B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211203-10)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 554/2021, de 8 de noviembre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan dos procesos selectivos para el acceso, por el sistema general de acceso libre y de promoción interna, a plazas de carácter laboral de la Categoría Profesional de Técnico Especialista I, Integrador Social (Grupo III, Nivel 6, Área C), de la Comunidad de Madrid
28 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 288

VIERNES 3 DE DICIEMBRE DE 2021

Pág. 133

8.3. La presentación de la documentación indicada en el apartado anterior únicamente podrá realizarse mediante su presentación por medios telemáticos.
Novena
Adjudicación de destinos y formalización de los contratos
Concluidos los dos procesos selectivos, quienes los hubieran superado y acreditado el
cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria, se procederá por parte de la Dirección General de Función Pública, a hacer pública la adjudicación de destinos que, en su
caso corresponda, mediante Resolución que será objeto de la debida publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, de acuerdo con lo establecido en la base
decimoquinta de la Orden 913/2019, de 26 de marzo.
Por las unidades responsables de personal de las Consejerías, Organismos o Entes de
destino de los aspirantes seleccionados, se procederá a la formalización de los contratos en el
plazo de un mes, con quienes hayan resultado adjudicatarios, debiendo dichas unidades dar
cumplimiento, con carácter previo a la firma de aquellos, a lo establecido en el artículo 13 del
Real Decreto 598/1985, de 30 de abril, sobre incompatibilidades del personal al servicio de la
Administración del Estado, de la Seguridad Social y de los Entes, Organismos y Empresas dependientes, en cuanto a la declaración de actividades en el sector público.
El período de prueba se exigirá en los términos dispuestos en el artículo 33 del Convenio Colectivo Único para el Personal laboral al Servicio de la Administración de la Comunidad de Madrid.
Décima
Recursos
Los actos administrativos que se deriven de la presente convocatoria, así como las actuaciones del Tribunal Calificador, podrán ser impugnados en los casos y en la forma establecida en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas.
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán
interponer con carácter potestativo recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el
Consejero de Economía, Hacienda y Empleo, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la citada Ley 39/2015, de 1 de octubre, o bien, directamente recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Tribunal Superior de Justicia
de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 10 y 46.1 de la Ley 29/1998,
de 13 de julio, de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID, significándose que en caso de interponer recurso de reposición no se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que aquel sea resuelto expresamente o se
haya producido la desestimación presunta del mismo.
Dado en Madrid, a 8 de noviembre de 2021.—El Viceconsejero de Hacienda, por delegación del Consejero de Hacienda y Función Pública, mediante Orden de 6 de julio
de 2020; BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 16 de julio de 2020), José
Ramón Menéndez Aquino.
ANEXO I
PROCESO SELECTIVO DE ACCESO LIBRE
Primero
1.1. El sistema de selección será el de oposición.
1.2. El desarrollo de la oposición se regirá por lo dispuesto en la base decimosegunda de la Orden 913/2019, de 26 de marzo, y por el programa que figura como Anexo III de
la presente convocatoria.
La oposición, estará integrada por los ejercicios que a continuación se indican, todos
y cada uno de ellos, tendrán carácter obligatorio y eliminatorio.
1.2.1. Primer ejercicio: Consistirá en contestar por escrito un cuestionario tipo test
propuesto por el Tribunal, compuesto por sesenta preguntas más cinco adicionales de reser-

BOCM-20211203-10

Sistema de selección