 19 de
junio) tiene atribuidas competencias en materia de inclusión social e innovación social,
servicios sociales, dependencia, promoción social, fomento del voluntariado, inmigración
y cooperación al desarrollo, familias y natalidad, consecución de la igualdad real y efectiva en los diferentes ámbitos de la vida política, económica y social, luchas contra la violencia de género y contra la discriminación y la salvaguarda del derecho de todas las personas
al reconocimiento y al libre desarrollo de su personalidad acorde a la identidad o e expresión de genero libremente manifestada y para los siguientes colectivos: mujeres, personas
dependientes, menores de edad, LGTBI, mayores inmigrantes y con discapacidad.
VI. Que el citado Decreto 279/2019, de 29 de octubre, en su artículo 13 d) y h) atribuye a la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad “El impulso, desarrollo y seguimiento de las actuaciones en materia de atención temprana contempladas en
el Decreto 46/2015, de 7 de mayo, de coordinación en la prestación de atención temprana
en la Comunidad de Madrid, especialmente la gestión de la Red Pública de Atención Temprana, la información, apoyo y orientación a las familias y al entorno y la coordinación con
los ámbitos educativo y sanitario” y “El diseño, implantación y desarrollo de programas,
actuaciones y servicios que favorezcan la inclusión social y promuevan la autonomía personal y la vida independiente de las personas con discapacidad y enfermedad mental”.
VII. El proyecto “Curso de Fútbol Terapéutico I: Trabajo motor en niños con trastornos neurológicos y discapacidad intelectual”, incide en el marco de las competencias
atribuidas en materia de infancia y de atención a la discapacidad, por cuanto el objetivo del

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