Sevilla la Nueva (BOCM-20211129-70)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 284

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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SEVILLA LA NUEVA

Resolución de Alcaldía, de fecha 23 de noviembre de 2021, por la que se convocan
subvenciones en materia de ayudas para la creación o reforma empresarial en Sevilla la
Nueva 2021, por el procedimiento de concurrencia competitiva.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(www.infosubvenciones.es) y en la página web del Ayuntamiento de Sevilla la Nueva.
El código de identificación que haya asignado la BDNS a la convocatoria es 596522.
Primero. Beneficiarios.—Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las empresas privadas con centro de trabajo ubicado en el municipio de Sevilla la Nueva, cualquiera
que sea su forma (personas físicas, jurídicas o comunidad de bienes), con las siguientes condiciones, pudiéndose presentar únicamente una solicitud por empresa.
Por un lado, pueden optar a estas ayudas las empresas de nueva creación que se hayan
constituido entre el 1 de enero de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, de acuerdo con el alta
de actividades en el censo tributario. Deben estar en activo en el momento de la concesión,
es decir, que no se haya dado de baja en la actividad ni se haya procedido al traspaso de la
misma, y que no haya obtenido subvención alguna por este mismo concepto en anterior
convocatoria municipal.
Por otro lado, podrán acceder a las ayudas empresas preexistentes que desarrollen su
actividad económica en el municipio y que hayan mejorado y modernizado su proyecto empresarial durante el período subvencionable; desde el 1 de enero de 2020 hasta el 31 de diciembre de 2021.
Segundo. Objeto.—El objeto de estas subvenciones, concedidas en régimen de concurrencia competitiva, es apoyar la creación y modernización de las empresas en el municipio de Sevilla la Nueva, impulsando la prosperidad y riqueza en el municipio en coherencia con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS 2030), mediante la financiación
parcial de los gastos de puesta en marcha e inversión de las mismas
Tercero. Bases reguladoras.—Las bases reguladoras de la concesión de estas subvenciones están contenidas en la ordenanza general de subvenciones aprobada por el Pleno
de este Ayuntamiento en sesión extraordinaria de fecha 3 de julio de 2020, y publicada en
el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 206, de fecha 25 de agosto
de 2020.
Cuarto. Cuantía de la ayuda.—La presente convocatoria se financiará con cargo a la
aplicación presupuestaria 430.480,00 Subvención destinadas a empresas para la creación o
reforma empresarial en Sevilla la Nueva 2021 del municipio de Sevilla la Nueva (Madrid),
recogido en Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo.
El importe de las ayudas concedidas en la presente convocatoria será por un total de
30.000,00 euros, pudiendo ser ampliado mediante modificación de crédito correspondiente, en función del número de solicitudes recibidas en plazo hábil, y que se distribuirán según orden de solicitud entre las personas que cumplan los requisitos establecidos, asignándose una cantidad máxima de 3.000 euros por empresario o autónomo.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de quince naturales días, contados a partir del siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. No se admitirá ninguna solicitud presentada fuera de este plazo.
Sexto. Otros datos.—Las solicitudes se formularán en el modelo que figura como
anexo de la convocatoria. Se dirigirán al alcalde-presidente del Ayuntamiento, y se presentarán en el Registro de entrada del Ayuntamiento o por cualquiera de los medios señalados en
el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, en el plazo de quince días naturales desde la publicación
del extracto de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

BOCM-20211129-70

RÉGIMEN ECONÓMICO