Madrid (BOCM-20211001-62)
Régimen económico. Pleno del Ayuntamiento. Precios públicos centros deportivos y casas de baños
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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 234

— Cuando el tiempo de utilización sea superior a una hora, salvo squash, el precio se
obtendrá multiplicando la tarifa correspondiente por el número de horas completas
de uso y por cada media hora o fracción adicional se sumará la mitad de la tarifa.
Esta misma regla será de aplicación a los suplementos que, en su caso, procedan”.
Cuatro. Se modifica la tarifa 15) Torneo deportivo municipal, del apartado 4. Disposiciones particulares para la aplicación de los precios, que queda redactada del siguiente modo:
“15) Torneo deportivo municipal:
— Esta tarifa da derecho a la participación de un equipo en una edición del torneo
municipal organizado por el Ayuntamiento de Madrid. No incluye los gastos de
arbitraje.
— Los participantes se atendrán al convenio, normas y reglamentos que rijan cada
competición.
— En los torneos de pádel y vóley playa, se aplicará una reducción del 75 por 100 sobre la tarifa general.
— En el torneo de tenis, se aplicará una reducción del 85 por 100 sobre la tarifa general.
— Se aplicará una reducción del 50 por 100 a favor de aquellos equipos integrados en
su totalidad por mujeres.
— Los equipos participantes en una competición de Juegos Deportivos Municipales
tendrán una reducción del 100 por 100 sobre la tarifa general si se inscriben en algún torneo deportivo municipal durante la misma temporada deportiva y en la
misma modalidad deportiva”.
Cinco. Se modifica la tarifa 22) Entrada piscina cubierta, musculación, sauna o actividad dirigida, del apartado 4. Disposiciones particulares para la aplicación de los precios,
que queda redactada del siguiente modo:
“22) Entrada piscina cubierta, musculación, sauna o actividad dirigida:
— Esta tarifa da derecho a:
a. Una sesión en las piscinas cubiertas con una duración máxima de dos horas.
b. Una sesión en la sala de musculación con una duración máxima de 90 minutos. Las personas menores de 18 años no podrán disfrutar de este servicio, salvo que el mismo se preste bajo la supervisión de un profesor consultor con
permanencia en la sala, en cuyo caso la edad mínima de acceso a este servicio se reducirá a 16 años.
c. Una sesión de sauna de 45 minutos de duración. Las personas menores de 18 años
no podrán disfrutar de este servicio.
d. Una sesión de actividad deportiva dirigida de carácter abierto de las modalidades, grupos y horarios que determine cada centro deportivo en función del
aforo puntual. Para este tipo de prestación de servicio se aplicará una reducción del 40 por 100 sobre la tarifa general.
— Los días, horas y aforo disponibles para los servicios serán fijados por el centro
deportivo municipal.
— La reducción contemplada en este precio en el cuadro recogido en el apartado 3 anterior para la categoría de persona con discapacidad solo incluirá los servicios de
piscina cubierta y musculación, y requerirá, para su aplicación, que el beneficiario
esté en posesión del carné de deporte especial expedido por el Ayuntamiento de
Madrid. Dicha reducción se aplicará, igualmente, a los acompañantes de las personas con discapacidad, en los casos en que se valore la necesidad de ayuda obligatoria en la norma correspondiente.
— La reducción contemplada en este precio en el cuadro recogido en el apartado 3 anterior para las personas en situación de desempleo se aplicará para los servicios
prestados de lunes a viernes no festivos hasta las 14:00 horas y será compatible con
la reducción por categoría de edad.
— El acceso al servicio de piscina cubierta de los menores de 5 años tendrá carácter
gratuito.
— A este precio se le aplicará una reducción del 15 por 100 adicional al personal sanitario válido para los servicios prestados hasta el 31 de agosto de 2021.
— A este precio se le aplicará la bonificación de familia numerosa establecida en el
apartado 6 de este acuerdo.

BOCM-20211001-62

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