Ministerio de Hacienda y Función Pública (BOCM-20211018-63)
Delegación de Economía y Hacienda de Madrid. Subasta inmuebles
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 248
LUNES 18 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 411
e) Se podrán abonar de forma anticipada las cantidades pendientes de pago, junto
con los intereses devengados hasta el momento de pago, siempre que se trate de
anualidades completas.
f) La distribución de la cantidad aplazada entre las anualidades que proponga el adjudicatario provisional podrá ser denegada por el órgano competente para acordar
la venta en atención a las circunstancias concurrentes.
El plazo de solicitud de pago aplazado será de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de celebración de la subasta.
Undécima. Derecho de retracto
En los casos de enajenación de participaciones en inmuebles, el copropietario tiene derecho de retracto previsto en el artículo 1521 y siguientes del Código Civil; también tendrán derecho de retracto los propietarios de las tierras colindantes cuando se trate de la venta de una finca rústica cuya cabida no exceda de una hectárea y cumpla los requisitos
establecidos en dicha normativa.
Duodécima. Repercusión pago IBI
La Administración General del Estado se reserva la posibilidad de repercutir la parte
proporcional del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) que corresponda al período del
año en que el comprador sea titular del bien.
Decimotercera. Cuerpo cierto
Los bienes se venden como cuerpo cierto, de acuerdo con su descripción registral, y se
entregan en el estado en que se hallan al perfeccionarse el contrato, en su estado actual de
conservación, por lo que una vez adjudicados no se admitirán reclamaciones sobre su superficie, estado o por errores en la descripción de los mismos.
En caso de discrepancia entre los datos catastrales y registrales de un inmueble, y en
base al principio de libertad de pactos contenido en el artículo 111 de la LPAP, corresponderá al adquirente tramitar los procedimientos necesarios para la rectificación de los datos
registrales al amparo de lo dispuesto en la Legislación Hipotecaria.
Decimocuarta. Gastos
La totalidad de los gastos originados con motivo de las subastas y los necesarios para
formalizar la venta correrán a cargo del adjudicatario, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 98.2 del RLPAP.
Los impuestos se abonarán según Ley.
Decimoquinta.
Consulta del expediente
Los interesados podrán solicitar información de los bienes objeto de la subasta en
el Servicio de Patrimonio del Estado de la Delegación de Economía y Hacienda en
Madrid, calle Guzmán el Bueno, número 139, a través de los correos electrónicos: dehmadridpatrimonio@igae.hacienda.gob.es y jmgarciad@igae.hacienda.gob.es, o bien en
la página web del ministerio de Hacienda (http://www.hacienda.gob.es).
Todo acceso al inmueble sito en la Calle Guzmán el Bueno, número 139 (Madrid) estará
limitado conforme a la normativa vigente en materia de COVID 19, siendo necesaria la solicitud de cita previa a través de los correos electrónicos: dehmadridpatrimonio@igae.hacienda.gob.es o jmgarciad@igae.hacienda.gob.es
Madrid, a 4 de octubre de 2021.—El delegado especial de Economía y Hacienda,
Francisco Javier González Rodríguez.
(03/29.012/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20211018-63
Decimosexta. Limitaciones de acceso a la sede de la Delegación Especial de Economía
y Hacienda de Madrid motivadas por el COVID-19
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
B.O.C.M. Núm. 248
LUNES 18 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 411
e) Se podrán abonar de forma anticipada las cantidades pendientes de pago, junto
con los intereses devengados hasta el momento de pago, siempre que se trate de
anualidades completas.
f) La distribución de la cantidad aplazada entre las anualidades que proponga el adjudicatario provisional podrá ser denegada por el órgano competente para acordar
la venta en atención a las circunstancias concurrentes.
El plazo de solicitud de pago aplazado será de diez días hábiles a contar desde el siguiente a la fecha de celebración de la subasta.
Undécima. Derecho de retracto
En los casos de enajenación de participaciones en inmuebles, el copropietario tiene derecho de retracto previsto en el artículo 1521 y siguientes del Código Civil; también tendrán derecho de retracto los propietarios de las tierras colindantes cuando se trate de la venta de una finca rústica cuya cabida no exceda de una hectárea y cumpla los requisitos
establecidos en dicha normativa.
Duodécima. Repercusión pago IBI
La Administración General del Estado se reserva la posibilidad de repercutir la parte
proporcional del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI) que corresponda al período del
año en que el comprador sea titular del bien.
Decimotercera. Cuerpo cierto
Los bienes se venden como cuerpo cierto, de acuerdo con su descripción registral, y se
entregan en el estado en que se hallan al perfeccionarse el contrato, en su estado actual de
conservación, por lo que una vez adjudicados no se admitirán reclamaciones sobre su superficie, estado o por errores en la descripción de los mismos.
En caso de discrepancia entre los datos catastrales y registrales de un inmueble, y en
base al principio de libertad de pactos contenido en el artículo 111 de la LPAP, corresponderá al adquirente tramitar los procedimientos necesarios para la rectificación de los datos
registrales al amparo de lo dispuesto en la Legislación Hipotecaria.
Decimocuarta. Gastos
La totalidad de los gastos originados con motivo de las subastas y los necesarios para
formalizar la venta correrán a cargo del adjudicatario, de conformidad con lo dispuesto en
el artículo 98.2 del RLPAP.
Los impuestos se abonarán según Ley.
Decimoquinta.
Consulta del expediente
Los interesados podrán solicitar información de los bienes objeto de la subasta en
el Servicio de Patrimonio del Estado de la Delegación de Economía y Hacienda en
Madrid, calle Guzmán el Bueno, número 139, a través de los correos electrónicos: dehmadridpatrimonio@igae.hacienda.gob.es y jmgarciad@igae.hacienda.gob.es, o bien en
la página web del ministerio de Hacienda (http://www.hacienda.gob.es).
Todo acceso al inmueble sito en la Calle Guzmán el Bueno, número 139 (Madrid) estará
limitado conforme a la normativa vigente en materia de COVID 19, siendo necesaria la solicitud de cita previa a través de los correos electrónicos: dehmadridpatrimonio@igae.hacienda.gob.es o jmgarciad@igae.hacienda.gob.es
Madrid, a 4 de octubre de 2021.—El delegado especial de Economía y Hacienda,
Francisco Javier González Rodríguez.
(03/29.012/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
BOCM-20211018-63
Decimosexta. Limitaciones de acceso a la sede de la Delegación Especial de Economía
y Hacienda de Madrid motivadas por el COVID-19