Madrid (BOCM-20211014-61)
Régimen económico. Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo. Extracto convocatoria subvenciones
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BOCM
Pág. 204
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 245
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo
Extracto del decreto de 13 de septiembre de 2021 del delegado del Área de Gobierno
de Economía, Innovación y Empleo por el que se aprueba la convocatoria pública para el
fomento de la innovación a través de programas de aceleración o escalado de proyectos innovadores desarrollados por universidades públicas, fundaciones sin ánimo de lucro vinculadas a universidades públicas, parques científicos y organismos públicos de investigación
que tengan sede en el término municipal de Madrid.
SUBCO 2021 0000000200.
— BDNS 584192.
— BDNS 584193.
— BDNS 584194.
— BDNS 584195.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente.
Primera. Objeto de la convocatoria.—Las presentes bases tienen por objeto apoyar
la innovación mediante el fomento de Programas de Aceleración o Escalado de Proyectos
Innovadores desarrollados por Universidades Públicas, Fundaciones sin ánimo de lucro
vinculadas a Universidades Pública, Parques Científicos y Organismos Públicos de Investigación que permitan la creación de empresas derivadas para la transferencia del conocimiento o escalado de empresas ya creadas. Su finalidad es fortalecer el ecosistema de innovación en la ciudad de Madrid mediante el apoyo a los proyectos de I+D+i que se
aceleran y a las empresas innovadoras a las que se ayuda a escalar su modelo desde las entidades públicas madrileñas.
La gestión de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria se sujetará a
los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así
como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización
de recursos públicos.
Segunda. Beneficiarios y requisitos.—Tendrán la consideración de entidades beneficiarias aquellas que realicen las actividades subvencionables y que reúnan la condición de
universidad pública, fundación sin ánimo de lucro vinculada a una universidad pública, organismo público de investigación y parque científico debiendo, en todo caso, desarrollar
sus actividades y tener sede en el ámbito territorial del municipio de Madrid.
Las entidades que soliciten subvención deberán reunir a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse, al menos, durante el período en el que disfruten de la condición de beneficiarias:
a) Desarrollar sus actividades y tener, al menos una sede en el ámbito territorial del
municipio de Madrid.
b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de
Seguridad Social.
c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el
Ayuntamiento de Madrid.
d) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
e) No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento
de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su
BOCM-20211014-61
BDNS IDENTIF:
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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
61
MADRID
RÉGIMEN ECONÓMICO
Área de Gobierno de Economía, Innovación y Empleo
Extracto del decreto de 13 de septiembre de 2021 del delegado del Área de Gobierno
de Economía, Innovación y Empleo por el que se aprueba la convocatoria pública para el
fomento de la innovación a través de programas de aceleración o escalado de proyectos innovadores desarrollados por universidades públicas, fundaciones sin ánimo de lucro vinculadas a universidades públicas, parques científicos y organismos públicos de investigación
que tengan sede en el término municipal de Madrid.
SUBCO 2021 0000000200.
— BDNS 584192.
— BDNS 584193.
— BDNS 584194.
— BDNS 584195.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003,
de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria
cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones correspondiente.
Primera. Objeto de la convocatoria.—Las presentes bases tienen por objeto apoyar
la innovación mediante el fomento de Programas de Aceleración o Escalado de Proyectos
Innovadores desarrollados por Universidades Públicas, Fundaciones sin ánimo de lucro
vinculadas a Universidades Pública, Parques Científicos y Organismos Públicos de Investigación que permitan la creación de empresas derivadas para la transferencia del conocimiento o escalado de empresas ya creadas. Su finalidad es fortalecer el ecosistema de innovación en la ciudad de Madrid mediante el apoyo a los proyectos de I+D+i que se
aceleran y a las empresas innovadoras a las que se ayuda a escalar su modelo desde las entidades públicas madrileñas.
La gestión de las subvenciones contempladas en la presente convocatoria se sujetará a
los principios de publicidad, transparencia, objetividad, igualdad y no discriminación, así
como la eficacia en el cumplimiento de objetivos y eficiencia en la asignación y utilización
de recursos públicos.
Segunda. Beneficiarios y requisitos.—Tendrán la consideración de entidades beneficiarias aquellas que realicen las actividades subvencionables y que reúnan la condición de
universidad pública, fundación sin ánimo de lucro vinculada a una universidad pública, organismo público de investigación y parque científico debiendo, en todo caso, desarrollar
sus actividades y tener sede en el ámbito territorial del municipio de Madrid.
Las entidades que soliciten subvención deberán reunir a la finalización del plazo de
presentación de solicitudes los siguientes requisitos, que deberán mantenerse, al menos, durante el período en el que disfruten de la condición de beneficiarias:
a) Desarrollar sus actividades y tener, al menos una sede en el ámbito territorial del
municipio de Madrid.
b) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y de
Seguridad Social.
c) Encontrarse al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con el
Ayuntamiento de Madrid.
d) Hallarse al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
e) No tener pendientes de justificación subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento
de Madrid o sus organismos públicos, siempre que el plazo establecido para su
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