D) Anuncios - CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, HACIENDA Y EMPLEO - INSTITUTO REGIONAL DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO (BOCM-20211018-56)
Convenio – Convenio de 27 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo) y la Unión General de Trabajadores de Madrid (UGT-Madrid), para la concesión de una subvención directa para la realización durante 2021 y 2022 de acciones incluidas en el VI Plan Director de Prevención de Riesgos Laborales de la Comunidad de Madrid 2021-2024
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 380
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 248
C) Campañas de publicidad:
Las inserciones se justificarán mediante la aportación de los soportes físicos, si se
trata de medios impresos y mediante certificados oficiales de emisión de las distintas
cadenas de radio y televisión o de los exclusivistas del medio cine, exterior e Internet. En
el caso de televisión nacional y local se adjuntarán los datos oficiales de Kantar Media, o
entidad que la sustituya, para aquellas cadenas controladas por dicha fuente.
11.2.8
Material tecnológico e informático:
a)
Bases de datos: Se deberá aportar un informe explicativo de las actuaciones de
mantenimiento y mejora de los mismos, llevadas a cabo en la base de datos, así como las
posibles explotaciones estadísticas de los datos que haya lugar.
b)
Mantenimiento puntos de información: Se deberá aportar informe explicativo de las
actuaciones de mantenimiento y mejora de los mismos, llevadas a cabo, con indicación de
las ubicaciones y fechas.
c)
Mantenimiento página web: se deberá aportar informe explicativo en el que se hará constar,
al menos una enumeración y explicación de cada una de las actuaciones de mantenimiento
llevadas a cabo en la página web, y en el que deberán incorporarse capturas de pantallas
de la misma, tanto de la versión anterior como de la final, en el caso de que se hayan
producido modificaciones.
d)
Soportes multiplataforma: Memoria técnica descriptiva de las tareas realizadas para el
diseño y edición en soporte digital multiplataforma de los folletos y las guías, de los estudios
en soporte digital y del boletín digital, que deberá ser elaborada por la empresa que realice
dichas tareas.
e)
Redes sociales: Se deberá aportar memoria explicativa de las actuaciones de gestión y
administración llevadas a cabo en los perfiles de las redes sociales, capturas de pantalla
de cada uno de los post u otras acciones, así como los informes estadisticos aplicables
(Visualización, retweets, seguidores, accesos, descargas, o cualquier otro parámetro
aplicable, que permita evaluar el impacto de la actuación).
f)
Vídeos: Se presentarán dos (2) ejemplares en formato DVD o memoria USB y formato
legible por las aplicaciones de reproducción habituales. En caso de algún tipo de formato
especial, se incluirá el software necesario para su visualización.
g)
USB: Se presentarán dos (2) ejemplares.
h)
CD/DVD: se presentarán dos (2) ejemplares.
Las memorias parciales de cada uno de los tipos de actuaciones indicadas en este apartado
podrán incluirse en la memoria general siempre que se recoja toda la información necesaria.
11.2.9
Costes indirectos:
Certificación del representante legal de la entidad acreditativo del porcentaje imputado en
concepto de costes indirectos, sin que se requiera justificación documental de dichos gastos. Dicha
certificación se acompañará de un estudio que justifique razonablemente el porcentaje aplicado para
la imputación de estos, sin perjuicio de la potestad de la Administración para solicitar la
documentación que considere necesaria.
Sin perjuicio de las obligaciones de documentación previstas en las cláusulas UNDÉCIMA
y DECIMOSEPTIMA, en aras a asegurar la eficacia de la actividad convenida, así como la
complementariedad de la misma con la actividad desarrollada directamente por el IRSST y una mejor
evaluación del impacto del conjunto de la política de prevención de riesgos laborales promovida por
la Comunidad de Madrid, el beneficiario queda obligado a facilitar el seguimiento por parte del IRSST
de las actuaciones llevadas a cabo en el marco del convenio.
