Torrelodones (BOCM-20211011-80)
Régimen económico. Bases subvenciones
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B.O.C.M. Núm. 242

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE OCTUBRE DE 2021

La distribución de esta aportación económica a realizar por parte del Ayuntamiento de
Torrelodones se ajustará a los siguientes criterios:
1. Se establecen las siguientes cuantías para clubes:
a) Categoría nacional que exija desplazamientos fuera de la Comunidad de Madrid
para competiciones en ligas regulares:
— La cantidad máxima a percibir por un club será la de 3.000 euros. Se distribuirán
a partes iguales entre todos los clubes que lo soliciten y cumplan las normas.
b) Equipos de categorías inferiores a la senior, que participen en un campeonato de
España “Oficial” y que el mismo se celebre a más de 200 km de Torrelodones y
que el equipo clasificado tenga que pernotar al menos dos noches. La cantidad a
percibir será de 2.000 euros por equipo.
2. Se establecen las siguientes categorías y cuantías para deportistas individuales:
a) Categoría que corresponda al punto 1 del artículo 1 (30 por 100 = 1.500 euros).
b) Categoría que corresponda al punto 2 del artículo 1 (30 por 100 = 1.500 euros).
c) Categoría que corresponda al punto 3 del artículo 1 (40 por 100 = 2.000 euros).
La cantidad máxima a percibir por un deportista individual será de 1.000 euros. Se distribuirá, en cada una de las categorías, a partes iguales entre todos los deportistas que lo soliciten y cumplan las normas. Cuando una determinada categoría quede desierta acrecentará íntegramente a las otras del mismo ámbito distribuyendo su cuantía a partes iguales.
Un deportista solo podrá optar a una de las tres categorías.
La obtención de cuantía en una convocatoria anual no generará derecho alguno para
las siguientes convocatorias a ninguno de los solicitantes.
El Ayuntamiento podrá dejar desierta la totalidad de la cuantía de la subvención o parte de ella, dependiendo del contenido de las solicitudes o del cumplimiento de los requisitos.
Art. 4. Solicitudes y documentación.—Los solicitantes que acudan a esta convocatoria de subvenciones deberán justificar documentalmente que cumplen con los requisitos de
la convocatoria, aportando, en el orden que se indica, la siguiente documentación:
1. Instancia de solicitud conforme al modelo que figura en el anexo I de las presentes bases.
2. Documento acreditativo, en su caso, de la representación de la persona firmante
de la solicitud.
3. Entidad financiera y número de cuenta donde se ingresará el importe de la subvención.
4. Autorización para comprobar si los solicitantes se encuentran al corriente de pago
en las obligaciones tributarias con el Ayuntamiento.
En el caso de los clubes deportivos:
5. Certificado de estar al corriente de sus obligaciones tributarias y financieras con
la Seguridad Social.
6. Justificante de estar constituidos legalmente, siempre y cuando no se haya presentado documentación en convocatorias anteriores.
7. Autorización para comprobar que no están incurso en mora en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones de justificación de subvenciones.
8. Acreditar haber participado en competiciones con desplazamiento fuera de la Comunidad de Madrid.
En el caso de los deportivas individuales:
9. Autorización para comprobar que está empadronado en el municipio de Torrelodones.
10. Justificantes de haber competido oficialmente durante el 2.o semestre de 2020
o
y 1. del 2021 en cualquiera de los ámbitos establecidos.
Art. 5. Presentación de solicitudes. Plazo y forma.—Las solicitudes de subvención
deberán presentarse en el Registro General del Ayuntamiento de Torrelodones, sito en la
plaza de la Constitución, número 2, 28250 Torrelodones (Madrid), o en los lugares que determina el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales desde el día siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el boletín oficial de la Comunidad
de Madrid.

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BOCM-20211011-80

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