D) Anuncios - CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTE (BOCM-20211001-58)
Convenio –  Convenio de 14 de septiembre de 2021, entre la Comunidad de Madrid y la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, por el que se designa a esta como entidad colaboradora para la gestión del programa de bonos turísticos de la Comunidad de Madrid
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BOCM

VIERNES 1 DE OCTUBRE DE 2021

B.O.C.M. Núm. 234

productos de alto valor añadido para el turismo, con capacidad desestacionalizadora; la ordenación del sector turístico y de su infraestructura; la promoción del sector turístico madrileño a nivel nacional e internacional; apoyo de las profesiones turísticas, así como la formación y el perfeccionamiento de los profesionales del turismo; la información sobre la
oferta turística de la Comunidad de Madrid y su coordinación con otras Administraciones
e instituciones, entre otras competencias.
II. La Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid es una Corporación de Derecho Público, tutelada en su ámbito competencial por la Comunidad de
Madrid, a través de la Consejería de Economía, Hacienda y Empleo, de acuerdo con lo establecido en la Ley 2/2014, de 16 de diciembre, que le atribuye el carácter de órgano consultivo y de colaboración de las Administraciones Públicas, otorgándole asimismo personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines y en
el ejercicio de las funciones legalmente conferidas.
Dentro de las funciones de carácter público administrativo encomendadas por la
Ley 2/2014, de 16 de diciembre, figuran:
— Colaborar con la Comunidad de Madrid en la difusión de las actividades y programas de ayudas y subvenciones desarrolladas por esta. Este deber de colaboración
se extenderá a la prestación del asesoramiento necesario a las empresas que deseen acogerse a los citados programas y actividades.
— Contribuir a la promoción del turismo de la Comunidad de Madrid.
— Tramitar los programas públicos de ayudas a las empresas en los términos que se
establezcan en cada caso, así como gestionar los servicios públicos relacionados
con las mismas, cuando su gestión corresponda a la Comunidad de Madrid.
Además, sin perjuicio de las funciones de carácter público-administrativo expresamente atribuidas por la Ley, la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de
Madrid, podrá desarrollar cualquier función de naturaleza público-administrativa, siempre
que le sea expresamente encomendada o delegada por la Comunidad de Madrid, en los términos de la Ley de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (actualmente, Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen jurídico del sector público) y sea compatible con su naturaleza y funciones.
Conforme con lo anterior, y dadas las funciones de la Cámara Oficial de Comercio, Industria y Servicios de Madrid, y su naturaleza como órgano de colaboración de las Administraciones públicas, que puede administrar recursos públicos y realizar funciones público-administrativas, se entiende justificada su consideración como entidad colaboradora de
la Comunidad de Madrid para la gestión de las ayudas y cumplimiento de las obligaciones
derivadas del programa de incentivo a la demanda de servicios turísticos en la Comunidad
de Madrid, al amparo del artículo 12 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de
Subvenciones, no siendo necesaria, por los motivos indicados, la selección de esta entidad
colaboradora mediante el procedimiento de concurrencia previsto en el artículo 16.5 de la
citada Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
III. La crisis del COVID-19 ha golpeado fuertemente a la industria madrileña y especialmente al sector del turismo, que representa el 7 % del PIB de la Comunidad de Madrid
y emplea a 400.000 personas, cifra que pone de manifiesto la importancia que dicho sector
tiene para la economía.
Las empresas turísticas han visto sus actividades completamente reducidas debido al
confinamiento prolongado, a las restricciones de movilidad de las personas, el cierre de
fronteras y la incertidumbre que genera la crisis sanitaria para evitar que la COVID-19 se
siga propagando de manera local, nacional e internacional.
En este marco de referencia, se han adoptado medidas para paliar cuanto antes los perjuicios económicos que ha provocado esta pandemia en los negocios turísticos de nuestra
Comunidad y, con ello, reactivar la demanda turística de la región tras la COVID-19, para
mantener la oferta turística.
IV. Conforme al Plan Estratégico de Subvenciones de la Dirección General de Turismo para 2021, modificado por Orden 658/2021, de 8 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte, se prevé una línea de subvenciones destinada a la reactivación del
sector turístico de la Comunidad de Madrid.
El 6 de septiembre de 2021 se publicó en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID el Acuerdo de 1 de septiembre de 2021, por el que se aprueban las normas reguladoras y se establece el procedimiento de concesión directa de ayudas del programa de incentivo de la demanda de productos turísticos de la de Madrid.

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BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID