D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211001-59)
Convenio – Convenio de 14 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte) y la Fundación Escuela de Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid (ECAM) con destino a acciones formativas relacionadas con la cinematografía y el audiovisual durante el año 2021
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BOCM
B.O.C.M. Núm. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 265
IV. Que la Fundación de la Escuela de Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid se creó en 1994 por iniciativa de la Consejería de Educación y Cultura de la
Comunidad de Madrid, la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), la Academia de
las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España y la Entidad de Gestión de Derechos de
Autor de los Productores Audiovisuales (EGEDA), como una entidad sin ánimo de lucro,
cuyo objeto es desarrollar actividades de formación, promoción y fomento en materia cinematográfica y audiovisual.
V. Que, de conformidad con sus estatutos, la ECAM es una institución sin ánimo de
lucro con personalidad jurídica propia, que goza de plena capacidad jurídica de obrar para
el cumplimiento de sus fines, entre los que se encuentran los siguientes:
1. Formación de autores, productores y técnicos de obras cinematográficas y grabaciones audiovisuales.
2. Investigación y publicación de aspectos relacionados con el cine y con el audiovisual, para lo cual organizará jornadas de estudios, conferencias, seminarios y editará libros
y publicaciones de carácter periódico.
Asimismo, la Fundación fomentará las relaciones y asociación con otras fundaciones,
nacionales y extranjeras, dedicadas a los mismos fines y colaborará con cualquier clase de
personas u organismos públicos o privados en las tareas objeto de la Fundación.
VI. Que la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, previó en el subconcepto 48120, del programa 334A,
cuyo responsable es el titular de la Dirección General de Promoción Cultural, una subvención nominativa por importe de 1.750.000 euros con destino a la ECAM.
VII. Que la Intervención General de la Comunidad de Madrid, en consonancia con la
Circular 1/2019, de 27 de marzo, de la Intervención General del Estado, sobre los efectos de
la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado aprobados para un ejercicio en relación
a los créditos integrados en esta última relativos a las subvenciones nominativas, y con la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y con la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, considera que el crédito
que figura en los estados de gastos del presupuesto prorrogado relativo a las subvenciones
nominativas no habilita para la concesión directa de la misma en el presente ejercicio presupuestario. En este contexto, el artículo 3.1.c) del citado Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, establece que no se prorrogan créditos para gastos destinados a programas y actuaciones que hayan finalizado a 31 de diciembre de 2020. En este sentido, los créditos que
amparan subvenciones nominativas no mantendrán tal condición.
VIII. Que, de acuerdo con el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, podrán concederse de forma directa y no será necesario el requisito de publicidad y concurrencia cuando, con carácter excepcional, se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente
justificadas que dificulten la convocatoria pública.
IX. Que, en virtud de lo expuesto, las partes acuerdan, a los efectos oportunos y de
conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
y de conformidad con el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, modificado por el Decreto 5/2021, de 27 de enero, suscribir un convenio sujeto a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
El objeto del presente convenio es el de formalizar la concesión directa de una subvención a la ECAM, con destino a acciones formativas relacionadas con la cinematografía y el
audiovisual durante el año 2021, por importe 1.750.000 euros.
Segunda
Obligaciones de la ECAM
Previamente a la suscripción del presente convenio, la ECAM deberá aportar la oportuna declaración responsable de no estar incursa en alguna de las causas contempladas en
el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; una de-
BOCM-20211001-59
Objeto del convenio
B.O.C.M. Núm. 234
BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE OCTUBRE DE 2021
Pág. 265
IV. Que la Fundación de la Escuela de Cinematografía y del Audiovisual de la Comunidad de Madrid se creó en 1994 por iniciativa de la Consejería de Educación y Cultura de la
Comunidad de Madrid, la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), la Academia de
las Artes y las Ciencias Cinematográficas de España y la Entidad de Gestión de Derechos de
Autor de los Productores Audiovisuales (EGEDA), como una entidad sin ánimo de lucro,
cuyo objeto es desarrollar actividades de formación, promoción y fomento en materia cinematográfica y audiovisual.
V. Que, de conformidad con sus estatutos, la ECAM es una institución sin ánimo de
lucro con personalidad jurídica propia, que goza de plena capacidad jurídica de obrar para
el cumplimiento de sus fines, entre los que se encuentran los siguientes:
1. Formación de autores, productores y técnicos de obras cinematográficas y grabaciones audiovisuales.
2. Investigación y publicación de aspectos relacionados con el cine y con el audiovisual, para lo cual organizará jornadas de estudios, conferencias, seminarios y editará libros
y publicaciones de carácter periódico.
Asimismo, la Fundación fomentará las relaciones y asociación con otras fundaciones,
nacionales y extranjeras, dedicadas a los mismos fines y colaborará con cualquier clase de
personas u organismos públicos o privados en las tareas objeto de la Fundación.
VI. Que la Ley 9/2018, de 26 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2019, previó en el subconcepto 48120, del programa 334A,
cuyo responsable es el titular de la Dirección General de Promoción Cultural, una subvención nominativa por importe de 1.750.000 euros con destino a la ECAM.
VII. Que la Intervención General de la Comunidad de Madrid, en consonancia con la
Circular 1/2019, de 27 de marzo, de la Intervención General del Estado, sobre los efectos de
la prórroga de los Presupuestos Generales del Estado aprobados para un ejercicio en relación
a los créditos integrados en esta última relativos a las subvenciones nominativas, y con la
Ley 47/2003, de 26 de noviembre, General Presupuestaria, y con la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, considera que el crédito
que figura en los estados de gastos del presupuesto prorrogado relativo a las subvenciones
nominativas no habilita para la concesión directa de la misma en el presente ejercicio presupuestario. En este contexto, el artículo 3.1.c) del citado Decreto 122/2020, de 29 de diciembre, establece que no se prorrogan créditos para gastos destinados a programas y actuaciones que hayan finalizado a 31 de diciembre de 2020. En este sentido, los créditos que
amparan subvenciones nominativas no mantendrán tal condición.
VIII. Que, de acuerdo con el artículo 4.5.c) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, podrán concederse de forma directa y no será necesario el requisito de publicidad y concurrencia cuando, con carácter excepcional, se acrediten razones de interés público, social, económico o humanitario u otras debidamente
justificadas que dificulten la convocatoria pública.
IX. Que, en virtud de lo expuesto, las partes acuerdan, a los efectos oportunos y de
conformidad con la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público,
y de conformidad con el Decreto 48/2019, de 10 de junio, del Consejo de Gobierno, por el
que se regula la actividad convencional de la Comunidad de Madrid, modificado por el Decreto 5/2021, de 27 de enero, suscribir un convenio sujeto a las siguientes
ESTIPULACIONES
Primera
El objeto del presente convenio es el de formalizar la concesión directa de una subvención a la ECAM, con destino a acciones formativas relacionadas con la cinematografía y el
audiovisual durante el año 2021, por importe 1.750.000 euros.
Segunda
Obligaciones de la ECAM
Previamente a la suscripción del presente convenio, la ECAM deberá aportar la oportuna declaración responsable de no estar incursa en alguna de las causas contempladas en
el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; una de-
BOCM-20211001-59
Objeto del convenio