Madrid (BOCM-20211011-36)
Organización y funcionamiento. Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad. Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 242

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 11 DE OCTUBRE DE 2021

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III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
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MADRID
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO

Resolución de 8 de octubre de 2021, de la Directora General de Gestión y Vigilancia
de la Circulación, relativa al establecimiento de un período de aviso para la implantación
efectiva del sistema de control automatizado de la Zona de Bajas Emisiones de Especial
Protección Distrito Centro.
De conformidad con lo previsto en el artículo 242.4 de la Ordenanza de Movilidad
Sostenible, de 5 de octubre de 2018 (en adelante, OMS), en su redacción dada por la Ordenanza 10/2021, de 13 de septiembre, antes de la implantación definitiva o la modificación
substancial de los controles automatizados de acceso a cada respectiva Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección (en adelante, ZBEDEP), se realizará un período, de como mínimo dos meses, durante el cual el órgano municipal competente facilitará o enviará a las
personas titulares de los vehículos que hayan sido detectados, una comunicación de carácter
meramente informativo incluyendo, además de los elementos del artículo 242.5, la dirección
web del portal municipal de información a la ciudadanía de los procedimientos sistemáticos
de control y la ubicación de los puntos de control en que se han instalado dispositivos automatizados municipales de control y detección de infracciones de tráfico.
Si bien el sistema de control automatizado del tráfico instalado en las principales vías del
perímetro del centro de la ciudad fue ya sometido al correspondiente período de aviso durante
los ejercicios 2018 y 2019, la anulación judicial de la regulación de la Zona de Bajas Emisiones Madrid Central, tanto la reciente creación de la ZBEDEP Distrito Centro mediante la aprobación de la Ordenanza 10/2021, mediante Acuerdo Plenario de 13 de septiembre de 2021 y
su puesta en servicio el pasado 22 de septiembre de 2021, como la realización de las operaciones y actualizaciones necesarias para la adaptación técnica del citado sistema de control a la regulación de la ZBEDEP, motivan la necesidad de realizar el citado período de aviso.
A tal efecto se considera necesario establecer un período de aviso, con una duración de
dos meses contados a partir del día de publicación oficial de esta resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, antes de la implantación efectiva del sistema de control
automatizado de la ZBEDEP Distrito Centro encargado de la vigilancia, control y denuncia automatizada de las infracciones de los artículos 21 a 23, 25, 35 y 195 de la OMS en relación con
las disposiciones transitorias primera a tercera y los anexos II y III de la OMS en su redacción
consolidada tras la modificación operada por la Ordenanza 10/2021, de 13 de septiembre.
Durante el plazo en que surta efectos el período de aviso no se denunciará los hechos
que pudieran ser constitutivos de infracciones a los citados artículos que se detecten por el
sistema automatizado de control de la ZBEDEP Distrito Centro, sino que se remitirá comunicación de carácter meramente informativo que contendrá los elementos establecidos en el
artículo 242.5 de la OMS.
El período de aviso afecta exclusivamente a los hechos que se detecten mediante el sistema automatizado de control sin perjuicio, por tanto, de la sanción de cualquier infracción
de tráfico que detecten los agentes de la autoridad encargados de la vigilancia del tráfico
durante su servicio.
En aplicación de lo previsto en el artículo 242.4 de la OMS, en ejercicio de la competencia delegada por el apartado 13.o.3.1 del Anexo del Acuerdo de 4 de julio de 2019, de la
Junta de Gobierno de la Ciudad de Madrid, de organización y competencias del Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad atribuye a la Dirección General la competencia,
RESUELVO
Primero
Establecer un período de aviso de dos meses contados desde el día de la publicación
oficial en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, antes de la implantación

BOCM-20211011-36

Área de Gobierno de Medio Ambiente y Movilidad