A estos efectos, el IRSST designará uno o varios técnicos encargados del seguimiento y
procederá a comunicar su identidad al beneficiario una vez suscrito el presente Convenio. Los
BOCM-20211018-56
DÉCIMOSEGUNDA: SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DE LAS ACTUACIONES.
Pág. 380
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 18 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 248
C) Campañas de publicidad:
Las inserciones se justificarán mediante la aportación de los soportes físicos, si se
trata de medios impresos y mediante certificados oficiales de emisión de las distintas
cadenas de radio y televisión o de los exclusivistas del medio cine, exterior e Internet. En
el caso de televisión nacional y local se adjuntarán los datos oficiales de Kantar Media, o
entidad que la sustituya, para aquellas cadenas controladas por dicha fuente.
11.2.8
Material tecnológico e informático:
a)
Bases de datos: Se deberá aportar un informe explicativo de las actuaciones de
mantenimiento y mejora de los mismos, llevadas a cabo en la base de datos, así como las
posibles explotaciones estadísticas de los datos que haya lugar.
b)
Mantenimiento puntos de información: Se deberá aportar informe explicativo de las
actuaciones de mantenimiento y mejora de los mismos, llevadas a cabo, con indicación de
las ubicaciones y fechas.
c)
Mantenimiento página web: se deberá aportar informe explicativo en el que se hará constar,
al menos una enumeración y explicación de cada una de las actuaciones de mantenimiento
llevadas a cabo en la página web, y en el que deberán incorporarse capturas de pantallas
de la misma, tanto de la versión anterior como de la final, en el caso de que se hayan
producido modificaciones.
d)
Soportes multiplataforma: Memoria técnica descriptiva de las tareas realizadas para el
diseño y edición en soporte digital multiplataforma de los folletos y las guías, de los estudios
en soporte digital y del boletín digital, que deberá ser elaborada por la empresa que realice
dichas tareas.
e)
Redes sociales: Se deberá aportar memoria explicativa de las actuaciones de gestión y
administración llevadas a cabo en los perfiles de las redes sociales, capturas de pantalla
de cada uno de los post u otras acciones, así como los informes estadisticos aplicables
(Visualización, retweets, seguidores, accesos, descargas, o cualquier otro parámetro
aplicable, que permita evaluar el impacto de la actuación).
f)
Vídeos: Se presentarán dos (2) ejemplares en formato DVD o memoria USB y formato
legible por las aplicaciones de reproducción habituales. En caso de algún tipo de formato
especial, se incluirá el software necesario para su visualización.
g)
USB: Se presentarán dos (2) ejemplares.
h)
CD/DVD: se presentarán dos (2) ejemplares.
Las memorias parciales de cada uno de los tipos de actuaciones indicadas en este apartado
podrán incluirse en la memoria general siempre que se recoja toda la información necesaria.
11.2.9
Costes indirectos:
Certificación del representante legal de la entidad acreditativo del porcentaje imputado en
concepto de costes indirectos, sin que se requiera justificación documental de dichos gastos. Dicha
certificación se acompañará de un estudio que justifique razonablemente el porcentaje aplicado para
la imputación de estos, sin perjuicio de la potestad de la Administración para solicitar la
documentación que considere necesaria.
Sin perjuicio de las obligaciones de documentación previstas en las cláusulas UNDÉCIMA
y DECIMOSEPTIMA, en aras a asegurar la eficacia de la actividad convenida, así como la
complementariedad de la misma con la actividad desarrollada directamente por el IRSST y una mejor
evaluación del impacto del conjunto de la política de prevención de riesgos laborales promovida por
la Comunidad de Madrid, el beneficiario queda obligado a facilitar el seguimiento por parte del IRSST
de las actuaciones llevadas a cabo en el marco del convenio.
A estos efectos, el IRSST designará uno o varios técnicos encargados del seguimiento y
procederá a comunicar su identidad al beneficiario una vez suscrito el presente Convenio. Los
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DÉCIMOSEGUNDA: SEGUIMIENTO Y COORDINACIÓN DE LAS ACTUACIONES.