B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211203-15)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 609/2021, de 19 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas del proceso extraordinario de estabilización de empleo temporal del personal laboral para el acceso a plazas de la categoría profesional de Titulado Superior, Especialidad de Traductor-Intérprete (Grupo I, Nivel 9, Área A) de la Comunidad de Madrid
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BOCM
Pág. 248
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 288
4. Las personas aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la
documentación que corresponda de entre las que se indican a continuación:
a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber
abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base octava apartado 8.2 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
b) Quienes precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización del ejercicio de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones
pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exención
de la realización del ejercicio, debiendo presentar la documentación acreditativa de
la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base octava apartado 8.6 de la Orden 913/2019,
de 26 de marzo.
c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de
representante que actúa en nombre de la persona aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible en el enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacionempleo-comunidad-madrid, accediendo a la convocatoria de este proceso
selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y tasas - Autorización presentación
solicitud”, de acuerdo con la secuencia ya indicada en el apartado 3 de esta base
tercera.
5. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado
por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la
Dirección General de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo,
siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.
6. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarta
1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en
la base octava apartado 8.2 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, haciendo constar en el
motivo de la liquidación: “Acceso a plazas de laboral Traductor Intérprete Estabilización”.
2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la
precitada base octava apartado 8.2 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, quienes soliciten
participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma,
la tasa por derechos de en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo A1/Grupo Profesional I, de los que se deriva la formación de bolsa de trabajo y que asciende a 52,91
euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe
de la tasa será 26,45 euros.
BOCM-20211203-15
Tasa por derechos de examen
Pág. 248
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 288
4. Las personas aspirantes deberán acompañar a las solicitudes de participación la
documentación que corresponda de entre las que se indican a continuación:
a) El ejemplar para la Administración del impreso modelo 030, acreditativo de haber
abonado la tasa por derechos de examen y, en su caso, la documentación acreditativa de la exención parcial o total del pago de la misma, todo ello en la forma y términos dispuestos en la base octava apartado 8.2 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
b) Quienes precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización del ejercicio de que consta el proceso selectivo, deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud de participación e identificar el tipo o tipos de adaptaciones
pretendidas, sin que, en ningún caso, la adaptación pueda consistir en la exención
de la realización del ejercicio, debiendo presentar la documentación acreditativa de
la necesidad de las adaptaciones solicitadas, que habrá de ser aportada en la forma y términos establecidos en la base octava apartado 8.6 de la Orden 913/2019,
de 26 de marzo.
c) Únicamente en aquellos casos en que la solicitud se presente y/o firme por medio de
representante que actúa en nombre de la persona aspirante, se deberá aportar la correspondiente autorización en el modelo establecido al efecto y que se encuentra disponible en el enlace https://www.comunidad.madrid/servicios/empleo/estabilizacionempleo-comunidad-madrid, accediendo a la convocatoria de este proceso
selectivo y a “Cumplimentación de solicitud y tasas - Autorización presentación
solicitud”, de acuerdo con la secuencia ya indicada en el apartado 3 de esta base
tercera.
5. A efectos del cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento
Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD), de conformidad con lo regulado
por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y garantía de derechos digitales (LOPDGDD), y demás normativa vigente sobre la materia, los datos contenidos en la solicitud serán objeto de tratamiento automatizado por la
Dirección General de Función Pública para el desarrollo del presente proceso selectivo,
siendo su cumplimentación obligatoria para la admisión en el mismo.
6. El plazo de presentación de solicitudes de este proceso selectivo será de veinte
días hábiles, contados a partir del siguiente a la publicación de la presente Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
7. La no presentación de la solicitud en tiempo y forma supondrá la exclusión de la
persona aspirante.
8. En el caso de que se produjeran incidencias técnicas que imposibiliten el funcionamiento ordinario del sistema informático que sirve de soporte a la tramitación de este proceso selectivo en cualquiera de sus fases, se podrá llevar a cabo una ampliación del correspondiente plazo, siempre que éste no se encuentre vencido, todo ello de acuerdo con lo
dispuesto en el artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Cuarta
1. En cuanto al pago de la tasa por derechos de examen, se estará a lo dispuesto en
la base octava apartado 8.2 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, haciendo constar en el
motivo de la liquidación: “Acceso a plazas de laboral Traductor Intérprete Estabilización”.
2. Salvo que resulte de aplicación alguna de las exenciones totales recogidas en la
precitada base octava apartado 8.2 de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, quienes soliciten
participar en las pruebas selectivas deberán liquidar, en la forma establecida en la misma,
la tasa por derechos de en procesos selectivos para ingreso en el Subgrupo A1/Grupo Profesional I, de los que se deriva la formación de bolsa de trabajo y que asciende a 52,91
euros. Para quienes sean miembros de familias numerosas de categoría general, el importe
de la tasa será 26,45 euros.
BOCM-20211203-15
Tasa por derechos de examen