Miraflores de la Sierra (BOCM-20211201-55)
Organización y funcionamiento. Reglamento centro municipal
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B.O.C.M. Núm. 286

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 1 DE DICIEMBRE DE 2021

3.4. Cuando las Asociaciones, que realicen sus actividades en el Centro, utilicen publicidad para difundir las mismas, deberán incluir al Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra como Entidad colaboradora de estas.
3.5. Se deberá hacer uso adecuado y correcto de las instalaciones y mobiliario de los
Centros; a este respecto la Asociación o Colectivo que realice una actividad será responsable del mencionado buen uso por parte de las personas participantes en sus actividades. En
caso contrario, el Ayuntamiento podrá exigir el abono de los desperfectos ocasionados a la
Asociación.
3.6. La dotación municipal del Centro destinada a realizar actividades por distintos
colectivos, será custodiada por el personal municipal.
3.7. El colectivo usuario de una sala deberá dejarla en condiciones adecuadas para
su uso posterior.
3.8. Los Colectivos o Entidades que realicen actividades deberán ajustarse al horario
del Centro, salvo en los casos excepcionales que previamente se autoricen. En tal caso, si para
el desarrollo de la actividad se precisa la presencia de personal del Centro, los gastos derivados del mismo correrán a cargo de la Asociación o Colectivo que organiza la actividad.
3.9. Las actividades que, por sus características, entorpezcan el desarrollo adecuado
de actividades posteriores, deberán terminar con la suficiente antelación para que se pueda
acondicionar la sala.
3.10. Para cualquier modificación en las dependencias del Centro (mobiliario, instalaciones de cualquier tipo, etc.) el Colectivo comunicará la necesidad a la Dirección del
Centro que realizará los trámites oportunos.
3.11. El personal municipal que trabaje en y para el Centro recibirá las instrucciones
pertinentes directamente a través de los cauces que para ello tiene establecido el Ayuntamiento, por lo que los Colectivos usuarios, en lo que al Centro se refiere; plantearan sus
comunicados, quejas o sugerencias a través de la Dirección del mismo, o sistema de quejas
y sugerencias existentes en el Ayuntamiento.
3.12. Los Colectivos usuarios del Centro no deberán dejar objetos y otros materiales
en pasillo, salas, etc., que entorpezcan el paso o deterioren la imagen del Centro.
3.13. Según las posibilidades de Centro, y previa petición al Director/a del mismo,
se cederá para su uso a los colectivos, armarios o dependencias para guardar sus materiales; no teniendo el Ayuntamiento responsabilidad alguna sobre lo que haya en su interior.
Esta cesión no es definitiva y estará condicionada a la duración de la actividad. Los armarios deberán dejarse vacíos al finalizar el curso.
Asimismo, el Ayuntamiento no se responsabilizará de objetos o materiales que se dejan fuera de los lugares indicados.
3.14. Los colectivos usuarios serán responsables de los desperfectos ocurridos debido a su negligencia o la de las personas participantes en sus actividades, estando obligados
a su reparación según determine el Ayuntamiento.
Si transcurrido un plazo máximo de 30 días naturales no se ha realizado la reparación
por parte del colectivo causante, el Ayuntamiento procederá a su reparación, repercutiendo
los gastos al colectivo correspondiente.
3.15. Cuando una Asociación, Colectivo o Entidad cambien o suspenda definitivamente una actividad deberá comunicarlo a la Dirección del Centro.
3.16. Cuando se autorice el uso de una sala para la realización de una actividad, la
Asociación dispondrá de un mes como máximo, para el inicio de la misma; y una vez transcurrido ese plazo, si no se ha iniciado, quedará sin efecto la autorización.
3.17. Todas las actividades del Centro deberán finalizar diez minutos antes del horario de cierre del Centro, salvo las que por su naturaleza, estén debidamente autorizadas.
4. Cesión y uso de llaves.—Se establecen las siguientes normas respecto a la tenencia de llaves de los Centros:
4.1. Llaves de puerta de acceso al Centro. Dispondrán de llaves de entrada al Centro:
— La persona encargada de la apertura y cierre del Centro.
— El personal municipal cuando su jornada de trabajo no coincida con el horario del
Centro.
— El Negociado Administrativo de Acción Social

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