D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211013-53)
Convenio – Convenio de 2 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid, Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, y el Ayuntamiento de Alcorcón, para la potenciación de actividades coreográficas en dicho municipio
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 244
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 257
tubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
2. Las controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del convenio que no sean objeto de conciliación en el seno de la comisión de seguimiento a que se refiere la estipulación cuarta, serán sometidas a los tribunales competentes de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
3. Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
Octava
a) Datos personales de las personas físicas firmantes del Convenio y demás personas
de contacto durante la ejecución del mismo.
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid y el
Ayuntamiento de Alcorcón se informan recíprocamente de que los datos personales que se recogen en virtud de este convenio, incluidos los datos del personal al
servicio de una de las partes a los que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del mismo, serán tratados por la Consejería Cultura, Turismo y Deporte de
la Comunidad de Madrid o por el Ayuntamiento de Alcorcón, respectivamente,
como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación
del presente convenio. Las partes se comunicarán mutuamente la identidad de sus
Delegados de Protección de Datos, en caso de que dicho nombramiento les sea de
aplicación.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de
Madrid serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Convenios”, cuya finalidad es la tramitación de convenios administrativos y cuya
base legal es la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Los datos de contacto del Delegado de Protección de datos es:
protecciondatoscultura@madrid.org
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando
se cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por el Ayuntamiento de Alcorcón, en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, son tratados con
la única finalidad de mantenimiento de la relación adquirida. Podrá ejercer
sus derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición dirigiéndose por escrito al Registro del Ayuntamiento de Alcorcón (Plaza España, número 1, 28921) indicando su voluntad de ejercitar los derechos ARCO.
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando
se cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
En ambos casos, la intervención de encargados de tratamiento requerirá el
consentimiento de ambas partes y la suscripción del correspondiente acuerdo
de encargo conforme a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad
para la que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos
establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso, a las mismas, que correspondan a tratamientos en los
BOCM-20211013-53
Protección de datos personales
B.O.C.M. Núm. 244
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MIÉRCOLES 13 DE OCTUBRE DE 2021
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tubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, para resolver las dudas y lagunas que pudieran presentarse.
2. Las controversias que surjan entre las partes sobre los efectos, interpretación, modificación o resolución del convenio que no sean objeto de conciliación en el seno de la comisión de seguimiento a que se refiere la estipulación cuarta, serán sometidas a los tribunales competentes de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
3. Ninguna cláusula de este convenio podrá ser interpretada en un sentido que menoscabe el ejercicio de las competencias legalmente atribuidas a la Comunidad de Madrid.
Octava
a) Datos personales de las personas físicas firmantes del Convenio y demás personas
de contacto durante la ejecución del mismo.
Ambas partes se comprometen a cumplir en su integridad el Reglamento
(UE) 2016/679, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016,
relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de
los derechos digitales, y cualquier otra normativa que pueda sustituir, modificar o complementar a la mencionada en materia de protección de datos de carácter personal durante la vigencia del presente convenio.
Las obligaciones en materia de protección de dichos datos tendrán validez durante la vigencia del presente convenio y una vez terminado este.
La Consejería de Cultura, Turismo y Deporte de la Comunidad de Madrid y el
Ayuntamiento de Alcorcón se informan recíprocamente de que los datos personales que se recogen en virtud de este convenio, incluidos los datos del personal al
servicio de una de las partes a los que la otra pueda tener acceso durante el desarrollo del mismo, serán tratados por la Consejería Cultura, Turismo y Deporte de
la Comunidad de Madrid o por el Ayuntamiento de Alcorcón, respectivamente,
como responsables del tratamiento, con la única finalidad de gestionar la relación
del presente convenio. Las partes se comunicarán mutuamente la identidad de sus
Delegados de Protección de Datos, en caso de que dicho nombramiento les sea de
aplicación.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por la Comunidad de
Madrid serán tratados e incorporados a la actividad de tratamiento “Convenios”, cuya finalidad es la tramitación de convenios administrativos y cuya
base legal es la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Los datos de contacto del Delegado de Protección de datos es:
protecciondatoscultura@madrid.org
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando
se cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
— Por lo que respecta a los datos personales tratados por el Ayuntamiento de Alcorcón, en cumplimiento de la Ley de Protección de Datos, son tratados con
la única finalidad de mantenimiento de la relación adquirida. Podrá ejercer
sus derechos de Acceso, Rectificación, Cancelación y Oposición dirigiéndose por escrito al Registro del Ayuntamiento de Alcorcón (Plaza España, número 1, 28921) indicando su voluntad de ejercitar los derechos ARCO.
Los datos de carácter personal no serán comunicados a terceros, salvo cuando
se cedan a encargados de tratamiento autorizados o a otros organismos o Administraciones Públicas conforme a lo previsto legalmente.
En ambos casos, la intervención de encargados de tratamiento requerirá el
consentimiento de ambas partes y la suscripción del correspondiente acuerdo
de encargo conforme a lo previsto en el artículo 28 del RGPD.
Los datos personales se conservarán mientras sean necesarios para la finalidad
para la que han sido recabados y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos.
Cada parte será responsable de atender las solicitudes de ejercicio de derechos
establecidos en los artículos 15 a 22, ambos inclusive, del RGPD, y las reclamaciones, en su caso, a las mismas, que correspondan a tratamientos en los
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Protección de datos personales