Alcalá de Henares (BOCM-20211014-65)
Organización y funcionamiento. Ordenanza del parque de viviendas
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BOCM
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
JUEVES 14 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 245

 40 m2 para 3 personas……………………………………………….……..………….
3 p.
 50 m2 para 4 personas………………………………………………...……………….
2 p.
 55 m2 para 5 o 6 personas……………………………………….…………………….
1 p.
 60 m2 para 7 personas…………………………………………….………………….
0,5 p.
4.2.- Malas condiciones de habitabilidad de la vivienda……………………………………….…
5 p.
Residir en un bien inmueble en régimen de alquiler en malas condiciones de
habitabilidad, siempre que figure inscrito en el Registro de la Propiedad, esté calificado
como vivienda y concurran las siguientes circunstancias:
1.a Que los servicios técnicos municipales califiquen las condiciones de habitabilidad
como malas desde el punto de vista higiénico sanitario.
2ª Que las malas condiciones de habitabilidad de la vivienda no sean imputables al
interesado de vivienda.
3.a Que toda la unidad familiar del interesado se encuentre residiendo en la vivienda
durante al menos dos años ininterrumpidos e inmediatamente anteriores a la fecha de
presentación de la solicitud.
5.- Circunstancias sobrevenidas y/o excepcionales, dictaminadas por Servicios Sociales
Municipales…..MAX. 20 p.
5.1. Circunstancias de Vulnerabilidad residencial……………………………………..…..…….
10 p.
 Sin Techo……………………………………………………………..…………………....…...
10 p.
Vivir en un espacio público (sin domicilio).
Pernoctar en un albergue y/o forzado a pasar el resto del día en un espacio público.
 Sin vivienda……………………………………………………………………..…….…………
7 p.
Estancia en centros de servicios o refugios (hostales para sin techo que permiten
diferentes modelos de estancia alojamientos temporales o alojamientos transitorios con
apoyo).
Vivir en refugios para mujeres, en intervalos cortos, debido a experiencias de violencia
doméstica.
Vivir en alojamientos temporales reservados a los inmigrantes (por su estatus de
extranjero o trabajadores temporeros).

 Vivienda insegura…………………………………………………………………………..……
5 p.

BOCM-20211014-65

Salidas previstas de personas dependientes de instituciones penales, sanitarias o
tuteladas que carecen de vivienda a donde ir.