C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211005-23)
Concesión de premios –  Orden 2832/2021, de 24 de septiembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2020-2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 237

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
MARTES 5 DE OCTUBRE DE 2021

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3. Mediante la correspondiente diligencia se consignará la obtención del Premio Extraordinario de Bachillerato de la Comunidad de Madrid tanto en el historial como en el expediente académico del alumno premiado.
4. Los alumnos que obtengan Premio Extraordinario de Bachillerato de la Comunidad
de Madrid, previa inscripción y siguiendo las condiciones que establezca la normativa de aplicación, podrán optar a los Premios Nacionales de Bachillerato, de cuya convocatoria recibirán la debida información por parte de la Consejería competente en materia de educación.
5. Los alumnos que obtengan el Premio Extraordinario de Bachillerato de la Comunidad de Madrid recibirán un diploma acreditativo de tal distinción.
Tercero
Obligaciones del beneficiario
Las obligaciones del beneficiario serán las establecidas en el decimocuarto apartado
de la Orden 1042/2021, de 19 de abril.
Cuarto
Ceremonia de entrega de los Premios
La Dirección General de Bilingüismo y Calidad de la Enseñanza hará pública, cuando
corresponda, la fecha, hora y lugar de la ceremonia de entrega de los Premios.
Quinto
Recursos
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes ante el Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas propio órgano que la ha dictado o, directamente, recurso
contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid en el plazo de dos meses. Ambos plazos se computarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, sin perjuicio de cuantos otros recursos se estimen oportuno deducir.
Madrid, a 24 de septiembre de 2021.

BOCM-20211005-23

El Consejero de Educación, Universidades, Ciencia
y Portavoz del Gobierno,
ENRIQUE OSSORIO CRESPO