C) Otras Disposiciones - UNIVERSIDAD REY JUAN CARLOS (BOCM-20211004-25)
Normativa uso de recursos –  Resolución a 23 de septiembre de 2021, del Rector de la Universidad Rey Juan Carlos, por la que se ordena la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la normativa de uso de los recursos TIC, aprobada por Acuerdo del Consejo de Gobierno de la Universidad Rey Juan Carlos de 22 de julio de 2021 y publicada en el “Boletín Oficial de la Universidad Rey Juan Carlos” de 6 de agosto de 2021
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BOCM

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID

B.O.C.M. Núm. 236

LUNES 4 DE OCTUBRE DE 2021

Pág. 99

TÍTULO I
Finalidad y ámbito de aplicación
Artículo 1
Finalidad
1. La presente normativa regula la seguridad en el uso de los recursos TIC que la Universidad Rey Juan Carlos pone a disposición de las personas usuarias, definidas en el artículo 3 de la presente normativa, a efectos de garantizar, entre otros, los siguientes aspectos:
a) El adecuado desarrollo de las actividades vinculadas a la Universidad, y en particular de las funciones docente, investigadora, gestión administrativa y aprendizaje.
b) La protección de las personas usuarias y de los distintos niveles de seguridad de la
información y de los sistemas dentro del marco de la Política de Seguridad de la
Información de la Universidad Rey Juan Carlos.
c) La adecuada protección de los datos de carácter personal de los que sea responsable la Universidad.
d) La adecuada concienciación y formación de las personas usuarias en materia de
seguridad de la información.
2. La presente normativa responde a los siguientes fines:
a) Garantizar la seguridad, el rendimiento y la privacidad de los sistemas de información y comunicación de la Universidad y, en su caso, de terceros.
b) Garantizar y proteger el tratamiento de los datos personales y los derechos fundamentales de las personas físicas; especialmente, el derecho al honor e intimidad
personal y familiar.
c) Concienciar a las personas usuarias sobre la importancia y necesidad de hacer un
uso responsable de los recursos TIC en orden a la consecución de los fines y principios de actuación de la Universidad recogidos en los artículos 3 y 4 de sus Estatutos y en su Código Ético.
d) Proteger la información corporativa, en todas sus dimensiones (confidencialidad,
integridad, autenticidad, disponibilidad y trazabilidad).
e) Proteger la privacidad de la información y las comunicaciones, incluyendo el trabajo de otros usuarios que utilicen los mismos recursos.
f) Minimizar el riesgo reputacional derivado de las amenazas e incidencias que afecten a la información, datos personales y recursos TIC.
g) Evitar situaciones que puedan causar a la Universidad algún tipo de responsabilidad.
Artículo 2
Ámbito objetivo de aplicación

Artículo 3
Ámbito subjetivo de aplicación
1. La presente Normativa resulta de aplicación a los usuarios que utilicen los recursos TIC que la Universidad ponga a su disposición. A tal efecto tienen la consideración de
usuarios:
a) El estudiantado: se considera estudiante cualquier persona que, estando matriculada en alguna de las titulaciones oficiales de grado, másteres oficiales, programas

BOCM-20211004-25

1. Los recursos TIC, cuyas condiciones de uso regula esta normativa, son los proporcionados por la Universidad. A tal efecto, tienen la consideración de activos de información
de la Universidad cualquier componente o funcionalidad de un sistema de información susceptible de ser atacado deliberada o accidentalmente con consecuencias para la organización. Incluye: información, datos, servicios, software, hardware y comunicaciones.
2. La Universidad, como propietaria de los recursos TIC, definirá y garantizará los
controles mínimos para su adecuada protección con el objeto de garantizar la mejora continua que recoge el ENS.
3. La presente Normativa también será de aplicación al uso de los sistemas de información corporativos, así como al de la red de comunicaciones de la Universidad cuando la
misma sea empleada por dispositivos y equipos informáticos propiedad del usuario.