Madrid (BOCM-20211014-62)
Urbanismo. Área de Gobierno de Desarrollo Urbano. Plan especial
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 206

JUEVES 14 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 245

III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
62

MADRID
URBANISMO

Área de Gobierno de Desarrollo Urbano
Expediente 135-2020-00352.
El excelentísimo Ayuntamiento Pleno, en sesión celebrada el día 28 de septiembre de 2021,
adoptó el siguiente acuerdo:
“Primero.—Desestimar las alegaciones presentadas durante el trámite de información
pública, por las razones y en los términos señalados en el Informe técnico de la Subdirección General de Planeamiento de 10 de septiembre de 2021.
Segundo
Aprobar definitivamente la modificación del Plan Especial para las fincas situadas en la
calle de Javier Ferrero, números 9 y 13, Distrito de Chamartín, promovida por Caldedonian
JF 13, S. A., de conformidad con lo establecido en el artículo 59.4 de la Ley 9/2001, de 17 de
julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, en relación con los artículos 57 y 62.2 de la citada Ley.
Tercero
Publicar el presente acuerdo en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID,
en cumplimiento del artículo 66 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, del Suelo, de la Comunidad de Madrid, con indicación de haberse procedido previamente a su depósito en el registro administrativo de la Consejería competente en materia de ordenación urbanística”.
Asimismo, a tenor de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de Bases de Régimen Local, a continuación se publica los documentos con contenido normativo.
5. Normas urbanísticas

EDIFICABILIDAD
Edificio
Javier Ferrero 9
Javier Ferrero 11-13

Javier Ferrero

Saturnino Calleja

Superficie

Alturas

Edificabilidad

178,6

4

714,4

1.020,6

4

4.082,4

Superficie

Alturas

Edificabilidad

Total
Edificabilidad

3

329,7

4.412,1

714,4
109,9

5.126,5

BOCM-20211014-62

5.1. Régimen de obras. Las obras a realizar están dentro de obras en los edificios del
artículo 1.4.8 del PGOUM y son las siguientes:
— Obras de conservación.
— Obras de consolidación.
— Obras de acondicionamiento.
— Obras de reestructuración parcial.
— Obras de reestructuración puntual.
— Obras exteriores.
— Obras de reconfiguración.
5.2. Régimen de Usos: Mediante el Plan Especial 2019 se posibilita la implantación
de uso alternativo residencial con mantenimiento de la edificación existente en situación de
edificio exclusivo, sin perjuicios de introducir los usos asociados y complementarios que se
establecen en la Norma Zonal 4 (Art. 8.9.17 de las NN. UU.).
5.3. Edificabilidad.