Manzanares el Real (BOCM-20211202-61)
Organización y funcionamiento. Reglamento condecoraciones Policía Local
10 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
B.O.C.M. Núm. 287
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE DICIEMBRE DE 2021
recompensados por distinguirse notablemente en el cumplimiento de sus funciones, así
como por el mantenimiento de una conducta ejemplar a lo largo de su vida profesional.
2. El Ayuntamiento de Manzanares el Real, a tenor de los dispuesto en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Régimen Local; en la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 2/2003 de Administración Local de la Comunidad de Madrid, así como por la Ley 1/2018, de Coordinación
de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, regula el proceso de concesión de honores y distinciones municipales por la realización de servicios meritorios en funciones de
protección ciudadana y Policía Local, de aquellas personas naturales o jurídicas merecedoras de dicho reconocimiento.
3. Los títulos, honores y distinciones que podrá otorgar el Ayuntamiento de Manzanares el Real para reconocer y dar pública satisfacción y gratitud por acciones o servicios
extraordinarios en materia de protección ciudadana, cuyo diseño se refleja en el Anexo I del
presente texto legal, son los siguientes:
a. Medalla de la Policía Local de Manzanares el Real.
b. Cruz al Mérito Profesional.
c. Medalla de Permanencia en el Servicio.
d. Diploma de Mérito Policial.
e. Felicitaciones.
Todas las distinciones a que hace referencia este Reglamento tienen carácter exclusivamente honorífico, sin que, por tanto, otorguen ningún derecho de carácter económico.
Art. 3. De la Medalla de la Policía Local de Manzanares el Real.—1. La Medalla de
la Policía Local de Manzanares el Real es una distinción honorífica, destinada a reconocer actuaciones meritorias, de carácter singular, que impliquen riesgo notorio, solidaridad excepcional o un nivel de profesionalidad extraordinario, de los componentes de la Policía Local.
2. La Medalla de la Policía Local de Manzanares el Real también podrá ser concedida a Instituciones o personas, que se distingan por su manifiesta y permanente colaboración
a la labor de la Policía Local.
3. Dado que las Instituciones tienen naturaleza muy distinta de las personas físicas,
parece más adecuado que la condecoración, aun teniendo la contemplación de medalla en
cuanto a su distinción, adopte la forma de placa.
4. Aquellos a los que se les concediera más de una vez la distinción, llevarán con el
uniforme de gala, si lo tuvieren, o el ordinario, durante el desarrollo de actos oficiales que
así lo requiriesen, tantas medallas como se les hubiera concedido si bien, en el uniforme de
diario, llevarán un único pasador en el que se sobrepondrá, a un tercio de la longitud del pasador en el lado más alto del corazón un número de varas de oro igual al de distinciones obtenidas, dichas varas tendrán una altura igual a la del pasador y estarán inclinadas a 45º de
la vertical.
Recibirán la distinción con cinta azul con ribetes blancos de 30 mm.
Art. 4. De la Cruz al Mérito Profesional.—1. La Cruz al Mérito Profesional es una
distinción honorífica, destinada al reconocimiento de intervenciones heroicas o de carácter
general con sacrificio de la propia vida, así como para reconocer la trayectoria profesional
meritoria de los componentes de la Policía Local, por su particular entrega al servicio enalteciendo la imagen del Cuerpo de la Policía Local de Manzanares el Real.
2. Siempre será concedida a miembros del Cuerpo de Policía Local de Manzanares
el Real.
3. En cuanto al motivo de la concesión, ha de contemplarse simultáneamente tanto
las virtudes profesionales como las virtudes humanas del condecorado, debiendo existir
ambas, sin que sea válida para la concesión la existencia de unas sin las otras.
Es imprescindible que dichas virtudes se hayan demostrado suficientemente durante
un plazo mínimo de 5 años de servicios ininterrumpidos, por lo que no se computará las
fracciones desarrolladas en períodos discontinuos.
4. Se establecen dos categorías en esta distinción:
a. 1.a categoría: A título póstumo con motivo de intervenciones heroicas o de carácter general con sacrificio de la propia vida, recibirán la distinción con cinta carmesí con ribetes dorados de 30 mm.
b. 2.a categoría: Por el cumplimiento del Servicio o de los deberes propios de su cargo de manera relevante, sobresaliente u ostentar la Jefatura del Cuerpo, durante al
menos 5 años ininterrumpidos. La distinción se presentará con cinta tricolor blanca roja y blanca, así mismo de 30 mm.
Pág. 305
BOCM-20211202-61
BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 2 DE DICIEMBRE DE 2021
recompensados por distinguirse notablemente en el cumplimiento de sus funciones, así
como por el mantenimiento de una conducta ejemplar a lo largo de su vida profesional.
2. El Ayuntamiento de Manzanares el Real, a tenor de los dispuesto en el Texto Refundido de las Disposiciones Legales vigentes en Materia de Régimen Local; en la
Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; Ley 2/2003 de Administración Local de la Comunidad de Madrid, así como por la Ley 1/2018, de Coordinación
de las Policías Locales de la Comunidad de Madrid, regula el proceso de concesión de honores y distinciones municipales por la realización de servicios meritorios en funciones de
protección ciudadana y Policía Local, de aquellas personas naturales o jurídicas merecedoras de dicho reconocimiento.
3. Los títulos, honores y distinciones que podrá otorgar el Ayuntamiento de Manzanares el Real para reconocer y dar pública satisfacción y gratitud por acciones o servicios
extraordinarios en materia de protección ciudadana, cuyo diseño se refleja en el Anexo I del
presente texto legal, son los siguientes:
a. Medalla de la Policía Local de Manzanares el Real.
b. Cruz al Mérito Profesional.
c. Medalla de Permanencia en el Servicio.
d. Diploma de Mérito Policial.
e. Felicitaciones.
Todas las distinciones a que hace referencia este Reglamento tienen carácter exclusivamente honorífico, sin que, por tanto, otorguen ningún derecho de carácter económico.
Art. 3. De la Medalla de la Policía Local de Manzanares el Real.—1. La Medalla de
la Policía Local de Manzanares el Real es una distinción honorífica, destinada a reconocer actuaciones meritorias, de carácter singular, que impliquen riesgo notorio, solidaridad excepcional o un nivel de profesionalidad extraordinario, de los componentes de la Policía Local.
2. La Medalla de la Policía Local de Manzanares el Real también podrá ser concedida a Instituciones o personas, que se distingan por su manifiesta y permanente colaboración
a la labor de la Policía Local.
3. Dado que las Instituciones tienen naturaleza muy distinta de las personas físicas,
parece más adecuado que la condecoración, aun teniendo la contemplación de medalla en
cuanto a su distinción, adopte la forma de placa.
4. Aquellos a los que se les concediera más de una vez la distinción, llevarán con el
uniforme de gala, si lo tuvieren, o el ordinario, durante el desarrollo de actos oficiales que
así lo requiriesen, tantas medallas como se les hubiera concedido si bien, en el uniforme de
diario, llevarán un único pasador en el que se sobrepondrá, a un tercio de la longitud del pasador en el lado más alto del corazón un número de varas de oro igual al de distinciones obtenidas, dichas varas tendrán una altura igual a la del pasador y estarán inclinadas a 45º de
la vertical.
Recibirán la distinción con cinta azul con ribetes blancos de 30 mm.
Art. 4. De la Cruz al Mérito Profesional.—1. La Cruz al Mérito Profesional es una
distinción honorífica, destinada al reconocimiento de intervenciones heroicas o de carácter
general con sacrificio de la propia vida, así como para reconocer la trayectoria profesional
meritoria de los componentes de la Policía Local, por su particular entrega al servicio enalteciendo la imagen del Cuerpo de la Policía Local de Manzanares el Real.
2. Siempre será concedida a miembros del Cuerpo de Policía Local de Manzanares
el Real.
3. En cuanto al motivo de la concesión, ha de contemplarse simultáneamente tanto
las virtudes profesionales como las virtudes humanas del condecorado, debiendo existir
ambas, sin que sea válida para la concesión la existencia de unas sin las otras.
Es imprescindible que dichas virtudes se hayan demostrado suficientemente durante
un plazo mínimo de 5 años de servicios ininterrumpidos, por lo que no se computará las
fracciones desarrolladas en períodos discontinuos.
4. Se establecen dos categorías en esta distinción:
a. 1.a categoría: A título póstumo con motivo de intervenciones heroicas o de carácter general con sacrificio de la propia vida, recibirán la distinción con cinta carmesí con ribetes dorados de 30 mm.
b. 2.a categoría: Por el cumplimiento del Servicio o de los deberes propios de su cargo de manera relevante, sobresaliente u ostentar la Jefatura del Cuerpo, durante al
menos 5 años ininterrumpidos. La distinción se presentará con cinta tricolor blanca roja y blanca, así mismo de 30 mm.
Pág. 305
BOCM-20211202-61
BOCM