Pozuelo de Alarcón (BOCM-20211011-71)
Régimen económico. Extracto convocatoria subvenciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 212
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 242
BOCM-20211011-71
Quinto. Criterios de valoración de las solicitudes.—La valoración de las solicitudes
se realizará en función del nivel de ingresos máximos de la unidad de convivencia, que no
podrán ser superados, así como de los factores sociales que se establecen:
— Cuando los ingresos del hogar o la unidad de convivencia se encuentren por encima del 50 por 100 de los ingresos máximos establecidos, se le asignará 1 punto.
— Cuando los ingresos del hogar o la unidad de convivencia sean iguales o se encuentren por debajo del 50 por 100 de los ingresos máximos establecidos, se le
asignarán 2 puntos.
Factores sociales de la unidad de convivencia o de alguno de sus miembros: cuando
las unidades de convivencia se encuentren en alguna o varias de las siguientes situaciones,
a la puntuación obtenida por el nivel de ingresos se le añadirá por cada miembro con discapacidad igual o superior al 33 por 100: 0,5 puntos y/o para unidades de convivencia en las
que algún miembro tenga la condición de víctima de violencia de género: 0,5 puntos.
Sexta. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria.
Séptimo. Otros datos.—La percepción de estas ayudas será incompatible con otras
para la misma finalidad concedidas por el Estado, la Comunidad de Madrid o por otras Administraciones públicas.
En Pozuelo de Alarcón, a 4 de octubre de 2021.—El titular del Área de Gobierno de
Vicealcaldía, Eduardo Oria de Rueda Elorriaga.
(03/28.784/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
Pág. 212
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 242
BOCM-20211011-71
Quinto. Criterios de valoración de las solicitudes.—La valoración de las solicitudes
se realizará en función del nivel de ingresos máximos de la unidad de convivencia, que no
podrán ser superados, así como de los factores sociales que se establecen:
— Cuando los ingresos del hogar o la unidad de convivencia se encuentren por encima del 50 por 100 de los ingresos máximos establecidos, se le asignará 1 punto.
— Cuando los ingresos del hogar o la unidad de convivencia sean iguales o se encuentren por debajo del 50 por 100 de los ingresos máximos establecidos, se le
asignarán 2 puntos.
Factores sociales de la unidad de convivencia o de alguno de sus miembros: cuando
las unidades de convivencia se encuentren en alguna o varias de las siguientes situaciones,
a la puntuación obtenida por el nivel de ingresos se le añadirá por cada miembro con discapacidad igual o superior al 33 por 100: 0,5 puntos y/o para unidades de convivencia en las
que algún miembro tenga la condición de víctima de violencia de género: 0,5 puntos.
Sexta. Plazo de presentación de solicitudes.—El plazo de presentación de solicitudes será de diez días hábiles desde la publicación del extracto de la convocatoria.
Séptimo. Otros datos.—La percepción de estas ayudas será incompatible con otras
para la misma finalidad concedidas por el Estado, la Comunidad de Madrid o por otras Administraciones públicas.
En Pozuelo de Alarcón, a 4 de octubre de 2021.—El titular del Área de Gobierno de
Vicealcaldía, Eduardo Oria de Rueda Elorriaga.
(03/28.784/21)
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ISSN 1989-4791