Leganés (BOCM-20211004-60)
Organización y funcionamiento. Delegación de funciones
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
Pág. 274
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 236
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
LEGANÉS
Con fecha 21 de septiembre de 2021, la Junta de Gobierno Local, adoptó el siguiente
acuerdo:
Primero.—Delegar en la titular de la oncejalía-Delegada de Urbanismo, Industrias, Patrimonio y Recursos Humanos:
1. La concesión de todo tipo de autorizaciones de actos de construcción, edificación
y usos del suelo, que se tramiten en el Área de Urbanismo, Industrias, Patrimonio, a excepción de las licencias urbanísticas.
Segundo.—Delegar en el titular de la Concejalía-Delegada de Obras e Infraestructuras:
1. Autorización y control de vertidos de aguas residuales industriales.
2. La gestión y concesión de licencias de obra y declaraciones responsables para actuaciones en la vía pública (zanjas, calicatas, acometidas de servicios públicos y análogas),
que irá implícita a la autorización de ocupación de dominio público.
Tercero.—Delegar en la titular de la Concejalía-Delegada de Hacienda, Contratación
e Igualdad:
1. Desarrollo de la gestión económica relativa a ingresos y gastos.
Cuarto.—Delegar en el titular de la Concejalía-Delegada de Medioambiente, Sostenibilidad y Presidencia de la Junta de Distrito de La Fortuna:
1. Autorización de utilización de productos fitosanitarios.
2. Autorización de tala y trasplante de árboles, de masas arbóreas o de vegetación arbustiva.
3. Licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos.
4. En el ámbito del barrio de La Fortuna, la concesión de licencias de actividad y/o
funcionamiento de espectáculos y actividades de carácter eventual, que se desarrollen en
instalaciones o estructuras eventuales, desmontables o portátiles y que se realicen durante
un período determinado de tiempo, comprendidas en el Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos de Actividades Recreativas, Locales e Instalaciones. La concesión de estas licencias de actividad y/o funcionamiento llevará implícita la autorización de ocupación del dominio público, previo los informes
que, por la naturaleza de la actividad, resulten necesarios.
Quinto.—Delegar en la titular de la Concejalía-Delegada de Mayores, Participación
Ciudadana y Festejos:
1. La concesión de licencias de actividad y/o funcionamiento de espectáculos y actividades de carácter eventual, que se desarrollen en instalaciones o estructuras eventuales,
desmontables o portátiles y que se realicen durante un período determinado de tiempo, comprendidas en el Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos de actividades Recreativas, Locales e Instalaciones. La concesión de estas
licencias de actividad y/o funcionamiento llevará implícita la autorización de ocupación del
dominio público, previo los informes que, por la naturaleza de la actividad, resulten necesarios, a excepción de los espectáculos y actividades que se desarrollen en La Fortuna, cuya
competencia será del titular de la Presidencia de la Junta de Distrito de La Fortuna.
Sexto.—Delegar en el titular de la Concejalía-Delegada de Seguridad Ciudadana, Comunicación y Portavocía del Gobierno:
1. Concesión de licencias de ocupación de vía pública y actividad de terrazas de establecimientos de hostelería.
2. Disciplina, control de legalidad de las actividades y expedientes sancionadores.
Séptimo.—Delegar en la titular de la Concejalía-Delegada de Familia y Políticas Sociales:
BOCM-20211004-60
ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO
Pág. 274
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
LUNES 4 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 236
III. ADMINISTRACIÓN LOCAL
AYUNTAMIENTO DE
60
LEGANÉS
Con fecha 21 de septiembre de 2021, la Junta de Gobierno Local, adoptó el siguiente
acuerdo:
Primero.—Delegar en la titular de la oncejalía-Delegada de Urbanismo, Industrias, Patrimonio y Recursos Humanos:
1. La concesión de todo tipo de autorizaciones de actos de construcción, edificación
y usos del suelo, que se tramiten en el Área de Urbanismo, Industrias, Patrimonio, a excepción de las licencias urbanísticas.
Segundo.—Delegar en el titular de la Concejalía-Delegada de Obras e Infraestructuras:
1. Autorización y control de vertidos de aguas residuales industriales.
2. La gestión y concesión de licencias de obra y declaraciones responsables para actuaciones en la vía pública (zanjas, calicatas, acometidas de servicios públicos y análogas),
que irá implícita a la autorización de ocupación de dominio público.
Tercero.—Delegar en la titular de la Concejalía-Delegada de Hacienda, Contratación
e Igualdad:
1. Desarrollo de la gestión económica relativa a ingresos y gastos.
Cuarto.—Delegar en el titular de la Concejalía-Delegada de Medioambiente, Sostenibilidad y Presidencia de la Junta de Distrito de La Fortuna:
1. Autorización de utilización de productos fitosanitarios.
2. Autorización de tala y trasplante de árboles, de masas arbóreas o de vegetación arbustiva.
3. Licencia para la tenencia de perros potencialmente peligrosos.
4. En el ámbito del barrio de La Fortuna, la concesión de licencias de actividad y/o
funcionamiento de espectáculos y actividades de carácter eventual, que se desarrollen en
instalaciones o estructuras eventuales, desmontables o portátiles y que se realicen durante
un período determinado de tiempo, comprendidas en el Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos de Actividades Recreativas, Locales e Instalaciones. La concesión de estas licencias de actividad y/o funcionamiento llevará implícita la autorización de ocupación del dominio público, previo los informes
que, por la naturaleza de la actividad, resulten necesarios.
Quinto.—Delegar en la titular de la Concejalía-Delegada de Mayores, Participación
Ciudadana y Festejos:
1. La concesión de licencias de actividad y/o funcionamiento de espectáculos y actividades de carácter eventual, que se desarrollen en instalaciones o estructuras eventuales,
desmontables o portátiles y que se realicen durante un período determinado de tiempo, comprendidas en el Decreto 184/1998, de 22 de octubre, por el que se aprueba el Catálogo de Espectáculos Públicos de actividades Recreativas, Locales e Instalaciones. La concesión de estas
licencias de actividad y/o funcionamiento llevará implícita la autorización de ocupación del
dominio público, previo los informes que, por la naturaleza de la actividad, resulten necesarios, a excepción de los espectáculos y actividades que se desarrollen en La Fortuna, cuya
competencia será del titular de la Presidencia de la Junta de Distrito de La Fortuna.
Sexto.—Delegar en el titular de la Concejalía-Delegada de Seguridad Ciudadana, Comunicación y Portavocía del Gobierno:
1. Concesión de licencias de ocupación de vía pública y actividad de terrazas de establecimientos de hostelería.
2. Disciplina, control de legalidad de las actividades y expedientes sancionadores.
Séptimo.—Delegar en la titular de la Concejalía-Delegada de Familia y Políticas Sociales:
BOCM-20211004-60
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