B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211126-5)
Convocatoria proceso selectivo – Orden 562/2021, de 18 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para el ingreso en el Cuerpo de Técnicos y Diplomados Especialistas, Escala de Gestión de Empleo, de Administración Especial, Grupo A, Subgrupo A2, de la Comunidad de Madrid
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE NOVIEMBRE DE 2021
Pág. 89
dad de Madrid, en el enlace “https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocion-interna-especifica-administracion-servicios-comunidadmadrid”.
3. Calificación final del proceso selectivo: la calificación final del proceso selectivo
vendrá determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en las dos fases
de que consta el mismo, correspondiendo a la fase de oposición el 55 por 100 y a la fase de
concurso el 45 por 100 del total, no pudiendo el Tribunal aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo, ni proponer, por tanto, el acceso a la condición de personal funcionario de carrera del Cuerpo y Escala sobre los que versa la presente convocatoria, de un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas por esta Orden, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente.
En caso de empate en la calificación final del proceso, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.o Personas aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad, tal y como recoge el artículo 18.1 del Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula el acceso de las personas con discapacidad a la Administración de la Comunidad
de Madrid. De persistir el empate entre las mismas, se dirimirá atendiendo a los criterios de
prelación generales que se relacionan a continuación.
2.o Mayor puntuación en la calificación final alcanzada en la fase de oposición.
3.o Mayor puntuación en la calificación final lograda en la fase de concurso.
4.o De continuar el empate, se deshará mediante la celebración, por parte del Tribunal, de un sorteo público para determinar la letra que habrá de regir a estos efectos, sorteo
que se anunciará con la suficiente antelación.
En consideración a lo expuesto, el Tribunal elaborará la relación definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, ordenándose a las mismas de forma
decreciente, conforme a la calificación final obtenida en el proceso, e intercalando en dicha
relación, en su caso, a las personas aspirantes del cupo de discapacidad en el lugar que, por
puntuación, corresponda.
Novena
1. Una vez establecida la relación definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, el Tribunal Calificador la hará pública, conforme a lo señalado en
el párrafo final del apartado primero, punto cuarto, de la base séptima de esta Orden, y elevará a la Dirección General de Función Pública dicha relación, indicando los siguientes extremos:
— Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación
total alcanzada, y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de
aplicación.
— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición, y en el total de
la misma.
— Calificaciones logradas en cada uno de los méritos de la fase de concurso, y en el
total de esa fase.
— Calificación final del proceso selectivo.
2. La Dirección General de Función Pública dictará Resolución declarando, a propuesta del Tribunal Calificador, las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo. Esta Resolución será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, disponiendo las personas interesadas de un plazo de veinte días hábiles,
a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, para presentar, en los términos recogidos en la citada Resolución, la correspondiente documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en el proceso selectivo, a cuyos efectos se estará a lo previsto en los apartados sexto a décimo de la base decimocuarta de la
Orden 290/2018, de 27 de junio.
BOCM-20211126-5
Lista de personas aprobadas en el proceso selectivo y acreditación
del cumplimiento de requisitos
B.O.C.M. Núm. 282
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 26 DE NOVIEMBRE DE 2021
Pág. 89
dad de Madrid, en el enlace “https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocion-interna-especifica-administracion-servicios-comunidadmadrid”.
3. Calificación final del proceso selectivo: la calificación final del proceso selectivo
vendrá determinada por la media ponderada de las calificaciones obtenidas en las dos fases
de que consta el mismo, correspondiendo a la fase de oposición el 55 por 100 y a la fase de
concurso el 45 por 100 del total, no pudiendo el Tribunal aprobar ni declarar que ha superado el proceso selectivo, ni proponer, por tanto, el acceso a la condición de personal funcionario de carrera del Cuerpo y Escala sobre los que versa la presente convocatoria, de un
número superior de aspirantes al de plazas convocadas por esta Orden, siendo nula de pleno derecho cualquier propuesta que contravenga lo indicado anteriormente.
En caso de empate en la calificación final del proceso, el orden se establecerá atendiendo a los siguientes criterios:
1.o Personas aspirantes que concurran por el cupo de discapacidad, tal y como recoge el artículo 18.1 del Decreto 54/2006, de 22 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que
se regula el acceso de las personas con discapacidad a la Administración de la Comunidad
de Madrid. De persistir el empate entre las mismas, se dirimirá atendiendo a los criterios de
prelación generales que se relacionan a continuación.
2.o Mayor puntuación en la calificación final alcanzada en la fase de oposición.
3.o Mayor puntuación en la calificación final lograda en la fase de concurso.
4.o De continuar el empate, se deshará mediante la celebración, por parte del Tribunal, de un sorteo público para determinar la letra que habrá de regir a estos efectos, sorteo
que se anunciará con la suficiente antelación.
En consideración a lo expuesto, el Tribunal elaborará la relación definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, ordenándose a las mismas de forma
decreciente, conforme a la calificación final obtenida en el proceso, e intercalando en dicha
relación, en su caso, a las personas aspirantes del cupo de discapacidad en el lugar que, por
puntuación, corresponda.
Novena
1. Una vez establecida la relación definitiva de personas aspirantes que han superado el proceso selectivo, el Tribunal Calificador la hará pública, conforme a lo señalado en
el párrafo final del apartado primero, punto cuarto, de la base séptima de esta Orden, y elevará a la Dirección General de Función Pública dicha relación, indicando los siguientes extremos:
— Número de orden obtenido en el proceso selectivo, de acuerdo con la puntuación
total alcanzada, y datos personales en los términos dispuestos en la normativa de
aplicación.
— Calificaciones obtenidas en cada ejercicio de la fase de oposición, y en el total de
la misma.
— Calificaciones logradas en cada uno de los méritos de la fase de concurso, y en el
total de esa fase.
— Calificación final del proceso selectivo.
2. La Dirección General de Función Pública dictará Resolución declarando, a propuesta del Tribunal Calificador, las personas aspirantes que han superado el proceso selectivo. Esta Resolución será objeto de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, disponiendo las personas interesadas de un plazo de veinte días hábiles,
a contar desde el día siguiente al de dicha publicación, para presentar, en los términos recogidos en la citada Resolución, la correspondiente documentación acreditativa del cumplimiento de los requisitos de participación exigidos en el proceso selectivo, a cuyos efectos se estará a lo previsto en los apartados sexto a décimo de la base decimocuarta de la
Orden 290/2018, de 27 de junio.
BOCM-20211126-5
Lista de personas aprobadas en el proceso selectivo y acreditación
del cumplimiento de requisitos