Coslada (BOCM-20211015-55)
Ofertas de empleo. Convocatoria proceso selectivo
<< 2 << Página 2
Página 3 Pág. 3
-
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Pág. 290

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 15 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 246

número 47), en horario de apertura establecido o mediante el procedimiento establecido en
la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, respetando siempre el plazo establecido.
Junto con la instancia se presentará fotocopia del DNI y del título exigido (título de los
requisitos).
Además, junto con la instancia, y en todo caso en plazo de presentación de instancias,
se deberá aportar “currículum vitae” y documentación acreditativa para hacer valer en el
baremo de méritos, siguiendo las siguientes reglas:
— Se presentarán fotocopias de los documentos en tamaño UNE-A4, ordenadas y
numeradas (No será preciso la legalización o compulsa de los documentos, siendo responsable el/la solicitante del deber de presentar los originales correspondientes en cualquier momento que le fuese solicitado por el Ayuntamiento de Coslada, incurriendo en caso contrario en la responsabilidad administrativa y/o penal
a que hubiere lugar).
— Todos los documentos aportados, junto con la instancia, deberán estar en idioma
español para su valoración o, en su caso, deberá presentarse traducción oficial de
los mismos.
— Los servicios prestados y la experiencia laboral sólo podrá acreditarse con el certificado de vida laboral más los nombramientos o los contratos de trabajo laboral
y/o documento equivalente según la legislación vigente en materia laboral, además de, si es preciso y se quiere hacer valer en el baremo de méritos en el apartado 4.1 certificado de funciones, y en el caso de trabajo como autónomo o por cuenta propia, aportar el alta en el que figure el epígrafe al que corresponde.
— Solamente serán valoradas aquellas certificaciones de cursos, seminarios o jornadas de formación en las que conste fecha de realización y número de horas de formación (No se computarán aquellos cursos donde no figure su número horas.).
Aquellas acciones formativas en las que no se observe una relación clara con los
conocimientos que el puesto requiere, deberán acompañarse de su contenido o
programa, para posibilitar a la Comisión de Selección la puntuación de las mismas. Asimismo para hacer valer en el baremo de méritos los correspondientes al
apartado 4.2.b), se realizará acompañando el contenido o programa para, igualmente, posibilitar a la Comisión de Selección la puntuación de las mismas.
No serán tenidos en cuenta los méritos que no sean alegados y justificados en la fase
de presentación de instancias, así como tampoco aquellos que sean alegados en el currículum y no estén debidamente justificados de modo indicado en los puntos anteriores.
6. Comienzo y desarrollo del proceso selectivo.—Expirado el plazo de presentación
de instancias, se publicará en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial la lista provisional de admitidos/as y excluidos/as, especificando en su caso la causa de exclusión y el plazo para la posible subsanación de los defectos.
Cumplido el citado plazo de subsanación las listas se insertarán con las modificaciones a que haya dado lugar, en el citado tablón como definitivas.
En el momento de la publicación de las listas definitivas, la Concejalía de Recursos
Humanos anunciará asimismo en el tablón, el día, hora y lugar en que tendrá lugar la valoración de los méritos del concurso. A este fin la Concejalía de Recursos Humanos convocará a los miembros de la Comisión de Selección para su previa constitución.
Una vez concluido el proceso selectivo, la Comisión de Selección decidirá los/as aspirantes que han superado el proceso selectivo y publicará en el tablón de anuncios de la Casa Consistorial la relación de candidatos/as, por el orden de puntuación alcanzado, indicando la puntuación obtenida, quedando constituida la bolsa de trabajo a efectos de nombramiento como
funcionario/a interino/a en la categoría profesional objeto de la presente convocatoria.
Previo a su nombramiento se deberá acreditar el cumplimiento de todas las condiciones de estas bases, en cuanto a requisitos, méritos alegados y condiciones de compatibilidad médica.
7. Impugnación.—Estas bases, su convocatoria y cuantos actos administrativos se
deriven de las mismas, y de la actuación de la Comisión de Selección, podrán ser impugnadas por los/las interesados/as en los casos y en la forma establecida en la Ley de Procedimiento Administrativo Común y de las Administraciones Públicas.
Coslada, a 13 de octubre de 2021.—La concejala-delegada de Recursos Humanos,
Macarena Orosa Hidalgo.
(03/29.560/21)

http://www.bocm.es

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

D. L.: M. 19.462-1983

ISSN 1989-4791

BOCM-20211015-55

BOCM