D) Anuncios - Consejería de Presidencia, Justicia e Interior (BOCM-20211129-18)
Convenio –  Convenio de 12 de noviembre de 2021, entre la Fiscalía General del Estado y la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, para la creación de una unidad adscrita de agentes forestales y medioambientales en la Fiscalía coordinadora de Medio Ambiente y Urbanismo
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 29 DE NOVIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 284

Novena
Modificación
El Convenio podrá ser modificado, en cualquier momento, a requerimiento de alguna
de las partes, en cuyo caso será necesario para la modificación del mismo el mutuo acuerdo de ambas partes.
Décima
Confidencialidad y protección de datos
Los datos personales que se deriven de la ejecución del presente Convenio serán tratados, en lo que se refiere al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones
penales o de ejecución de sanciones penales, por la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y su normativa de desarrollo, hasta tanto
no se trasponga al derecho nacional la Directiva (UE) 2016/680, del Parlamento Europeo y
del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la protección de las personas físicas en lo que
respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para los
fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales y a la
libre circulación de dichos datos, así como, en su momento, por las disposiciones vigentes
sobre la materia. El tratamiento de datos personales que no tenga la finalidad citada se regirá conforme a lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del
Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de dichos datos y por el que
se deroga la Directiva 95/46/CE, y en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y Garantía de los Derechos Digitales y su normativa de desarrollo.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la
vigencia del presente Convenio y una vez terminado este.
Toda la información facilitada por las partes y toda la información generada como consecuencia de la ejecución del presente Convenio tendrá el tratamiento de confidencial, sin
perjuicio de la información que sea de dominio público, no pudiendo ser divulgada o facilitada a terceros ni utilizada para un fin distinto del previsto en este documento sin el acuerdo unánime de las partes.
La obligación de confidencialidad para las partes se extenderá indefinidamente aunque el Convenio se hubiera extinguido. Todo ello sin perjuicio de la eventual autorización
de las partes o, en su caso, de que dicha información pasara a ser considerada como de dominio público.
Las partes velarán por el cumplimiento del Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, por el que
se regula el Esquema Nacional de Seguridad en el ámbito de la Administración Electrónica.
Undécima
Este Convenio tiene naturaleza administrativa y para la interpretación de dudas y controversias que surjan en el mismo se estará a los dispuesto en sus cláusulas y a los principios
establecidos en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
quedando excluido del ámbito de aplicación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, al amparo de su artículo 6.
Los litigios que puedan surgir entre las partes como consecuencia de la ejecución del
presente Convenio deberán solventarse de mutuo acuerdo de las mismas. Si no pudiera alcanzarse dicho acuerdo, serán de conocimiento y competencia del Orden Jurisdiccional de
lo Contencioso-Administrativo, Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de este Orden Jurisdiccional.
De conformidad con todo lo expuesto y acordado, en el ejercicio de las atribuciones de
que son titulares los firmantes, suscriben por duplicado el presente Convenio en el lugar y
fecha al principio indicado.
Madrid, a 12 de noviembre de 2021.—Por la Fiscalía General del Estado, Antonio
Vercher Noguera.—Por la Comunidad de Madrid, Enrique López López.
(03/32.307/21)

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D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

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Régimen jurídico y jurisdicción