D) Anuncios - CONSEJERÍA DE SANIDAD (BOCM-20211127-4)
Convenio –  Convenio de 11 de noviembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Sanidad, el Servicio Madrileño de Salud y el Consejo Evangélico de Madrid para la asistencia religiosa evangélica en los centros hospitalarios dependientes del Servicio Madrileño de Salud
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 283

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
SÁBADO 27 DE NOVIEMBRE DE 2021





















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Hospital Central de la Cruz Roja “San José y Santa Adela”.
Hospital Universitario “Puerta de Hierro Majadahonda”.
Hospital “La Fuenfría”.
Hospital Universitario de Getafe.
Hospital Universitario de Móstoles.
Hospital Universitario “Severo Ochoa”.
Hospital Universitario “Príncipe de Asturias”.
Hospital General Universitario “Gregorio Marañón”.
Hospital “El Escorial”.
Hospital “Virgen de la Poveda”.
Hospital “Guadarrama”.
Hospital Psiquiátrico ”Doctor Rodríguez Lafora”.
Instituto Psiquiátrico Servicios de Salud Mental “José Germain”.
Hospital Universitario del Henares.
Hospital Universitario del Sureste.
Hospital Universitario del Tajo.
Hospital Universitario” Infanta Cristina”.
Hospital Universitario “Infanta Leonor”-Hospital “Virgen de la Torre”.
Hospital Universitario “Infanta Sofía”.
ANEXO II
ACUERDO DE ENCARGO DE TRATAMIENTO

En el presente acuerdo las partes fijan formalmente y por escrito los términos y condiciones para regular el tratamiento de datos de carácter personal y la confidencialidad de la
información suministrada y creada entre ellas.
Tendrá la consideración de información confidencial toda la información susceptible
de ser revelada por escrito, de palabra o por cualquier otro medio o soporte, tangible o intangible, actualmente conocido o que posibilite el estado de la técnica en el futuro, intercambiada como consecuencia de este convenio.
Las partes se comprometen a mantener el compromiso de confidencialidad respecto a
la información y material facilitado y recibido en virtud del presente convenio de forma indefinida tras su finalización.

Las partes se obligan con respecto a la información y material que hayan podido recibir como consecuencia de este convenio a:
a) Utilizar la información de forma reservada.
b) No divulgar ni comunicar la información facilitada o recibida, salvo resolución
motivada en los términos establecidos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de
transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno y la Ley 10/2019,
de 10 de abril, de Transparencia y de Participación de la Comunidad de Madrid.
c) Impedir la copia o revelación de esa información a terceros, salvo que goce de
aprobación escrita de las partes y únicamente en los términos de tal aprobación.
d) Se restringirá el acceso a la información a sus empleados y colaboradores, salvo en
la medida en que razonablemente puedan necesitarla para el cumplimiento de sus
tareas acordadas.
e) No utilizar la información o fragmentos de ésta para fines distintos de la ejecución
de este convenio.
f) Cumplir con todos los términos fijados en el presente acuerdo y muy especialmente aquellos relativos a las cláusulas sobre propiedad intelectual, confidencialidad
y obligación de secreto, manteniendo esta confidencialidad y evitando revelar la
información a toda persona que no sea empleado o subcontratado.
Las partes serán responsables ante el incumplimiento de esta obligación, ya sea por sus
empleados, voluntarios o por subcontratados, etc.

BOCM-20211127-4

CONFIDENCIALIDAD