C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE, VIVIENDA Y AGRICULTURA (BOCM-20211203-42)
Plan estratégico subvenciones – Orden 1112/2021, de 18 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se modifica el Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería para el período 2020-2023 aprobado mediante Orden 611/2020, de 5 de mayo
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 382
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 288
actividades económicas en la Reserva o gestionar recursos de su patrimonio natural o cultural; entidades sin ánimo de lucro cuyos fines estatutarios se dirijan la realización de actuaciones en materia de conservación de la naturaleza o el desarrollo rural.
Las ayudas financiarán actuaciones dirigidas al desarrollo socioeconómico de la Reserva de la Biosfera de las Cuencas Altas de los ríos Manzanares, Lozoya y Guadarrama en
base a la conservación de sus ecosistemas y biodiversidad, promovidas por los agentes antes citados.
Se establecen las siguientes líneas prioritarias:
— Fomento de Infraestructuras Verdes que mejoren la conectividad ecológica del territorio y en particular entre los municipios.
— Conservación y gestión de la Biodiversidad y de los recursos naturales.
— Fomento del desarrollo sostenible.
— Apoyo a la sostenibilidad del turismo, mejora del patrimonio cultural y del paisaje.
— Medidas de apoyo al manejo agroecológico y forestal sostenible de los recursos
naturales y puesta en valor de los conocimientos tradicionales, promoviendo la
eficiencia de los recursos y una economía baja en carbono.
3. Plazo para su consecución.
Las actuaciones objeto de financiación deberán haberse iniciado, con posterioridad a
la fecha de publicación de la orden donde se recogen las bases reguladoras y convocatoria
y antes del 31 de diciembre de 2023.
El pago en firme de la subvención estará supeditado a que el beneficiario presente la
solicitud de pago en la que justifique la inversión de una sola vez en el plazo que establezca la Orden de concesión que no superará el 15 de noviembre del año de la convocatoria.
Se podrá anticipar hasta el 100 por 100 de la subvención concedida.
Será obligatorio que las actuaciones se encuentren ejecutadas en más de un 50 por 100
de la inversión prevista antes del 31 de diciembre de 2023.
El plazo máximo para su ejecución finalizará el 31 de mayo de 2026.
4. Costes previsibles y fuente de financiación.
El crédito previsto en el período 2020-2023 es el siguiente:
AÑO
PREVISIÓN PRESUPUESTARIA
2020
2021
2022
2023
0,0 €
0,0 €
813.042 €
0,0 €
41. Subvenciones dirigidas a actuaciones que promuevan el desarrollo socioeconómico
en base a la conservación de sus ecosistemas y biodiversidad en la Reserva
de la biosfera de la Sierra del Rincón, financiadas con fondos next generation EU
1. Área de competencia y sectores a los que se dirige la ayuda.
La pandemia provocada por la COVID-19 ha supuesto una crisis económica, social y
sanitaria que ha exigido una respuesta común a escala europea. Como respuesta a medio
plazo, el Consejo Europeo, aprobó el 21 de julio de 2020, el Instrumento Europeo de Recu-
BOCM-20211203-42
La financiación se realizará con cargo a la posición presupuestaria G/456A/79909
“Otras actuaciones”.
5. Plan de acción.
Estas subvenciones se regularán por las bases reguladoras vigentes en el momento de
su convocatoria.
El órgano instructor de los expedientes será la Dirección General de Biodiversidad y
Recursos Naturales.
La valoración de las solicitudes se realizará por una Comisión de Evaluación constituida al efecto y el órgano que resolverá la convocatoria será la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
El procedimiento de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
6. Seguimiento y evaluación.
La evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos que se persiguen con estas
ayudas se realizará teniendo en cuenta los indicadores e hitos establecidos en los acuerdos
de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente sobre el reparto de los fondos europeos
asignados en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del reino de
España y conforme a los sistemas de gestión y control que se establezcan para estos fondos.
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 382
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 288
actividades económicas en la Reserva o gestionar recursos de su patrimonio natural o cultural; entidades sin ánimo de lucro cuyos fines estatutarios se dirijan la realización de actuaciones en materia de conservación de la naturaleza o el desarrollo rural.
Las ayudas financiarán actuaciones dirigidas al desarrollo socioeconómico de la Reserva de la Biosfera de las Cuencas Altas de los ríos Manzanares, Lozoya y Guadarrama en
base a la conservación de sus ecosistemas y biodiversidad, promovidas por los agentes antes citados.
Se establecen las siguientes líneas prioritarias:
— Fomento de Infraestructuras Verdes que mejoren la conectividad ecológica del territorio y en particular entre los municipios.
— Conservación y gestión de la Biodiversidad y de los recursos naturales.
— Fomento del desarrollo sostenible.
— Apoyo a la sostenibilidad del turismo, mejora del patrimonio cultural y del paisaje.
— Medidas de apoyo al manejo agroecológico y forestal sostenible de los recursos
naturales y puesta en valor de los conocimientos tradicionales, promoviendo la
eficiencia de los recursos y una economía baja en carbono.
3. Plazo para su consecución.
Las actuaciones objeto de financiación deberán haberse iniciado, con posterioridad a
la fecha de publicación de la orden donde se recogen las bases reguladoras y convocatoria
y antes del 31 de diciembre de 2023.
El pago en firme de la subvención estará supeditado a que el beneficiario presente la
solicitud de pago en la que justifique la inversión de una sola vez en el plazo que establezca la Orden de concesión que no superará el 15 de noviembre del año de la convocatoria.
Se podrá anticipar hasta el 100 por 100 de la subvención concedida.
Será obligatorio que las actuaciones se encuentren ejecutadas en más de un 50 por 100
de la inversión prevista antes del 31 de diciembre de 2023.
El plazo máximo para su ejecución finalizará el 31 de mayo de 2026.
4. Costes previsibles y fuente de financiación.
El crédito previsto en el período 2020-2023 es el siguiente:
AÑO
PREVISIÓN PRESUPUESTARIA
2020
2021
2022
2023
0,0 €
0,0 €
813.042 €
0,0 €
41. Subvenciones dirigidas a actuaciones que promuevan el desarrollo socioeconómico
en base a la conservación de sus ecosistemas y biodiversidad en la Reserva
de la biosfera de la Sierra del Rincón, financiadas con fondos next generation EU
1. Área de competencia y sectores a los que se dirige la ayuda.
La pandemia provocada por la COVID-19 ha supuesto una crisis económica, social y
sanitaria que ha exigido una respuesta común a escala europea. Como respuesta a medio
plazo, el Consejo Europeo, aprobó el 21 de julio de 2020, el Instrumento Europeo de Recu-
BOCM-20211203-42
La financiación se realizará con cargo a la posición presupuestaria G/456A/79909
“Otras actuaciones”.
5. Plan de acción.
Estas subvenciones se regularán por las bases reguladoras vigentes en el momento de
su convocatoria.
El órgano instructor de los expedientes será la Dirección General de Biodiversidad y
Recursos Naturales.
La valoración de las solicitudes se realizará por una Comisión de Evaluación constituida al efecto y el órgano que resolverá la convocatoria será la Consejera de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura.
El procedimiento de estas ayudas se tramitará en régimen de concurrencia competitiva.
6. Seguimiento y evaluación.
La evaluación del grado de cumplimiento de los objetivos que se persiguen con estas
ayudas se realizará teniendo en cuenta los indicadores e hitos establecidos en los acuerdos
de la Conferencia Sectorial de Medio Ambiente sobre el reparto de los fondos europeos
asignados en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia del reino de
España y conforme a los sistemas de gestión y control que se establezcan para estos fondos.