Collado Villalba (BOCM-20211005-55)
Régimen económico. Bases subvenciones apoyo al autoempleo
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Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 237
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 195
BOCM-20211005-55
Los datos de las personas beneficiarias podrán ser publicados según lo establecido en
el apartado decimoprimero de esta convocatoria, así como en los medios contemplados en
el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Collado Villalba, esto último en cumplimiento del artículo 8.1.c de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a
la Información Pública y Buen Gobierno.
Art. 20. Eficacia.—La presente convocatoria surte efectos desde el día siguiente a su
publicación el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las Normas Reguladoras quedarán vigentes durante el año 2022 y 2023, sin necesidad
de una nueva redacción y aprobación, supeditadas a la existencia del Crédito Presupuestario establecido en las mismas para cada ejercicio económico.
Quedarán derogadas por el transcurso de los años mencionados, por la aprobación de
un Plan Estratégico que integre nuevos objetivos y efectos y cuando no se reúnan los índices de estabilidad presupuestaria.
Art. 21. Anexos adjuntos.—Los Anexos a los que hacen referencia este artículo estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento de Collado Villalba.
Collado Villalba, a 24 de septiembre de 2021.—La alcaldesa-presidenta, María Dolores
Vargas Fernández.
(03/28.060/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
B.O.C.M. Núm. 237
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 195
BOCM-20211005-55
Los datos de las personas beneficiarias podrán ser publicados según lo establecido en
el apartado decimoprimero de esta convocatoria, así como en los medios contemplados en
el Portal de Transparencia del Ayuntamiento de Collado Villalba, esto último en cumplimiento del artículo 8.1.c de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a
la Información Pública y Buen Gobierno.
Art. 20. Eficacia.—La presente convocatoria surte efectos desde el día siguiente a su
publicación el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Las Normas Reguladoras quedarán vigentes durante el año 2022 y 2023, sin necesidad
de una nueva redacción y aprobación, supeditadas a la existencia del Crédito Presupuestario establecido en las mismas para cada ejercicio económico.
Quedarán derogadas por el transcurso de los años mencionados, por la aprobación de
un Plan Estratégico que integre nuevos objetivos y efectos y cuando no se reúnan los índices de estabilidad presupuestaria.
Art. 21. Anexos adjuntos.—Los Anexos a los que hacen referencia este artículo estarán disponibles en la página web del Ayuntamiento de Collado Villalba.
Collado Villalba, a 24 de septiembre de 2021.—La alcaldesa-presidenta, María Dolores
Vargas Fernández.
(03/28.060/21)
http://www.bocm.es
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791