D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211001-58)
Convenio –  Convenio de 14 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, por el que se designa a esta como entidad colaboradora para la gestión del programa de bonos turísticos de la Comunidad de Madrid
25 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
BOCM
B.O.C.M. Núm. 234

BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID
VIERNES 1 DE OCTUBRE DE 2021

Pág. 243

La suma de los tres libramientos a efectuar en esta anualidad no puede superar la
cantidad de 1.000.000 de euros.
La Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, como Entidad colaboradora, se compromete a ser depositaria de los mismos hasta su entrega posterior a las empresas turísticas; a tal efecto, la Cámara procederá a la apertura de una cuenta bancaria finalista destinataria de los fondos correspondientes a la subvención, que permita su seguimiento.
La Cámara de Comercio, Industria y Servicio de Madrid queda exenta de constituir
aval u otro tipo de garantía conforme a la autorización concedida el 13 de julio de 2021 por
la Dirección General de Política Financiera y Tesorería.
De conformidad con lo establecido en el artículo 5.3 de la Ley 2/1995, de subvenciones
de la Comunidad de Madrid, los fondos destinados a las subvenciones nunca se considerarán
integrantes del patrimonio de la entidad colaboradora, por ello, los réditos que puedan generar estas cantidades mientras se hallen en la cuenta finalista mencionada, serán reintegrados
por la Cámara de Comercio, Industria y Servicios de Madrid a la Comunidad de Madrid.
Sexta
1. Las funciones de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid
como entidad colaboradora serán disponer de una plataforma online para la gestión del programa, con las especificaciones previstas en el Anexo I, y realizar la gestión directa de las
ayudas derivadas del Programa, así como verificar la realización de la actividad y el cumplimiento de la finalidad determinante de la concesión de las ayudas, conforme a lo establecido en este convenio y en las correspondientes normas reguladoras de las ayudas.
2. La gestión encomendada se concreta en la realización de las siguientes tareas, en
relación a los expedientes relativos al Programa:
1. Fase de adhesión de los establecimientos turísticos:
a) Información personalizada a establecimientos turísticos.
b) Recepción de solicitudes de adhesión.
c) Recepción y comprobación de la documentación.
d) Inscripción del establecimiento como participante en el programa, proporcionándole un número identificativo al efecto, además de un usuario y contraseña, para la gestión de su área privada.
2. Fase de inscripción de los usuarios:
a) Recepción de las solicitudes de inscripción.
b) Comprobación de que el solicitante de inscripción aporta los datos necesarios.
c) Se le proporcionara un usuario y contraseña, para la gestión de su área privada.
3. Fase de presentación de solicitudes por los usuarios:
a) Recepción de la solicitud y documentación necesaria; DNI o TIE y reserva
efectuada en el establecimiento turístico adherido.
b) Validación de la identidad de la persona, mediante la copia del DNI/TIE, así
como que cumple con los requisitos previstos en las normas reguladoras.
c) Comprobación de que el usuario no ha solicitado otro bono en el mismo mes.
d) Comprobación de que la empresa turística sigue cumpliendo con la regla de
mínimis, incluyendo cada nueva ayuda solicitada.
4. Fase de instrucción y concesión:
a) Generación de los modelos de los informe-propuesta y las órdenes de concesión, junto con los bonos numerados, a través de la plataforma tecnológica.
b) Notificación de las órdenes de concesión.
c) Suministro de información necesaria sobre las concesiones para que la Dirección
General de Turismo la remita a la Base de Datos Nacional de Subvenciones.
5. Fase de justificación:
a) Recibir la documentación justificativa, que deberá ajustarse a lo previsto en la
Cláusula Octava.
b) Comprobación de la documentación.
c) Generación de informes de justificación, a través de la plataforma tecnológica.
6. Fase de pago: Efectuar el pago en la cuenta designada por el establecimiento.

BOCM-20211001-58

Funciones de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid