C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211206-1)
Convenio colectivo – Resolución de 23 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, sobre registro, depósito y publicación del convenio colectivo de la empresa Ceva Logistics España, S. L. U. (código número 28009612011996)
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 290
LUNES 6 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 19
ANEXO Nº 3 PLUS PERSONAL POR ANTIGÜEDAD
TRIENIOS
1
2
3
4
5
6
7
ANUAL15
247,58
330,35
410,54
411,57
493,65
493,65
575,88
ACUMULADO
247,58
577,93
988,47
1.400,04
1.893,69
2.387,34
2.963,23
A partir del séptimo trienio se pagará sin limitación de número, conforme el valor pactado para el
séptimo.
Los importes reflejados al 01/01/2019 deberán ser regularizados conforme establece el presente
convenio en su anexo nº 1.
El pago de este complemento se efectuará en quince pagas. Es decir, las correspondientes a los
doce meses naturales y las tres extraordinarias de marzo, julio y Navidad.
Premio antigüedad
El personal que cumpla 25, 30 y 35 años de antigüedad en la Empresa percibirá un premio,
consistente en una paga equivalente a una mensualidad periódica. Se les concederá un día de
vacaciones cada año de cumplimiento de los 25, 30 y 35, que será de disfrute el mismo día de
cumplimiento de los años, en caso de ser estos sábados, domingos o festivos los precedentes.
Dichos días no serán acumulables ni consolidables.
ANEXO Nº 4 SUBVENCIONES Y AYUDAS
- Subvención por hijos disminuidos físicos o psíquicos.
Conforme a lo determinado en el artículo nº 22 del presente convenio, se fija una subvención de
6.770,92.- euros anuales. (Importe al 01/01/2018 sujeto a anexo nº 1)
- Seguro de vida y accidentes.
CEVA Logistics España, S.L., tiene establecido como beneficio en favor de todos sus empleados,
un seguro de vida que cubre los riesgos de: fallecimiento, invalidez permanente absoluta y
fallecimiento por accidente. Las condiciones de la póliza están suficientemente divulgadas entre los
empleados para las utilicen en su beneficio.
- Subvención Comedor.
De cara al inicio de enero 2020, los trabajadores podrán determinar anualmente, si prefieren el
valor del porcentaje (82%) de la subvención de comedor que asume la empresa recogida en el
párrafo anterior del convenio colectivo del coste del cubierto, vigente en cada momento en el
comedor del Centro de trabajo ubicado en Alcalá de Henares. Dicho porcentaje deberá incluirse en
nómina. Esta opción no implica, en ningún caso, la renuncia del uso del comedor por los
trabajadores que se acojan a la opción temporal de percibir el porcentaje de subvención del
BOCM-20211206-1
CEVA Logistics España, S.L. subvenciona para todos sus empleados el 82% del coste del
cubierto, vigente en cada momento en el comedor del Centro de trabajo ubicado en Alcalá de
Henares (Madrid). El 18% restante será a cargo del empleado que utilice el citado servicio.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 290
LUNES 6 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 19
ANEXO Nº 3 PLUS PERSONAL POR ANTIGÜEDAD
TRIENIOS
1
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ANUAL15
247,58
330,35
410,54
411,57
493,65
493,65
575,88
ACUMULADO
247,58
577,93
988,47
1.400,04
1.893,69
2.387,34
2.963,23
A partir del séptimo trienio se pagará sin limitación de número, conforme el valor pactado para el
séptimo.
Los importes reflejados al 01/01/2019 deberán ser regularizados conforme establece el presente
convenio en su anexo nº 1.
El pago de este complemento se efectuará en quince pagas. Es decir, las correspondientes a los
doce meses naturales y las tres extraordinarias de marzo, julio y Navidad.
Premio antigüedad
El personal que cumpla 25, 30 y 35 años de antigüedad en la Empresa percibirá un premio,
consistente en una paga equivalente a una mensualidad periódica. Se les concederá un día de
vacaciones cada año de cumplimiento de los 25, 30 y 35, que será de disfrute el mismo día de
cumplimiento de los años, en caso de ser estos sábados, domingos o festivos los precedentes.
Dichos días no serán acumulables ni consolidables.
ANEXO Nº 4 SUBVENCIONES Y AYUDAS
- Subvención por hijos disminuidos físicos o psíquicos.
Conforme a lo determinado en el artículo nº 22 del presente convenio, se fija una subvención de
6.770,92.- euros anuales. (Importe al 01/01/2018 sujeto a anexo nº 1)
- Seguro de vida y accidentes.
CEVA Logistics España, S.L., tiene establecido como beneficio en favor de todos sus empleados,
un seguro de vida que cubre los riesgos de: fallecimiento, invalidez permanente absoluta y
fallecimiento por accidente. Las condiciones de la póliza están suficientemente divulgadas entre los
empleados para las utilicen en su beneficio.
- Subvención Comedor.
De cara al inicio de enero 2020, los trabajadores podrán determinar anualmente, si prefieren el
valor del porcentaje (82%) de la subvención de comedor que asume la empresa recogida en el
párrafo anterior del convenio colectivo del coste del cubierto, vigente en cada momento en el
comedor del Centro de trabajo ubicado en Alcalá de Henares. Dicho porcentaje deberá incluirse en
nómina. Esta opción no implica, en ningún caso, la renuncia del uso del comedor por los
trabajadores que se acojan a la opción temporal de percibir el porcentaje de subvención del
BOCM-20211206-1
CEVA Logistics España, S.L. subvenciona para todos sus empleados el 82% del coste del
cubierto, vigente en cada momento en el comedor del Centro de trabajo ubicado en Alcalá de
Henares (Madrid). El 18% restante será a cargo del empleado que utilice el citado servicio.