C) Otras Disposiciones - CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, UNIVERSIDADES, CIENCIA Y PORTAVOCÍA (BOCM-20211005-23)
Concesión de premios –  Orden 2832/2021, de 24 de septiembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2020-2021
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Pág. 76

MARTES 5 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 237

I. COMUNIDAD DE MADRID

C) Otras Disposiciones
Consejería de Educación, Universidades,
Ciencia y Portavocía
23

ORDEN 2832/2021, de 24 de septiembre, del Consejero de Educación, Universidades, Ciencia y Portavoz del Gobierno por la que se conceden los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Madrid correspondientes al año
académico 2020-2021.

Los Premios Extraordinarios de Bachillerato, cuya intención es reconocer de forma
oficial los méritos, basados en el esfuerzo y en el trabajo, de los alumnos que se han distinguido en sus estudios al finalizar esta etapa educativa, se rigen por las bases reguladoras establecidas en la Orden 783/2017, de 15 de marzo, de la Consejería de Educación, Juventud
y Deporte.
Esta norma no solo estipula la celebración anual de los mencionados Premios, sino que
también recoge aquellos aspectos que deben concretarse en las diferentes convocatorias
anuales, de modo que los alumnos que lo obtengan puedan concurrir a los Premios Nacionales de Bachillerato.
La Orden 1042/2021, de 19 de abril, del Consejero de Educación y Juventud, ha convocado estos premios para el curso académico 2020-2021 (Extracto publicado en el BOLETÍN
OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID el 21 de mayo de 20021).
De conformidad con la normativa reguladora aplicable y tras haberse realizado las correspondientes pruebas, la dirección general con competencias en materia de Premios Extraordinarios de Bachillerato elevará la propuesta definitiva de adjudicación de los premios
al titular de la Consejería competente en materia de educación para su aprobación.
Actualmente, la consejería competente en materia de educación es la Consejería de
Educación, Universidades, Ciencia y Portavocía en virtud del Decreto 288/2019, de 12 de
noviembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la
Consejería de Educación y Juventud, en relación con el Decreto 42/2021, de 19 de junio,
de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid y el Decreto 88/2021, de 30 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se modifica la estructura orgánica básica de las
Consejerías de la Comunidad de Madrid.
En virtud de lo anterior, a la vista de la propuesta definitiva de adjudicación de los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Madrid,
DISPONGO
Primero
Concesión de Premios
Conceder los Premios Extraordinarios de Bachillerato de la Comunidad de Madrid correspondientes al año académico 2020-2021 a los alumnos relacionados por orden decreciente de puntuación en el Anexo a esta Orden.
Segundo
1. La dotación económica de cada Premio Extraordinario de Bachillerato de la Comunidad de Madrid es de 1000 euros, que se hará efectiva de manera individual y en un único plazo a las personas relacionadas en el Anexo de esta Orden.
2. El importe total de los premios concedidos asciende a 25 000 euros, que se harán
efectivos con cargo al subconcepto 48399 del programa presupuestario 322O correspondiente al año 2021.

BOCM-20211005-23

Efectos de los premios