B) Autoridades y Personal - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO (BOCM-20211125-4)
Convocatoria proceso selectivo –  Orden 529/2021, de 25 de octubre, de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna específica para el acceso a la categoría profesional de Técnico Agropecuario (Grupo III, Nivel 5, Área B)
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 25 DE NOVIEMBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 281

sejo de 5 de abril de 2011, relativo a la libre circulación de los trabajadores
dentro de la Unión, y el citado Real Decreto 240/2007, de 16 de febrero.
d Las personas extranjeras que, no estando incluidas en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.
c) Poseer la capacidad funcional para el desempeño de las tareas propias de la categoría profesional a la que se pretende acceder.
d) No haber sufrido separación mediante expediente disciplinario del servicio de
cualquiera de las Administraciones Públicas o de los órganos constitucionales o
estatutarios de las Comunidades Autónomas, ni hallarse en inhabilitación absoluta o especial por resolución judicial para el desempeño de las funciones públicas,
conforme a lo dispuesto en el artículo 56.1.d) del Texto Refundido de la Ley del
Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre.
En caso de ser nacional de otro Estado, además del requisito citado en el párrafo
anterior, no hallarse inhabilitado o en situación equivalente ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que le impida, en su Estado, el acceso al
empleo público en los mismos términos que en España.
e) Ostentar la condición de personal laboral fijo del ámbito de aplicación del Convenio Colectivo Único para el Personal Laboral al servicio de la Administración de
la Comunidad de Madrid, excluido el personal de las empresas públicas.
f) Pertenecer a la categoría “a extinguir” de Ayudante Agropecuario, Área B, y poseer, al menos, dos años de antigüedad, pudiendo ser computados a tal fin los servicios prestados como personal laboral temporal con anterioridad a ser personal laboral fijo, siempre que los mismos hayan sido reconocidos a efectos de antigüedad.
g) Estar en posesión o en condiciones de obtener en la fecha de finalización del plazo
de presentación de solicitudes cualquier título de Técnico Superior (Formación
Profesional de Grado Superior), Familia Profesional Agraria, o cualquier título de
Técnico Especialista (Formación Profesional de Segundo Grado o Módulo Profesional de Nivel 3), Rama Agraria, o cualquiera otra titulación o estudios equivalentes a alguno de los anteriores, de acuerdo con la normativa existente en la materia.
En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de
la correspondiente credencial de homologación, conforme a la regulación que resulte de aplicación a tal efecto.
No obstante, en defecto de las titulaciones anteriormente indicadas y en sustitución de las mismas, podrán participar las personas aspirantes que posean tres años
de experiencia profesional en la categoría desde la que se puede promocionar, o
bien aquellas que posean un año de experiencia profesional en la misma categoría
a la que se pretende acceder.
2.2. Las personas aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad,
además de reunir los requisitos exigidos en la base 2.1, habrán de tener legalmente reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por 100, debiendo acreditar esta circunstancia una vez superado el proceso selectivo, todo ello sin perjuicio de observar igualmente las disposiciones contenidas en la base quinta de esta Orden que pudieran resultarles
de aplicación.
2.3. La totalidad de los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta el
momento de la formalización de la correspondiente diligencia contractual.
Tercera
3.1. La cumplimentación y presentación de solicitudes se ajustará a lo establecido en
el Decreto 188/2021, de 21 de julio, del Consejo de Gobierno, por el que se regula la obligación de relacionarse por medios electrónicos con la Administración de la Comunidad de
Madrid del personal a su servicio y de los participantes en procesos selectivos.
3.2. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se deberán cumplimentar por medios electrónicos, a través de la página web de la Comunidad de Madrid, a la
que se puede acceder mediante el enlace “https://www.comunidad.madrid/gobierno/espacios-profesionales/oposiciones-promocion-interna-especifica-administracion-servicioscomunidad-madrid”, seleccionando la Sección Personal Laboral, el Grupo III y la categoría profesional de Técnico Agropecuario, y rellenando el formulario de solicitud, conforme

BOCM-20211125-4

Solicitudes y plazo de presentación