D) Anuncios - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211127-2)
Convenio – Convenio marco de 16 de noviembre de 2021, de cooperación educativa entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Familia, Juventud y Política Social) y la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón para la realización de prácticas académicas de estudiantes en centros y/o servicios dependientes de la Consejería
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BOCM
Pág. 10
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 283
— Conceder al estudiante, dentro del horario de prácticas, los permisos necesarios
para cumplir con su actividad académica, formativa, de representación y de participación en la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón.
Séptima
Definir los anexos al presente convenio para cada período de prácticas y por cada Facultad, Centro o Estudio. Dichos documentos deben recoger:
— El programa/proyecto formativo y calendario para cada período de prácticas.
— El número de plazas y los centros y/o servicios para los que se solicita la inclusión
de estudiantes, admitiéndose la posibilidad de variaciones en función de las necesidades y/o situaciones especiales de ambas instituciones.
— Los profesores-tutores de la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón.
— En su caso, la oferta formativa para los profesionales-tutores, indicando las condiciones especiales ofrecidas, de acuerdo con lo establecido en la cláusula décima
del presente convenio.
— En su caso, la posibilidad de utilización, de los recursos bibliográficos del fondo
documental de la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón por parte de
los profesionales-tutores de la consejería, de acuerdo con lo establecido en la cláusula décima del presente convenio.
— Y aquellas otras cuestiones prácticas que faciliten la coordinación y el correcto desarrollo del convenio.
— Una vez formalizado el anexo correspondiente, y antes de la incorporación efectiva de los estudiantes a los distintos centros y/o servicios, se deberá remitir un
anexo de prácticas por cada estudiante en prácticas, donde se consigne la siguiente información: datos de identificación, datos de contacto, titulación, fecha de incorporación y finalización de las prácticas, entidad donde se realizarán las prácticas, calendario y horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor de la
entidad colaboradora.Además, este anexo deberá incorporar el proyecto formativo en el que se harán constar los objetivos educativos y las competencias que debe
adquirir el estudiante, así como las actividades formativas que desarrollará. El
anexo de prácticas de cada estudiante deberá ser firmado por todas las partes, con
carácter previo a la inicio de las prácticas.
— Fijar el proyecto formativo objeto de la práctica a realizar por el estudiante.
— Realizar una selección de los candidatos a las prácticas ofertadas.
— Designar un profesor tutor de la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón que será responsable de la orientación y supervisión de las prácticas y, en su
caso, de la validación académica previa y de la evaluación final.
— Establecer procedimientos de configuración de las ofertas de prácticas, difusión,
solicitud y adjudicación de las prácticas externas de conformidad con criterios objetivos previamente fijados y garantizando, en todo caso, los principios de transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades.
— Reconocer las prácticas de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos
por la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón.
— Emitir a los profesionales-tutores que lo soliciten un certificado de la labor realizada.
— Designar como centros y/o servicios colaboradores de prácticas a aquellos centros
y/o servicios de la consejería en los que los alumnos hayan realizado sus prácticas.
— Todos los estudiantes de la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón
matriculados en alguna de sus enseñanzas, estarán cubiertos por un seguro de responsabilidad civil y de accidentes. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar. El seguro escolar cubre, además, a los menores de 28 años matriculados en los
respectivos programas y al corriente de la cuota correspondiente.
Octava
Obligaciones del estudiante
En el desarrollo de las prácticas, los estudiantes que las realicen estarán sujetos al régimen general establecido en el presente convenio y las condiciones concretas que se prevean en los correspondientes anexos al mismo.
BOCM-20211127-2
Obligaciones de la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón
Pág. 10
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE NOVIEMBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 283
— Conceder al estudiante, dentro del horario de prácticas, los permisos necesarios
para cumplir con su actividad académica, formativa, de representación y de participación en la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón.
Séptima
Definir los anexos al presente convenio para cada período de prácticas y por cada Facultad, Centro o Estudio. Dichos documentos deben recoger:
— El programa/proyecto formativo y calendario para cada período de prácticas.
— El número de plazas y los centros y/o servicios para los que se solicita la inclusión
de estudiantes, admitiéndose la posibilidad de variaciones en función de las necesidades y/o situaciones especiales de ambas instituciones.
— Los profesores-tutores de la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón.
— En su caso, la oferta formativa para los profesionales-tutores, indicando las condiciones especiales ofrecidas, de acuerdo con lo establecido en la cláusula décima
del presente convenio.
— En su caso, la posibilidad de utilización, de los recursos bibliográficos del fondo
documental de la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón por parte de
los profesionales-tutores de la consejería, de acuerdo con lo establecido en la cláusula décima del presente convenio.
— Y aquellas otras cuestiones prácticas que faciliten la coordinación y el correcto desarrollo del convenio.
— Una vez formalizado el anexo correspondiente, y antes de la incorporación efectiva de los estudiantes a los distintos centros y/o servicios, se deberá remitir un
anexo de prácticas por cada estudiante en prácticas, donde se consigne la siguiente información: datos de identificación, datos de contacto, titulación, fecha de incorporación y finalización de las prácticas, entidad donde se realizarán las prácticas, calendario y horario, así como el nombre del tutor académico y del tutor de la
entidad colaboradora.Además, este anexo deberá incorporar el proyecto formativo en el que se harán constar los objetivos educativos y las competencias que debe
adquirir el estudiante, así como las actividades formativas que desarrollará. El
anexo de prácticas de cada estudiante deberá ser firmado por todas las partes, con
carácter previo a la inicio de las prácticas.
— Fijar el proyecto formativo objeto de la práctica a realizar por el estudiante.
— Realizar una selección de los candidatos a las prácticas ofertadas.
— Designar un profesor tutor de la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón que será responsable de la orientación y supervisión de las prácticas y, en su
caso, de la validación académica previa y de la evaluación final.
— Establecer procedimientos de configuración de las ofertas de prácticas, difusión,
solicitud y adjudicación de las prácticas externas de conformidad con criterios objetivos previamente fijados y garantizando, en todo caso, los principios de transparencia, publicidad, accesibilidad universal e igualdad de oportunidades.
— Reconocer las prácticas de acuerdo con las normas y procedimientos establecidos
por la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón.
— Emitir a los profesionales-tutores que lo soliciten un certificado de la labor realizada.
— Designar como centros y/o servicios colaboradores de prácticas a aquellos centros
y/o servicios de la consejería en los que los alumnos hayan realizado sus prácticas.
— Todos los estudiantes de la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón
matriculados en alguna de sus enseñanzas, estarán cubiertos por un seguro de responsabilidad civil y de accidentes. El ámbito temporal de cobertura es el año escolar. El seguro escolar cubre, además, a los menores de 28 años matriculados en los
respectivos programas y al corriente de la cuota correspondiente.
Octava
Obligaciones del estudiante
En el desarrollo de las prácticas, los estudiantes que las realicen estarán sujetos al régimen general establecido en el presente convenio y las condiciones concretas que se prevean en los correspondientes anexos al mismo.
BOCM-20211127-2
Obligaciones de la Fundación José Ortega y Gasset-Gregorio Marañón