B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211203-12)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 559/2021, de 8 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan dos procesos selectivos para el acceso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, a plazas de carácter laboral de la categoría profesional de Conductor (Grupo III, Nivel 5, Área B), de la Comunidad de Madrid
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 288

7.4. Los ejercicios escritos lo estarán de tal modo que permitan su lectura por cualquier miembro del Tribunal Calificador, evitando la utilización de abreviaturas o signos no
usuales en el lenguaje escrito.
7.5. El orden de actuación de los opositores se iniciará alfabéticamente por el primer
aspirante cuyo primer apellido comience por la letra “E”, de conformidad con la Resolución de 9 de marzo de 2021, de la Dirección General de Función Pública (BOLETÍN OFICIAL
DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de 29 de marzo).
7.6. La celebración del primer ejercicio podrá realizarse a partir del primer trimestre
de 2022.
Octava
Lista de aprobados del proceso selectivo y acreditación del cumplimiento de requisitos
8.1. El Tribunal Calificador hará pública, en los términos dispuestos en la base decimocuarta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, la relación de aspirantes que han superado el proceso selectivo, indicando los siguientes extremos:
— Número de orden obtenido en el proceso selectivo de acuerdo con la puntuación
total alcanzada.
— Datos personales en los términos dispuestos en la normativa de aplicación.
— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la oposición.
— Calificaciones obtenidas en cada uno de los méritos de la fase de concurso, y en el
total de la misma, sólo para los aspirantes que participen en el proceso de promoción interna.
— Calificación final.
8.2. En cuanto a la acreditación de cumplimiento de requisitos por parte de los aspirantes que hayan superado el proceso selectivo, se estará a lo dispuesto en las bases 14.6 a 14.10 de
la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
8.3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior únicamente podrá realizarse mediante su presentación por medios telemáticos.
Novena
Adjudicación de destinos y formalización de los contratos
Concluidos los dos procesos selectivos, quienes los hubieran superado y acreditado el
cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, se procederá por parte de la Dirección General de Función Pública, a hacer pública la adjudicación de destinos que, en su
caso corresponda, mediante Resolución que será objeto de debida publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en la base decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
Por las unidades responsables de personal de las Consejerías, Organismos o Entes de
destino de los aspirantes seleccionados, se procederá a la formalización de los contratos en el
plazo de un mes, con quienes hayan resultado adjudicatarios, debiendo dichas unidades dar
cumplimiento, con carácter previo a la firma de aquéllos, a lo establecido en el artículo 13 del
Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la
Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.
El período de prueba se exigirá en los términos dispuestos en el artículo 33 del Convenio Colectivo Único para el Personal laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Décima
Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el Consejero
de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123
y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso contencioso-

BOCM-20211203-12

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