B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211203-15)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 609/2021, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Titulado Superior, Especialidad de Traductor-Intérprete (Grupo I, Nivel 9, Área A) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 249
Quinta
Admisión de aspirantes
1. En cuanto a la admisión de los aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud
de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquélla en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo
recogido en el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.
Sexta
Tribunal de selección
1. El tribunal calificador de este proceso selectivo será designado por resolución de
la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y, a efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio,
quedará incluido en la categoría primera, rigiéndose por lo establecido en la base décima de
la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
2. El régimen jurídico aplicable al tribunal de selección será el que se establece para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que
se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid y en cualquier otra
normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 40.5
del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).
3. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias
de los miembros del tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988,
de 18 de mayo, de la entonces Consejería de Hacienda y en el resto de normativa en la materia.
Séptima
1. El sistema selectivo será el de concurso-oposición, siendo la fase de oposición de
carácter eliminatorio y pudiendo acceder a la fase de concurso un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para
superar la fase de oposición.
2. La fase de oposición de este proceso selectivo estará compuesta por dos ejercicios
de carácter eliminatorio.
3. El contenido del programa de este proceso selectivo tendrá un número total de 75
temas, de acuerdo con el desarrollo que se recoge en el anexo de esta Orden.
4. El primer ejercicio de este proceso selectivo consistirá en contestar por escrito un
cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por 80 preguntas sobre las materias del programa, tanto de su parte general, como de la específica de carácter gramatical
y terminológico sobre la opción de idioma elegida en cada caso, proponiéndose por cada
pregunta cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.
Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo y la pregunta no contestada, es decir, aquélla en la que figuren las cuatro respuestas alternativas propuestas en
blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrán valoración, penalizándose con 0,10
puntos cada una de las contestaciones erróneas.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ochenta minutos.
5. El segundo ejercicio consistirá en una prueba oral de interpretación, seguido, si el
tribunal lo considera oportuno, de un diálogo con la persona aspirante en el idioma por el
que se presenta (árabe-francés, chino-inglés, inglés-francés, polaco o portugués), de una duración máxima de 10 minutos. La duración total, incluido, en su caso, el diálogo, será de 15
minutos en el idioma de elección del candidato.
6. La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos de las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, referidos al día de finalización del plazo
BOCM-20211203-15
Sistema selectivo
B.O.C.M. Núm. 288
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 249
Quinta
Admisión de aspirantes
1. En cuanto a la admisión de los aspirantes, se estará a lo dispuesto en la base novena de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
2. En el caso de que alguna de las personas interesadas haya presentado su solicitud
de forma presencial, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica, en los términos y con los efectos establecidos en el artículo 68.4 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, considerándose a todos los efectos como fecha de presentación de la solicitud aquélla en la que se haya realizado la correspondiente subsanación, de acuerdo con lo
recogido en el artículo 5.3 del Decreto 188/2021, de 21 de julio.
Sexta
Tribunal de selección
1. El tribunal calificador de este proceso selectivo será designado por resolución de
la Dirección General de Función Pública, que se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA
COMUNIDAD DE MADRID y, a efectos de cobro de indemnizaciones por razón del servicio,
quedará incluido en la categoría primera, rigiéndose por lo establecido en la base décima de
la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
2. El régimen jurídico aplicable al tribunal de selección será el que se establece para
los órganos colegiados en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector
Público, en la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que
se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid y en cualquier otra
normativa que resulte de aplicación, todo ello sin perjuicio de lo recogido en el artículo 40.5
del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral de la Administración de la Comunidad de Madrid (2021-2024).
3. A efectos de regulación del número de sesiones, devengo y percepción de asistencias
de los miembros del tribunal, también será de aplicación lo dispuesto en la Orden 1175/1988,
de 18 de mayo, de la entonces Consejería de Hacienda y en el resto de normativa en la materia.
Séptima
1. El sistema selectivo será el de concurso-oposición, siendo la fase de oposición de
carácter eliminatorio y pudiendo acceder a la fase de concurso un número de aspirantes superior al de plazas convocadas.
En ningún caso, la puntuación obtenida en la fase de concurso podrá ser aplicada para
superar la fase de oposición.
2. La fase de oposición de este proceso selectivo estará compuesta por dos ejercicios
de carácter eliminatorio.
3. El contenido del programa de este proceso selectivo tendrá un número total de 75
temas, de acuerdo con el desarrollo que se recoge en el anexo de esta Orden.
4. El primer ejercicio de este proceso selectivo consistirá en contestar por escrito un
cuestionario tipo test propuesto por el tribunal, compuesto por 80 preguntas sobre las materias del programa, tanto de su parte general, como de la específica de carácter gramatical
y terminológico sobre la opción de idioma elegida en cada caso, proponiéndose por cada
pregunta cuatro respuestas alternativas, siendo sólo una de ellas la correcta.
Cada pregunta contestada correctamente se valorará en positivo y la pregunta no contestada, es decir, aquélla en la que figuren las cuatro respuestas alternativas propuestas en
blanco o con más de una opción de respuesta, no tendrán valoración, penalizándose con 0,10
puntos cada una de las contestaciones erróneas.
El tiempo máximo para la realización de este ejercicio será de ochenta minutos.
5. El segundo ejercicio consistirá en una prueba oral de interpretación, seguido, si el
tribunal lo considera oportuno, de un diálogo con la persona aspirante en el idioma por el
que se presenta (árabe-francés, chino-inglés, inglés-francés, polaco o portugués), de una duración máxima de 10 minutos. La duración total, incluido, en su caso, el diálogo, será de 15
minutos en el idioma de elección del candidato.
6. La fase de concurso consistirá en la valoración de los méritos de las personas aspirantes que hayan superado la fase de oposición, referidos al día de finalización del plazo
BOCM-20211203-15
Sistema selectivo