C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE FAMILIA, JUVENTUD Y POLÍTICA SOCIAL (BOCM-20211126-20)
Crédito presupuestario ayudas –  Orden 1909/2021, de 24 de noviembre, de la Consejera de Familia, Juventud y Política Social, por la que se declara el importe del crédito presupuestario disponible para el procedimiento de concesión directa de ayudas destinadas a prestar apoyo financiero a las entidades del tercer sector de acción social madrileñas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y/o enfermedad mental o en situación de vulnerabilidad o exclusión social afectadas por las consecuencias de la crisis social y sanitaria de la COVID-19, susceptibles de ser financiadas en el marco del Eje React UE, del programa operativo FSE Comunidad de Madrid 2014-2020, como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE NOVIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 282

demia de COVID-19, se incorporan al Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de noviembre de 2021 como anexo.
2. El modelo de solicitud es el aprobado como anexo de las normas reguladoras de ayudas a entidades de carácter social y discapacidad para compensar los gastos ocasionados como
consecuencia de la crisis social y sanitaria del COVID-19 en el ámbito de la Comunidad de
Madrid, aprobadas por Acuerdo del Consejo de Gobierno de 24 de noviembre de 2021.
Tercero
Publicar la presente Orden por la que se declara el importe de los créditos presupuestarios disponibles para atender las obligaciones de contenido económico derivadas de la concesión directa de ayudas destinadas a prestar apoyo financiero a las entidades del tercer sector de acción social madrileñas dirigidas a la atención a personas con discapacidad y/o
enfermedad mental o en situación de vulnerabilidad o exclusión social afectadas por las consecuencias de la crisis social y sanitaria de la COVID-19, susceptibles de ser financiadas en
el marco del Eje React UE del programa operativo FSE Comunidad de Madrid 2014-2020,
como parte de la respuesta de la Unión Europea a la pandemia de COVID-19.
Cuarto
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, cabrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante la Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o, potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante la Consejera de Familia,
Juventud y Política Social, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro
recurso que estimen oportuno para la mejor defensa de sus derechos.
Quinto
TÍN

Esta Orden producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el BOLEOFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Madrid, a 24 de noviembre de 2021.
La Consejera de Familia, Juventud y Política Social,
MARÍA CONCEPCIÓN DANCAUSA TREVIÑO

BOCM-20211126-20

(03/32.775/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791