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Convocatoria curso – Resolución de 22 de septiembre de 2021, de la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se convoca el curso de formación para Jefes de Agrupación de Voluntarios de Protección Civil
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No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
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BOCM
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
Pág. 120
LUNES 4 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 236
No será admitida a trámite la subsanación de solicitud fuera del plazo establecido, previa
resolución en la que se declare la inadmisión, en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las alegaciones presentadas se aceptarán o denegarán mediante la resolución por la
que se declaren aprobados los listados definitivos.
3. La presentación de subsanación de la solicitud o aportación de documentos preceptivos se realizará, de manera electrónica, en los términos del apartado tercero, punto 9.
4. Finalizado el plazo de subsanación, se publicará en la página web de la Comunidad de Madrid del Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias mencionada en el punto 1, la resolución del Director General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se aprueba el listado definitivo de candidatos admitidos.
Quinto
Desarrollo del curso
BOCM-20211004-27
El desarrollo del curso por parte de los candidatos seleccionados se realizará conforme a las siguientes consideraciones:
Durante el tiempo que permanezcan realizando los cursos de formación convocados,
los alumnos deberán respetar en todo momento las normas de régimen interior y las medidas de seguridad vigentes.
La formación impartida en los citados cursos no conllevará tasa, precio o coste económico alguno para los alumnos, sin perjuicio de los gastos de transporte, manutención o cualquier indemnización a la que el correspondiente ayuntamiento estuviere obligado.
Los alumnos deberán asistir a los talleres prácticos en este Instituto vistiendo su uniforme reglamentario y deberán estar provistos de los equipos de protección y de los medios
de dotación necesarios para las para las actividades y prácticas lectivas programadas. Este
equipamiento será facilitado por sus respectivas Agrupaciones.
Los alumnos deberán disponer de los medios telemáticos necesarios para la realización
de la fase online (ordenador de sobremesa, portátil o tablet, así como conexión a internet),
debiendo la Agrupación garantizar su uso en caso de no disponer de ellos.
También, para participar en el curso es indispensable tener una cuenta de correo electrónico, y competencias digitales que permitan la navegación y uso de la plataforma e-learning para aprendizaje y evaluación.
La no superación o asistencia en cualquiera de las dos fases, la fase online o la fase
práctica presencial, supondrá la exclusión y/o la no superación del curso.
Para ser evaluable el alumno debe completar, al menos, el 90 por 100 de la actividad
formativa de carácter presencial y el 100 por 100 de la formación a distancia, completando
con aprovechamiento el curso, realizando los ejercicios asignados y superando las correspondientes pruebas de evaluación.
Para la superación de la fase presencial no se podrá ausentar más de un 10 por 100 de
los talleres, debiendo justificar documentalmente cualquier tipo de ausencia dentro de ese
margen, aceptando este Instituto como justificación aquellas situaciones que cumplan los
parámetros establecidos en el Plan de Formación para Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid 2021.
Pozuelo de Alarcón, a 22 de septiembre de 2021.—El Director General de Seguridad,
Protección Civil y Formación, Luis Miguel Torres Hernández.
(03/28.071/21)
http://www.bocm.es
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791
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Pág. 120
LUNES 4 DE OCTUBRE DE 2021
B.O.C.M. Núm. 236
No será admitida a trámite la subsanación de solicitud fuera del plazo establecido, previa
resolución en la que se declare la inadmisión, en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Las alegaciones presentadas se aceptarán o denegarán mediante la resolución por la
que se declaren aprobados los listados definitivos.
3. La presentación de subsanación de la solicitud o aportación de documentos preceptivos se realizará, de manera electrónica, en los términos del apartado tercero, punto 9.
4. Finalizado el plazo de subsanación, se publicará en la página web de la Comunidad de Madrid del Instituto de Formación Integral en Seguridad y Emergencias mencionada en el punto 1, la resolución del Director General de Seguridad, Protección Civil y Formación, por la que se aprueba el listado definitivo de candidatos admitidos.
Quinto
Desarrollo del curso
BOCM-20211004-27
El desarrollo del curso por parte de los candidatos seleccionados se realizará conforme a las siguientes consideraciones:
Durante el tiempo que permanezcan realizando los cursos de formación convocados,
los alumnos deberán respetar en todo momento las normas de régimen interior y las medidas de seguridad vigentes.
La formación impartida en los citados cursos no conllevará tasa, precio o coste económico alguno para los alumnos, sin perjuicio de los gastos de transporte, manutención o cualquier indemnización a la que el correspondiente ayuntamiento estuviere obligado.
Los alumnos deberán asistir a los talleres prácticos en este Instituto vistiendo su uniforme reglamentario y deberán estar provistos de los equipos de protección y de los medios
de dotación necesarios para las para las actividades y prácticas lectivas programadas. Este
equipamiento será facilitado por sus respectivas Agrupaciones.
Los alumnos deberán disponer de los medios telemáticos necesarios para la realización
de la fase online (ordenador de sobremesa, portátil o tablet, así como conexión a internet),
debiendo la Agrupación garantizar su uso en caso de no disponer de ellos.
También, para participar en el curso es indispensable tener una cuenta de correo electrónico, y competencias digitales que permitan la navegación y uso de la plataforma e-learning para aprendizaje y evaluación.
La no superación o asistencia en cualquiera de las dos fases, la fase online o la fase
práctica presencial, supondrá la exclusión y/o la no superación del curso.
Para ser evaluable el alumno debe completar, al menos, el 90 por 100 de la actividad
formativa de carácter presencial y el 100 por 100 de la formación a distancia, completando
con aprovechamiento el curso, realizando los ejercicios asignados y superando las correspondientes pruebas de evaluación.
Para la superación de la fase presencial no se podrá ausentar más de un 10 por 100 de
los talleres, debiendo justificar documentalmente cualquier tipo de ausencia dentro de ese
margen, aceptando este Instituto como justificación aquellas situaciones que cumplan los
parámetros establecidos en el Plan de Formación para Empleados Públicos de la Comunidad de Madrid 2021.
Pozuelo de Alarcón, a 22 de septiembre de 2021.—El Director General de Seguridad,
Protección Civil y Formación, Luis Miguel Torres Hernández.
(03/28.071/21)
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D. L.: M. 19.462-1983
ISSN 1989-4791