B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211201-7)
Retribución funcionarios docentes – Orden de 12 de noviembre de 2021, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se modifica la Orden de 3 de febrero de 2014, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen criterios objetivos para la asignación de productividad a los funcionarios de Cuerpos Docentes no Universitarios, por la participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen especial dedicación al centro
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 286
MIÉRCOLES 1 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 95
de los Presupuestos Generales para 2021, en orden al establecimiento y a la fijación de criterios para la distribución del complemento de productividad, y, a propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos,
DISPONGO
Artículo único
Modificación de la Orden de 3 de febrero de 2014, de la Consejería de Economía
y Hacienda, por la que se establecen criterios objetivos para la asignación
de productividad a los funcionarios de Cuerpos no Universitarios, por la participación
en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen especial
dedicación al centro
Se añade la letra K) en el apartado tercero del anexo de la Orden de 3 de febrero de 2014,
de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen criterios objetivos para
la asignación de productividad a los funcionarios de Cuerpos no Universitarios, por la participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen
especial dedicación al centro, que queda redactado como sigue:
“K. Coordinador PROA+ (Programa PROA+):
1. Son circunstancias objetivas determinantes de la asignación y de la valoración del
complemento de productividad por especial dedicación al centro e implantación de planes
que suponen innovación educativa, al Coordinador del programa de cooperación territorial
PROA+ por parte del personal funcionario docente designado, las siguientes:
a) El especial rendimiento que suponen las funciones dirigidas a la puesta en marcha
y el sostenimiento diario de las actividades palanca del programa PROA+ que se
desarrollan en el centro y que suponen tareas de coordinación con el resto de los
docentes directamente implicado en su desarrollo, de gestión con el alumnado y
con las familias que participan en ellas, así como la comunicación con entidades
colaboradoras externas al centro.
b) La actividad e iniciativa que supone la mayor jornada que deben realizar a causa
de las superiores exigencias que imponen los cometidos del coordinador del programa PROA+ para la organización, el seguimiento y el control de las actividades
concretas que deben ser realizadas.
c) El interés e iniciativa que se atribuye al desarrollo de estos trabajos, ya que es necesario alcanzar los objetivos del programa PROA+ dirigidos al éxito escolar de todos los alumnos mediante la implicación personal de los docentes y de las familias.
2. Modalidades de participación y asignación de importes mensuales de productividad:
MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN
IMPORTE
Funcionario docente coordinador del programa PROA+
en un centro con tres o más actividades palanca
215,94 €
Funcionario docente coordinador del programa PROA+
en un centro con menos de tres actividades palanca
185,81 €
3. El importe de este complemento de productividad se devengará durante diez meses, de septiembre a junio de cada curso escolar”.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 12 de noviembre de 2021.
El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
(03/32.428/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20211201-7
Entrada en vigor
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 286
MIÉRCOLES 1 DE DICIEMBRE DE 2021
Pág. 95
de los Presupuestos Generales para 2021, en orden al establecimiento y a la fijación de criterios para la distribución del complemento de productividad, y, a propuesta de la Dirección General de Recursos Humanos,
DISPONGO
Artículo único
Modificación de la Orden de 3 de febrero de 2014, de la Consejería de Economía
y Hacienda, por la que se establecen criterios objetivos para la asignación
de productividad a los funcionarios de Cuerpos no Universitarios, por la participación
en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen especial
dedicación al centro
Se añade la letra K) en el apartado tercero del anexo de la Orden de 3 de febrero de 2014,
de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se establecen criterios objetivos para
la asignación de productividad a los funcionarios de Cuerpos no Universitarios, por la participación en programas de enseñanza bilingüe, de innovación educativa y que impliquen
especial dedicación al centro, que queda redactado como sigue:
“K. Coordinador PROA+ (Programa PROA+):
1. Son circunstancias objetivas determinantes de la asignación y de la valoración del
complemento de productividad por especial dedicación al centro e implantación de planes
que suponen innovación educativa, al Coordinador del programa de cooperación territorial
PROA+ por parte del personal funcionario docente designado, las siguientes:
a) El especial rendimiento que suponen las funciones dirigidas a la puesta en marcha
y el sostenimiento diario de las actividades palanca del programa PROA+ que se
desarrollan en el centro y que suponen tareas de coordinación con el resto de los
docentes directamente implicado en su desarrollo, de gestión con el alumnado y
con las familias que participan en ellas, así como la comunicación con entidades
colaboradoras externas al centro.
b) La actividad e iniciativa que supone la mayor jornada que deben realizar a causa
de las superiores exigencias que imponen los cometidos del coordinador del programa PROA+ para la organización, el seguimiento y el control de las actividades
concretas que deben ser realizadas.
c) El interés e iniciativa que se atribuye al desarrollo de estos trabajos, ya que es necesario alcanzar los objetivos del programa PROA+ dirigidos al éxito escolar de todos los alumnos mediante la implicación personal de los docentes y de las familias.
2. Modalidades de participación y asignación de importes mensuales de productividad:
MODALIDADES DE PARTICIPACIÓN
IMPORTE
Funcionario docente coordinador del programa PROA+
en un centro con tres o más actividades palanca
215,94 €
Funcionario docente coordinador del programa PROA+
en un centro con menos de tres actividades palanca
185,81 €
3. El importe de este complemento de productividad se devengará durante diez meses, de septiembre a junio de cada curso escolar”.
DISPOSICIÓN FINAL ÚNICA
La presente Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 12 de noviembre de 2021.
El Consejero de Economía, Hacienda y Empleo,
JAVIER FERNÁNDEZ-LASQUETTY Y BLANC
(03/32.428/21)
http://www.bocm.es
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ISSN 1989-4791
BOCM-20211201-7
Entrada en vigor